CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

Inversiones Mahue SpA

CVE 2611483
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
5 de febrero de 2025
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
5 de febrero de 2025
Repertorio
543/2025
Notario
GASTON DANILO FLORES ESTAY
Domicilio
Titular don MARCOS ANDRES DIAZ LEON

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP
Domicilio
Ciudad de Santiago
Duración
Indefinida

Objeto social

a) la inversión en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales; b) realizar inversiones en toda clase de títulos o valores mobiliarios; c) la inversión en toda clase de instrumentos, tales como acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones; d) formar parte en otras sociedades, constituirlas, modificarlas, asumir la administración de las mismas; e) realizar inversiones a través de la adquisición, enajenación, y explotación de toda clase de bienes raíces rústicos o urbanos, arrendarlos, subarrendarlos, entregarlos o tomarlos en comodato, concesión o usufructo; f) prestar asesorías financieras, en administración o en inversiones a todo tipo de institución, realizar consultorías a cualquier tipo de organización, impartir clases y charlas en seminarios, conferencias, cursos de pre y postgrado universitario, cursos de capacitación y de perfeccionamiento, en general; y g) cualesquiera otras actividades conexas o conducentes a los objetivos señalados u otros negocios que digan relación directa con el giro de la sociedad y, en general, llevar a cabo por sí misma o a través de terceros cualquier negocio que acuerden los

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

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GASTON DANILO FLORES ESTAY, Abogado, Notario Público, Suplente del Titular don MARCOS ANDRES DIAZ LEON, según Decreto Judicial protocolizado en esta Notaría, con asiento en Reñaca, con oficio en Avenida Borgoño número catorce mil cuatrocientos treinta y nueve, Local ciento cinco, certifico: Que por escritura pública Repertorio Nº 543/2025, de fecha 05 de febrero del año 2025, otorgada ante Notario Titular, Gaspar Ignacio Espejo Levin, y María Bernardita Simpson Cifuentes, ambos con domicilio en Los Queltehues 63, casa 2, Viña del Mar, constituyeron una sociedad por acciones: Razón social: “Inversiones Mahue SpA”. Domicilio: Ciudad de Santiago. Duración: Indefinida. Objeto: a) la inversión en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales; b) realizar inversiones en toda clase de títulos o valores mobiliarios; c) la inversión en toda clase de instrumentos, tales como acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones; d) formar parte en otras sociedades, constituirlas, modificarlas, asumir la administración de las mismas; e) realizar inversiones a través de la adquisición, enajenación, y explotación de toda clase de bienes raíces rústicos o urbanos, arrendarlos, subarrendarlos, entregarlos o tomarlos en comodato, concesión o usufructo; f) prestar asesorías financieras, en administración o en inversiones a todo tipo de institución, realizar consultorías a cualquier tipo de organización, impartir clases y charlas en seminarios, conferencias, cursos de pre y postgrado universitario, cursos de capacitación y de perfeccionamiento, en general; y g) cualesquiera otras actividades conexas o conducentes a los objetivos señalados u otros negocios que digan relación directa con el giro de la sociedad y, en general, llevar a cabo por sí misma o a través de terceros cualquier negocio que acuerden los socios. Todas las actividades antes singularizadas serán desarrolladas por la Sociedad por cuenta propia o de terceros, pudiendo, en tal sentido, representar firmas nacionales o extranjeras, asociarse a personas o sociedades existentes. Capital: El capital de la Sociedad es la suma de $1.000.000, dividido en 100 acciones ordinarias, nominativas, de una misma y única serie, sin valor nominal. El capital de la Sociedad se suscribe y paga de conformidad al Artículo Primero Transitorio de los estatutos. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Reñaca, Viña del Mar, 12 de febrero de 2025.