AGRÍCOLA SAN CARLOS LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 3 de febrero de 2025
- Repertorio
- 1491/2025
- Notario
- JORGE LOBOS DIAZ
- Oficio
- Cuarta Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $6.591.809 CLP
Personas y entidades (1)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| AGRICOLA SAN CARLOS LIMITADA | socio | 76840460-7 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJORGE LOBOS DIAZ, Abogado, Notario Público, Suplente de la Cuarta Notaría de Santiago, cuyo titular es don COSME FERNANDO GOMILA GATICA, con oficio en Carmencita Nº 20, comuna de las Condes, certifico: Por escritura pública ante mi, de fecha 03/02/2025, repertorio N°1.491/2025, Doña MARIA ALEJANDRA MAS VALDES, por si, y como miembro de la Sucesión o Comunidad Hereditaria de don DANIEL MARCELO MAS ROCHA compuesta por: don DANIEL SEBASTIÁN y doña MARÍA ALEJANDRA, ambos de apellidos MAS VALDÉS; Don DANIEL SEBASTIAN MAS VALDES, por si, y como miembro de la Sucesión o Comunidad Hereditaria de don DANIEL MARCELO MAS ROCHA, ya individualizada, y de la Sucesión o Comunidad Hereditaria de doña ELENA MARIA INES VALDES HERREROS, compuesta por: don DANIEL SEBASTIÁN MAS VALDÉS, doña MARÍA EMILIA, doña VICTORIA, don JUAN CARLOS y don BENJAMÍN, todos de apellidos BUSQUET MAS; todos domiciliados en Manuel Antonio Matta N°221, de la comuna y ciudad de La Serena; acuerdan modificar la sociedad AGRICOLA SAN CARLOS LIMITADA, RUT N°76.840.460-7, inscrita a fojas 15.266 N°11.302 del Registro de Comercio de Santiago del año 2.007, en la siguiente forma: 1) Señalan que por escritura pública de fecha 22 de diciembre del año 2.021, otorgada en la Notaría de Santiago de don Alvaro González Salinas, se celebró Liquidación y Adjudicación de Comunidad Hereditaria de don DANIEL MARCELO MAS ROCHA, entre, sus hijos MARIA ALEJANDRA MAS VALDES y DANIEL SEBASTIAN MAS VALDES, en la cual, se adjudicaron, entre otros, los derechos sociales en esta sociedad, que correspondían al socio fallecido, don DANIEL MARCELO MAS ROCHA, equivalentes a un 25% del total de los derechos sociales. La referida liquidación y adjudicación señala que los herederos del socio fallecido se repartieron los bienes hereditarios, en un 50% para cada uno, por lo cual, los herederos de don DANIEL MARCELO MAS ROCHA, señores, DANIEL SEBASTIAN MAS VALDES y MARIA ALEJANDRA MAS VALDES, se adjudicaron el 25% de los derechos sociales que el socio fallecido tenía en esta sociedad, por partes iguales. En consecuencia, cada uno se adjudicó un 12,5% del total de los derechos sociales en la sociedad, lo que sumado a sus participaciones personales como socios en la sociedad, genera que sus participaciones queden de la siguiente forma: Doña MARIA ALEJANDRA MAS VALDES con un 37,5% de los derechos sociales y don DANIEL SEBASTIAN MAS VALDES con un 37,5% de los derechos sociales. 2) La unanimidad de los socios acuerda aceptar la adjudicación antes señalada y acuerdan modificar el artículo Quinto de los estatutos sociales, relativo al capital social y lo reemplazan por el siguiente: “QUINTO: El capital de la sociedad es de $6.591.809.- que se encuentra íntegramente pagado y aportado en la siguiente forma: a) DANIEL SEBASTIAN MAS VALDES, con un 37,5% del capital social; b) MARIA ALEJANDRA MAS VALDES, con un 37,5% del capital social; y c) Los herederos quedados al fallecimiento de la socia, doña ELENA MARIA INES VALDES HERREROS, señores, DANIEL SEBASTIÁN MAS VALDES, MARIA EMILIA BUSQUET MAS, VICTORIA BUSQUET MAS, JUAN CARLOS BUSQUET MAS, y BENJAMIN BUSQUET MAS, con un 25% del capital social.”. La responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes. Mantienen vigor cláusulas no modificadas. Otras estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago 04 de Febrero 2025. Mmo.