ELECTRÓNICA Y SEGURIDAD LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 5 de febrero de 2025
- Repertorio
- 103
- Comuna
- Las Condes
Objeto social
“Los objetos de la Sociedad serán la realización, por cuenta propia o ajena, contratista de las siguientes actividades comerciales y profesionales: a) desarrollar proyectos, realizar consultorías y asesorías de ingeniería en las áreas de la Tecnologías de la Información y Comunicación, Inteligencia Artificial, Robótica, Domótica, Electricidad, Electrónica, Climatización y Seguridad Integral b) importar, exportar, comprar, vender o distribuir toda clase de equipos, repuestos e insumos en las áreas de TIC, Inteligencia Artificial, Robótica, Electrónica, Domótica, Electricidad, Climatización y Seguridad integral; c) Compra y venta, al por mayor y al detalle, importación, exportación, distribución, comercialización, consignación, intermediación, fabricación, incluyendo instalación, reparación, mantención, manufactura y transformación, de toda clase de equipos, repuestos e insumos en las áreas de la informática, de la inteligencia artificial, de la robótica, de la domótica, de la electrónica, de la electricidad, de la climatización y de la seguridad integral; d) Servicios profesionales de ingeniería y actividades conexas de consultoría técnica; e) Servicios de ingeniería y actividades conexas de consultoría técnica; f) Construcción de proyectos del servicio público; g) Otras instalaciones para obras de construcción; h) Terminación y acabado de edificios; i) Alquiler de bienes inmuebles amoblados o con equipos y maquinaria; j) Servicios de seguridad privada prestados por independientes; k) Limpieza general de edificios; l) Actividades de apoyo a la enseñanza; m) Comercialización de repuestos, partes y accesorios para vehículos automotores; n) Suministro de comidas por encargo (servicio de banquetería); ñ) Suministro industrial de comidas por encargo (concesión de servicio de alimentación); o) Venta al por menor de alimentos en comercios especializados como almacenes pequeños y minimarket; p) Venta al por menor de alimentos, bebidas y tabacos en puestos de venta y mercados; q) Venta al por menor de artículos de ferretería y materiales de construcción; r) Otras actividades de alojamiento; y cualquier otro acto que se relacione, en la actualidad o en el futuro con todo lo anterior, y cualquier otro negocio que acordaren los socios; TRES) Se modifica la parte final de la cláusula Undécimo, por la siguiente: “No se disuelve la sociedad en caso de fallecimiento de cualquiera de los
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJUAN LUIS SÁIZ DEL CAMPO, Notario Titular de la 2ª Notaría de Las Condes, Avenida Apoquindo 6.448, comuna de Las Condes, certifico que, ante mí, por escritura pública de hoy 05 de febrero de 2025, repertorio N°103, don MARCO ANTONIO VALENZUELA CARRASCO, chileno, ingeniero, domiciliado en calle Gustavo V N° 160, departamento N° 904, comuna Las Condes; doña VIOLETA DEL CARMEN CARRASCO FUENTES, chilena, dueña de casa, domiciliada en pasaje 2 Poniente N° 2522, Villa Los Maitenes, comuna Pedro Aguirre Cerda y; don DIEGO ANDREE VALENZUELA PEÑALOZA, chileno, estudiante de psicología, domiciliado en calle Gustavo V N° 160, departamento N° 904, comuna Las Condes, celebraron contrato de cesión de derechos y modificación de estatutos de sociedad “ELECTRÓNICA Y SEGURIDAD LIMITADA”, nombre de fantasía “RAYOSVAL LTDA.” inscrito a fojas 35.491, número 25.326 en el Registro de Comercio de Santiago del año 2005. El Rol Único Tributario 76.361.770-K. CESIÓN DE DERECHOS SOCIALES. doña Violeta del Carmen Carrasco Fuentes, vende, cede y transfiere el 100% de los derechos y participación que tiene en la Sociedad de Responsabilidad Limitada “ELECTRÓNICA Y SEGURIDAD LIMITADA”, nombre de fantasía “RAYOSVAL LTDA.” a don Diego Andree Valenzuela Peñaloza, quien los compra, acepta y adquiere para sí por la suma de $1.500.000.