DISTRIBUIDORA DE INSUMOS MÉDICOS LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 7 de febrero de 2025
- Notario
- PEDRO ENRIQUE HIDALGO SARZOSA
- Oficio
- Segunda Notaría de Concepción
- Comuna
- Concepción
Sociedad
- Capital
- $10.000.000 CLP
Personas y entidades (1)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| DISTRIBUIDORA DE INSUMOS MÉDICOS LIMITADA | socio | 76069336-7 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPEDRO ENRIQUE HIDALGO SARZOSA, Abogado, Notario Público Interino de la Segunda Notaría de Concepción, según consta en Decreto Económico Nº211, protocolizado al final del registro del 6º Bimestre del año 2023, con el Nº792, con oficio en calle Castellón Nº116, Concepción, certifico: Que por escritura pública de fecha 07 de febrero 2025 otorgada ante mí, compareció don ALBERTO ADRIÁN CAJALES REYES, C.I. N°8.868.742-6, domiciliado en Pasaje 5 casa 460, Brisas del Sol de Talcahuano; don CARLOS ADOLFO TORRES POZA, C.N.I Nº11.904.548-7, domiciliado en El Peumo Nº449, Barrio San Guillermo, Concepción; y don JOSÉ ALEJANDRO ORTIZ CASTRO, C.I. Nº13.953.311-9, domiciliado en Pasaje 18, casa 255, Valle San Eugenio, Talcahuano; convinieron las siguientes modificaciones a la compañía DISTRIBUIDORA DE INSUMOS MÉDICOS LIMITADA, RUT 76.069.336-7, domiciliada en San Enrique Nº436, Valle Santa María, Hualpén, constituida el 13/08/2019, extracto inscrito fs. 1.414 vta. N°1433 del Registro de Comercio Concepción año 2009, publicado D.O N°39.449 de 28/08/2009; la sociedad no ha experimentado modificaciones. Capital de constitución $10.000.000.- Materias de la modificación: (A) don ALBERTO ADRIÁN CAJALES REYES, se retira de la sociedad cediendo el 100% de sus derechos, por mitades, a don CARLOS ADOLFO TORRES POZA, y a don JOSÉ ALEJANDRO ORTIZ CASTRO, en el precio de $500.000.- pagados la contado y efectivo, por mitdes entre los cesionarios.- (B) Nueva composición societaria: don CARLOS ADOLFO TORRES POZA, con una participación del 50%; y don JOSÉ ALEJANDRO ORTIZ CASTRO, con una participación del 50%.- (C) Se modifica cláusula 4ª del estatuto original: Representación legal, administración y uso de razón social corresponderá indistintamente a ambos socios CARLOS ADOLFO TORRES POZA y don JOSÉ ALEJANDRO ORTIZ CASTRO, quienes podrán obrar conjunta o separadamente con amplias facultades.- (D) Se deja constancia que el saldo de capital se paga y entera íntegramente por mitades entre los socios y que asciende a $10.000.000.- (E) Se modifica cláusula 13ª en el sentido que as controversias serán resueltas por árbitro de derecho designado judicialmente.- En lo no modificado rige plenamente estatuto original.- Demás menciones escritura extractada.- Concepción, febrero 07 de 2025.