Innergex Magma Chile SpA
Instrumento
- Fecha
- 31 de diciembre de 2024
- Repertorio
- 66178
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Domicilio
- Santiago, Región Metropolitana
- Duración
- Indefinida
Objeto social
La exploración y explotación de energía, el desarrollo del área energética, la producción de energía geotermal en Chile o en el extranjero y el desarrollo de cualquier otro negocio energético que acuerden los
Administración
Corresponderá a uno o más administradores, quienes podrán ser una persona natural o jurídica, y no necesariamente deberán ser accionistas de la Sociedad. El Administrador deberá ser designado, y podrá ser revocado, por los accionistas, ya sea por (a) junta de accionistas con el voto conforme de las dos terceras partes de las acciones emitidas con derecho a voto, o (b) escritura pública suscrita por la totalidad de los
Personas y entidades (1)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| ALTERRA POWER CORP | socio | 59141020-2 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARIA SOLEDAD LASCAR, abogado, Notario Titular de la 38° Notaría de Santiago, con oficio en Isidora Goyenechea 3477, oficina 10, Las Condes, certifico: UNO) Por escritura pública de fecha 31 de diciembre de 2024, bajo Repertorio 66.178, ante mí, ALTERRA POWER CORP, RUT 59.141.020-2 domiciliada en Isidora Goyenechea 3477, oficina 21, Las Condes, constituyó una Sociedad por Acciones, en adelante la “Sociedad”, cuyo estatuto se extracta: Razón Social: Innergex Magma Chile SpA.- Domicilio: Santiago, Región Metropolitana.- Duración: Indefinida.- Objeto: La exploración y explotación de energía, el desarrollo del área energética, la producción de energía geotermal en Chile o en el extranjero y el desarrollo de cualquier otro negocio energético que acuerden los accionistas.- Capital: USD 1.000 (mil dólares estadounidenses) dividido en 1.000 acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, íntegramente suscritas por el accionista ALTERRA POWER CORP, a razón de 1 dólar cada una, que pagará directamente en dicha moneda extranjera dentro de 3 meses.- Administración: Corresponderá a uno o más administradores, quienes podrán ser una persona natural o jurídica, y no necesariamente deberán ser accionistas de la Sociedad. El Administrador deberá ser designado, y podrá ser revocado, por los accionistas, ya sea por (a) junta de accionistas con el voto conforme de las dos terceras partes de las acciones emitidas con derecho a voto, o (b) escritura pública suscrita por la totalidad de los accionistas. En caso de recaer la designación en una persona jurídica, el Administrador deberá actuar a través de uno o más apoderados o gerentes, y en caso de recaer la designación en una persona natural, el Administrador podrá actuar personalmente y/o a través de uno o más apoderados o gerentes. En ambos casos, los apoderados o gerentes deberán ser especialmente designados al efecto mediante escritura pública y podrán actuar con las facultades y limitaciones que al efecto se establezcan. Tanto de la designación del Administrador como de su revocación, según sea el caso, se deberá tomar nota al margen de la inscripción en el Registro de Comercio respectivo. No será necesaria la referida anotación respecto de los apoderados o gerentes de la Sociedad. El Administrador de la Sociedad estará investido de todas las facultades de administración y disposición que la ley o los estatutos no establezcan como privativas de la junta de accionistas, sin que sea necesario otorgarle poder general o especial alguno, inclusive para aquellos actos o contratos respecto de los cuales las leyes exijan esta circunstancia.- DOS) En escritura extractada se designó a ALTERRA POWER CORP como administrador de la Sociedad, quien podrá designar uno o más mandatarios para estos efectos, los que podrán actuar indistinta y separadamente, dichos mandatarios, deberán designarse mediante escritura pública la que deberá anotarse al margen de la inscripción de la escritura de constitución.- TRES) En escritura extractada, ALTERRA POWER CORP, en su calidad de administradora de la Sociedad, designó a don Pedro Humberto Sánchez Gutiérrez, C.I. 5.943.881-6 como apoderado para que, anteponiendo su nombre y firma a la razón social, la represente en su calidad de administradora de la Sociedad con todas las facultades que le fueron otorgadas.- Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 13 de febrero de 2025.