- que el cesionario comprador ha pagado con anterioridad a esta fecha y que la cedente declara haber recibido a su entera satisfacción. En virtud de la cesión de derechos doña Violeta del Carmen Carrasco Fuentes, se retira y deja de ser socia de la sociedad “ELECTRÓNICA Y SEGURIDAD LIMITADA”, quedando como únicos socios don MARCO ANTONIO VALENZUELA CARRASCO, con el dominio del tres coma cincuenta y siete por ciento de los derechos sociales y don DIEGO ANDREE VALENZUELA PEÑALOZA, con el domino del noventa y seis coma cuarenta y tres por ciento de los derechos sociales, dueños exclusivos en el cien por ciento de los derechos sociales, teniéndose por ingresado a caja social el valor de sus derechos. MODIFICACIÓN DE ESTATUTOS. Los socios modifican los estatutos en la forma siguiente: UNO) Se modifica la razón social, quedando ésta como “PROYECTOS Y PRODUCTOS COMERCIALES VALENZUELA E HIJOS LIMITADA”; DOS) Se modifica objeto social: “Los objetos de la Sociedad serán la realización, por cuenta propia o ajena, contratista de las siguientes actividades comerciales y profesionales: a) desarrollar proyectos, realizar consultorías y asesorías de ingeniería en las áreas de la Tecnologías de la Información y Comunicación, Inteligencia Artificial, Robótica, Domótica, Electricidad, Electrónica, Climatización y Seguridad Integral b) importar, exportar, comprar, vender o distribuir toda clase de equipos, repuestos e insumos en las áreas de TIC, Inteligencia Artificial, Robótica, Electrónica, Domótica, Electricidad, Climatización y Seguridad integral; c) Compra y venta, al por mayor y al detalle, importación, exportación, distribución, comercialización, consignación, intermediación, fabricación, incluyendo instalación, reparación, mantención, manufactura y transformación, de toda clase de equipos, repuestos e insumos en las áreas de la informática, de la inteligencia artificial, de la robótica, de la domótica, de la electrónica, de la electricidad, de la climatización y de la seguridad integral; d) Servicios profesionales de ingeniería y actividades conexas de consultoría técnica; e) Servicios de ingeniería y actividades conexas de consultoría técnica; f) Construcción de proyectos del servicio público; g) Otras instalaciones para obras de construcción; h) Terminación y acabado de edificios; i) Alquiler de bienes inmuebles amoblados o con equipos y maquinaria; j) Servicios de seguridad privada prestados por independientes; k) Limpieza general de edificios; l) Actividades de apoyo a la enseñanza; m) Comercialización de repuestos, partes y accesorios para vehículos automotores; n) Suministro de comidas por encargo (servicio de banquetería); ñ) Suministro industrial de comidas por encargo (concesión de servicio de alimentación); o) Venta al por menor de alimentos en comercios especializados como almacenes pequeños y minimarket; p) Venta al por menor de alimentos, bebidas y tabacos en puestos de venta y mercados; q) Venta al por menor de artículos de ferretería y materiales de construcción; r) Otras actividades de alojamiento; y cualquier otro acto que se relacione, en la actualidad o en el futuro con todo lo anterior, y cualquier otro negocio que acordaren los socios; TRES) Se modifica la parte final de la cláusula Undécimo, por la siguiente: “No se disuelve la sociedad en caso de fallecimiento de cualquiera de los socios. Los herederos del socio fallecido continuarán en calidad de socios a menos que opten por ceder sus derechos al socio sobreviviente, caso en el que éste podrá transformar la sociedad a una empresa individual de responsabilidad limitada o en una Sociedad por Acciones.”. En todo lo demás se mantiene vigente el Estatuto Social cuyo extracto fue inscrito a fojas treinta y cinco mil cuatrocientos noventa y uno, con el número veinticinco mil trescientos veintiséis en el Registro de Comercio de Santiago del año dos mil cinco. En Santiago, 05 de febrero de 2025. J. Sáiz del C. Notario Titular.