TURISMO, TRANSPORTES Y SERVICIOS MÁXIMOPRO LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 8 de enero de 2025
- Repertorio
- 100
- Notario
- EVALDO DANIEL REHBEIN UTRERAS
- Oficio
- Notaría N° 29 de Santiago
Objeto social
Realizar por cuenta propia o ajena, en el país o en el extranjero las siguientes actividades: a) operador turístico; b) desarrollo de turismo de intereses especiales. Todo tipo de actividades turísticas, hoteleras y, gastronómicas, recreativas, culturales, y)o deportivas, y la prestación de servicios relacionados con tales fines, La organización de actividades y campañas de exploración turismo, esparcimiento recreativas, culturales, deportivas; c) compra y venta, la reserva, la comisión de pasajes terrestres, marítimos, aéreos, fluviales y lacustres, nacionales e internacionales; el estudio y realización de charters y excursiones propias y reserva, venta y comisiones de terceros, en cualquiera parte del mundo; reserva y venta de entradas o adhesiones a espectáculos artísticos y culturales, deportivos y sociales; comidas, manifestaciones, celebraciones y eventos en general; la representación o intermediación, consignaciones, compraventa y reserva de todo derecho o servicio relacionado con viajes, excursiones, hotelería y turismo, individuales y colectivos, en cualquiera parte del mundo; d) la compra, venta, distribución, almacenamiento, depósitos, importación, exportación, arrendamiento, mantenimiento, intermediación y)o reparación de todo tipo de bienes; e) la adquisición, enajenación, inversión, compra, venta, permuta, arrendamiento, subarrendamiento de bienes raíces o derechos sobre ellos, su administración y explotación, subdivisión, loteos y)o urbanización, por cuenta propia o ajena, de predios urbanos o rústicos; f) la realización de toda clase de inversiones en bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, valores, acciones, bonos, debentures; explotarlos, administrarlos, percibir e invertir sus frutos; cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos; g) construcción, instalación, explotación, el tomar y dar en arrendamiento establecimientos de restaurante, centros de turismo, centros de eventos y camping, o cualquier clase de establecimiento público en donde se sirvan comidas preparadas y bebidas, para ser consumidas en el mismo local o para llevar; y para la organización de servicios de banquetes y producción de eventos en general, en locales propios o ajenos; h) el transporte de pasajeros, carga y mercaderías, rural y urbano, privado y particular, y correspondencia en general, viajes especiales a instituciones públicas o privadas, turismo, mudanzas y fletes, toda clase transporte de pasajeros, por cuenta propia o ajena, dentro y fuera del país, Intercomunal, interprovincial, interregional o internacional de carácter terrestre en general, todos aquellos negocios, proyectos y)u operaciones relacionados directa o indirectamente, en la actualidad o en el futuro con el transporte o aquellas que se determine realizar; i) Organización de eventos, fiestas, desayunos, comidas, cenas, comunes, de gala, eventos empresariales, y eventos particulares, públicos o sociales, organización de congresos, asambleas, conciertos, ferias, desfiles, organización de espectáculos, en salas, locales, al aire libre, servicios de banquetería; j) Servicios de publicidad; k) Comprar vender, arrendar, publicitar, promocionar, trasladar, importar, exportar toda clase de artículos, mercaderías, bienes y servicios, comercialización en general de toda clase de materiales y bienes en sus distintas fases o terminados. Las prestaciones de todo tipo de servicios o asesorías relacionados con cualquiera de los objetos ya señalados en las letras anteriores, la representación de todo tipo de empresas nacionales o extranjeras, relativas a los mismos objetos ya indicados; l) Incorporarse o formar parte, en cualquier calidad, de toda clase de sociedades civiles o comerciales, asociaciones o comunidades, relacionadas directa e indirectamente con los objetos antes señalados; y m) En general, todas las demás actividades que los socios de común acuerdo determinen relacionadas directa e indirectamente con las anteriores. Su domicilio es la ciudad de Santiago, sin perjuicio del establecimiento de agencias o sucursales en el resto del país o en el extranjero. La sociedad se pacto con una duración de tres años a contar desde la fecha de la escritura de constitución, se prorrogará en forma automática por períodos sucesivos de tres años cada uno, si ninguno de los socios manifiesta su voluntad en contrario mediante una declaración por escritura pública, de la que deberá tomarse nota en el Registro de Comercio al margen de la inscripción de la sociedad, a lo menos con seis meses de anticipación al vencimiento del período original de vigencia de la sociedad o de cualquiera de las prórrogas que se encontrase en curso. El capital de la sociedad asciende a la suma de diez millones de pesos, moneda nacional, que los socios aportaron y pagaron en el acto de constitución, al contado, en la forma siguiente: a) MARCELO SALVADOR MÁXIMO CUEVAS, la suma de ocho millones de pesos, esto es el ochenta por ciento de los derechos sociales, b) MARÍA DEL PILAR COFRÉ FUENTES, la suma de dos millones de pesos, esto es el veinte por ciento de los derechos sociales. Los socios limitaron su responsabilidad al monto de sus respectivos
