MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

COMERCIAL ECO-SUR LIMITADA

RUT 76439867-K CVE 2612754
Capital
$20.000.000 CLP
Notaría
Santiago

Instrumento

Notario
Rodrigo Sotomayor Graepp
Oficio
Cuadragésima Notaría Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$20.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Rodrigo Sotomayor Graepp, abogado, Notario Público Interino de la Cuadragésima Notaría Santiago, Teatinos 332, certifica: Por escritura pública hoy, ante mí, don JINWEI ZHOU, don RONG CAI y don JINCHENG ZHANG, todos domiciliados para estos efectos en Juana Weber Nº 4866, comuna de Estación Central, modificaron sociedad “COMERCIAL ECO-SUR LIMITADA”. Capital social $20.000.000.-, Rol Único Tributario Nº 76.439.867-K, inscrita a fojas 10.309, Nº 6.454, en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, del año 2015.- Don RONG CAI, vende, cede y transfiere los derechos y acciones de que es dueño en la referida sociedad, equivalentes al 40% del capital social, a don JINWEI ZHOU, quien los compra, acepta y adquiere para sí, en esta cesión quedan comprendidos los derechos por concepto de capital, utilidades y cualesquier otros propios de la cesión, sin exclusión ni limitación alguna. El precio de esta cesión es la suma de $8.000.000, que don JINWEI ZHOU, paga en este acto, al contado, a entera satisfacción de don RONG CAI. En virtud de la cesión de derechos de que da cuenta, se retira don RONG CAI, de la sociedad “COMERCIAL ECO-SUR LIMITADA”, quedando como únicos socios de la sociedad don JINWEI ZHOU, con un 40% del capital social, y don JINCHENG ZHANG, con un 60% del capital social. Los socios don JINWEI ZHOU, y don JINCHENG ZHANG, vienen en modificar la mencionada sociedad de la siguiente forma: Los socios reemplazan la cláusula Décimo Primera del pacto social en la cual la administración y representación y el uso del nombre de la sociedad corresponderá exclusivamente a don JINWEI ZHOU, y don JINCHENG ZHANG, quienes anteponiendo su firma a la razón social, representarán y obligarán a la sociedad, conjunta, indistintamente, y separadamente, quienes actuarán, con todas las facultades señaladas en el pacto social. En todo lo no modificado por este instrumento queda plenamente vigente el pacto social y sus modificaciones. - Otras estipulaciones en ella.- Santiago, 06 de febrero de 2025.