Instrumento
- Notario
- abogado
- Domicilio
- Titular de la comuna de Quilpué CRISTIÁN VILLALOBOS PELLEGRINI
Sociedad
- Domicilio
- La cooperativa está domiciliada en la calle Balmaceda 446 de Quintero, pudiendo establecer agencias, sucursales o representaciones en cualquier punto del país o del extranjero
- Duración
- Indefinida
Objeto social
La cooperativa tiene como objetos específicos producir o transformar bienes, prestar servicios a terceros mediante el trabajo mancomunado de sus socios y socias; y cuya retribución se distribuirá equitativamente entre sus socios en partes iguales. La cooperativa observará neutralidad política y religiosa y exigirá a sus socios y socias; igual neutralidad en sus actividades internas
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalEn Quilpué República de Chile, a 30 de enero del año dos mil veinticinco, ante mí, PÍA FERNÁNDEZ ECHAGÜE, abogado, Notario Público Suplente del Titular de la comuna de Quilpué CRISTIÁN VILLALOBOS PELLEGRINI, Abogado, Notario Público Titular de la comuna de Quilpué, domiciliada en calle Balmaceda n°280, local 2, Edificio Balmaceda. Certifica que, en la Junta General Constitutiva de la COOPERATIVA DE TRABAJO COSTAS DE RITOQUE LTDA, celebrada con fecha 14 de diciembre del año dos mil veinticuatro y reducida a escritura pública con fecha de hoy se constituyó una cooperativa de trabajo por diez socios al siguiente tenor: RAZÓN SOCIAL: La cooperativa se denominará "COOPERATIVA DE TRABAJO COSTAS DE RITOQUE LTDA", su nombre de fantasía será “Costas de Ritoque ”. OBJETO: La cooperativa tiene como objetos específicos producir o transformar bienes, prestar servicios a terceros mediante el trabajo mancomunado de sus socios y socias; y cuya retribución se distribuirá equitativamente entre sus socios en partes iguales. La cooperativa observará neutralidad política y religiosa y exigirá a sus socios y socias; igual neutralidad en sus actividades internas. DOMICILIO: La cooperativa está domiciliada en la calle Balmaceda 446 de Quintero, pudiendo establecer agencias, sucursales o representaciones en cualquier punto del país o del extranjero. DURACIÓN: Indefinida. CAPITAL SUSCRITO Y PAGADO: El aporte de los socios personas naturales deberán consistir necesariamente en el trabajo que se obliguen a realizar, sin perjuicio de los aportes que hagan en dinero, bienes muebles o inmuebles. El capital social es de 1.000.000 de pesos, dividido en 10 cuotas de participación, de un valor inicial de 10.000 pesos cada uno y el saldo equivalente a 100.000 pesos por cada socio será aportado en el plazo de 10 meses contados desde su autorización de existencia legal, en cuotas iguales, mensuales y sucesivas, pudiéndose adelantar pagos por este concepto que los socios suscriben y pagan. Quienes ingresen con posterioridad a la constitución de esta cooperativa deberán suscribir y pagar el número mínimo de 50 Cuotas de Participación, cuyo valor será el resultado de la materialización de los acuerdos de la Junta General Obligatoria que se pronunció sobre el balance al 31 de diciembre del año inmediatamente anterior.Sin perjuicio de lo anterior, el valor de las Cuotas de Participación se actualizará anualmente en las oportunidades que indique la Ley o lo establezca el Departamento de Cooperativas. Él capital de la cooperativa será variable e ilimitado y tendrá como mínimo inicial el que se fija en este Estatuto.