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalEVALDO DANIEL REHBEIN UTRERAS, Notario Público Titular Notaría N° 29 de Santiago, Mac Iver 225, Oficina 302, Certifico, por escritura pública de fecha 08 de Enero del año 2025, ante mí, Repertorio N° 100, comparecen: Don MARCELO SALVADOR MÁXIMO CUEVAS, chileno, divorciado, trabajador independiente, cédula de identidad número doce millones cuatrocientos cincuenta y siete mil veinticinco guión cinco, domiciliado en Lord Cochrane número doscientos nueve, departamento mil ochocientos siete, Torre Sur, comuna de Santiago, Región Metropolitana; doña MARÍA DEL PILAR COFRÉ FUENTES, chilena, soltera, Educadora Diferencial, cédula de identidad número catorce millones ciento cincuenta y nueve mil setecientos veintitrés guión K, domiciliada en Lord Cochrane número doscientos nueve, departamento mil seiscientos dieciséis, Torre Sur, comuna de Santiago, Región Metropolitana, y doña TANIA ANDREA MÁXIMO FLORES, chilena, soltera, Psicóloga, cédula de identidad número dieciocho millones quinientos treinta y dos mil trescientos dieciséis guión uno, domiciliada en Petrohue número quinientos veintiuno, comuna de Maipú, Región Metropolitana: Por escritura pública de veintiocho de junio del año dos mil veintidós, repertorio dos mil doscientos setenta y cinco guión dos mil veintidós, otorgada ante ANDRÉS CARLOS ZAVALA COURRIOL, abogado y Notario Público Interino de la Notaría número veintinueve de Santiago, según Decreto protocolizado en la misma Notaría, domicilio calle Mac-Iver número doscientos veinticinco, oficina trescientos dos, Santiago, don MARCELO SALVADOR MÁXIMO CUEVAS, y doña MARÍA DEL PILAR COFRÉ FUENTES, constituyeron Sociedad Comercial de Responsabilidad Limitada, bajo el nombre o razón social, “TURISMO, TRANSPORTES Y SERVICIOS MÁXIMOPRO LIMITADA”, pudiendo usar como nombre de fantasía, para fines comerciales, publicitarios, bancarios y ante el Servicio de Impuestos Internos, el de “MÁXIMOPRO LIMITADA” y/o MÁXIMO TRAVEL LTDA.”, inscrita en extracto a Fojas cincuenta y un mil ochocientos treinta y seis, número veintitrés mil ciento cuarenta y dos, en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año dos mil veintidós, el cual fue publicado en el Diario Oficial número cuarenta y tres mil doscientos noventa y cinco, con fecha seis de julio del año dos mil veintidós. La sociedad tiene por objeto: Realizar por cuenta propia o ajena, en el país o en el extranjero las siguientes actividades: a) operador turístico; b) desarrollo de turismo de intereses especiales. Todo tipo de actividades turísticas, hoteleras y, gastronómicas, recreativas, culturales, y/o deportivas, y la prestación de servicios relacionados con tales fines, La organización de actividades y campañas de exploración turismo, esparcimiento recreativas, culturales, deportivas; c) compra y venta, la reserva, la comisión de pasajes terrestres, marítimos, aéreos, fluviales y lacustres, nacionales e internacionales; el estudio y realización de charters y excursiones propias y reserva, venta y comisiones de terceros, en cualquiera parte del mundo; reserva y venta de entradas o adhesiones a espectáculos artísticos y culturales, deportivos y sociales; comidas, manifestaciones, celebraciones y eventos en general; la representación o intermediación, consignaciones, compraventa y reserva de todo derecho o servicio relacionado con viajes, excursiones, hotelería y turismo, individuales y colectivos, en cualquiera parte del mundo; d) la compra, venta, distribución, almacenamiento, depósitos, importación, exportación, arrendamiento, mantenimiento, intermediación y/o reparación de todo tipo de bienes; e) la adquisición, enajenación, inversión, compra, venta, permuta, arrendamiento, subarrendamiento de bienes raíces o derechos sobre ellos, su administración y explotación, subdivisión, loteos y/o urbanización, por cuenta propia o ajena, de predios urbanos o rústicos; f) la realización de toda clase de inversiones en bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, valores, acciones, bonos, debentures; explotarlos, administrarlos, percibir e invertir sus frutos; cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos; g) construcción, instalación, explotación, el tomar y dar en arrendamiento establecimientos de restaurante, centros de turismo, centros de eventos y camping, o cualquier clase de establecimiento público en donde se sirvan comidas preparadas y bebidas, para ser consumidas en el mismo local o para llevar; y para la organización de servicios de banquetes y producción de eventos en general, en locales propios o ajenos; h) el transporte de pasajeros, carga y mercaderías, rural y urbano, privado y particular, y correspondencia en general, viajes especiales a instituciones públicas o privadas, turismo, mudanzas y fletes, toda clase transporte de pasajeros, por cuenta propia o ajena, dentro y