MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

ALIMENTOS GREDY-SB SpA

RUT 76847451-6 CVE 2612591
Capital
$3.000 CLP
Fecha instrumento
16 de febrero de 2018

Instrumento

Fecha
16 de febrero de 2018
Notario
EUGENIO CAMUS MESA
Domicilio
Puente Alto

Sociedad

Capital
$3.000 CLP
Ley aplicable
Ley N°20.494.

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

EUGENIO CAMUS MESA, Notario Público Puente Alto, Balmaceda 403, certifica escritura hoy, ante mí, BRAULIO ANTONIO MOYANO ALARCON, y FRANCISCA JAVIERA MOYANO SILVA, ambos Marcos Pérez N°702, Puente Alto, en su calidad de únicos, y actuales socios y accionistas. Modifican sociedad por acciones “ALIMENTOS GREDY-SB SpA”, RUT N°76.847.451-6, constituida 16/02/2018 ante mí, inscribió Registro Comercio CBR Puente Alto, Fj. 30 N°19, año 2018; Diario Oficial 19/02/2018.- Modificada 18/10/2019 ante mí, inscribió Registro Comercio CBR Puente Alto, Fj. 217 N°144, año 2019; ANTONIO MOYANO ALARCON vende, cede y transfiere, 30 acciones correspondientes al 30% del total de las Acciones en $900.000 a FRANCISCA JAVIERA MOYANO SILVA, compra y acepta para sí, paga en este acto contado, dinero efectivo. Conforme a lo anterior la sociedad queda conformada por FRANCISCA JAVIERA MOYANO SILVA con el 100% del capital social correspondientes a 100 acciones.- II) Actual socia modifica: Cláusula Décimo Cuarta: Representación legal, Administración, y uso de la razón social FRANCISCA JAVIERA MOYANO SILVA, mismas facultades mencionadas en el estatuto.- En atención a lo anterior, se revoca en este acto todos los poderes que en el pacto social se le habían conferido a los anteriores socios o administradores.- III) Se deja constancia que el notario tuvo a la vista los libros de accionistas de la sociedad, donde consta que los comparecientes eran los únicos accionistas hasta esta fecha.- IV) Capital $3.000.000 acreditado ante el notario que autoriza para efectos de la Ley N°20.494.- Demás estipulaciones escritura social extractada.- Puente Alto, 06 de Febrero de 2025.- Rep. Nº0255.- CAPITAL ACREDITADO SOLO PARA EFECTOS DE LEY N°20.494: $3.000.000.