fuera del país, Intercomunal, interprovincial, interregional o internacional de carácter terrestre en general, todos aquellos negocios, proyectos y/u operaciones relacionados directa o indirectamente, en la actualidad o en el futuro con el transporte o aquellas que se determine realizar; i) Organización de eventos, fiestas, desayunos, comidas, cenas, comunes, de gala, eventos empresariales, y eventos particulares, públicos o sociales, organización de congresos, asambleas, conciertos, ferias, desfiles, organización de espectáculos, en salas, locales, al aire libre, servicios de banquetería; j) Servicios de publicidad; k) Comprar vender, arrendar, publicitar, promocionar, trasladar, importar, exportar toda clase de artículos, mercaderías, bienes y servicios, comercialización en general de toda clase de materiales y bienes en sus distintas fases o terminados. Las prestaciones de todo tipo de servicios o asesorías relacionados con cualquiera de los objetos ya señalados en las letras anteriores, la representación de todo tipo de empresas nacionales o extranjeras, relativas a los mismos objetos ya indicados; l) Incorporarse o formar parte, en cualquier calidad, de toda clase de sociedades civiles o comerciales, asociaciones o comunidades, relacionadas directa e indirectamente con los objetos antes señalados; y m) En general, todas las demás actividades que los socios de común acuerdo determinen relacionadas directa e indirectamente con las anteriores. Su domicilio es la ciudad de Santiago, sin perjuicio del establecimiento de agencias o sucursales en el resto del país o en el extranjero. La sociedad se pacto con una duración de tres años a contar desde la fecha de la escritura de constitución, se prorrogará en forma automática por períodos sucesivos de tres años cada uno, si ninguno de los socios manifiesta su voluntad en contrario mediante una declaración por escritura pública, de la que deberá tomarse nota en el Registro de Comercio al margen de la inscripción de la sociedad, a lo menos con seis meses de anticipación al vencimiento del período original de vigencia de la sociedad o de cualquiera de las prórrogas que se encontrase en curso. El capital de la sociedad asciende a la suma de diez millones de pesos, moneda nacional, que los socios aportaron y pagaron en el acto de constitución, al contado, en la forma siguiente: a) MARCELO SALVADOR MÁXIMO CUEVAS, la suma de ocho millones de pesos, esto es el ochenta por ciento de los derechos sociales, b) MARÍA DEL PILAR COFRÉ FUENTES, la suma de dos millones de pesos, esto es el veinte por ciento de los derechos sociales. Los socios limitaron su responsabilidad al monto de sus respectivos aportes. La representación, administración y uso de la razón social corresponde a don MARCELO SALVADOR MÁXIMO CUEVAS quien en nombre y representación de la sociedad, podrá comparecer y realizar presentaciones y peticiones a nombre de la Sociedad ante cualquier persona, autoridad o entidad, sea nacional, internacional, regional, comercial, fiscal, semifiscal o de administración autónoma y representar judicial y extrajudicialmente a la sociedad, en todos los asuntos, negocios, operaciones, gestiones, actuaciones, juicios, actos y contratos que digan relación con el objeto social o sean necesarios o conducentes a sus fines. Amplias facultades señaladas en la escritura. Por la presente escritura los comparecientes vienen en modificar el contrato social individualizado en la cláusula anterior, mediante la siguiente cesión y venta de los derechos sociales, que se indican: a) doña MARÍA DEL PILAR COFRÉ FUENTES, ya individualizada, vende cede y transfiere a doña TANIA ANDREA MÁXIMO FLORES, quien compra, acepta y adquiere para sí el cien por ciento de los derechos sociales que pertenecen a la socia vendedora o cedente en la sociedad TURISMO, TRANSPORTES Y SERVICIOS MÁXIMOPRO LIMITADA. El precio de la cesión es la suma de dos millones de pesos, que se pagan en este acto, de contado, declarando la cedente recibirlo a su entera satisfacción. La tradición de los derechos sociales que se venden por el presente instrumento se entiende hecha en este acto, mediante entrega de los títulos correspondientes. A partir de la fecha de este instrumento se retira de la sociedad doña MARÍA DEL PILAR COFRÉ FUENTES. En consecuencia, a partir de la fecha de este instrumento quedan como únicos socios de la sociedad, don MARCELO SALVADOR MÁXIMO CUEVAS y doña TANIA ANDREA MÁXIMO FLORES y su capital de diez millones de pesos, que se encuentra íntegramente pagado, queda distribuido como sigue: a) MARCELO SALVADOR MÁXIMO CUEVAS, la suma de ocho millones de pesos, esto es el ochenta por ciento de los derechos sociales, b) TANIA ANDREA MÁXIMO FLORES, la suma de dos millones de pesos, esto es el veinte por ciento de los derechos sociales. La responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes. Se elimina en lo sucesivo del pacto social toda referencia que en él pueda existir de la socia que se retira “MARÍA DEL PILAR COFRÉ FUENTES”, entendiéndose modificada la escritura en tal sentido. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 15 de Enero de 2025.