CONSTRUCTORA PyL SpA
Instrumento
- Fecha
- 10 de febrero de 2025
- Repertorio
- 1701/2025
- Notario
- JORGE LOBOS DIAZ
- Oficio
- Cuarta Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $4.320.000.000 CLP
Personas y entidades (1)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| CONSTRUCTORA CATALINA SpA | accionista | 76560711-6 | — | — | Vitacura |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJORGE LOBOS DIAZ, Abogado, Notario Público, Suplente de la Cuarta Notaría de Santiago, cuyo titular es don COSME FERNANDO GOMILA GATICA, con oficio en Carmencita Nº 20, comuna de Las Condes, certifico: Por escritura pública ante mí, de fecha 10/02/2025, repertorio N°1701/2025, Se redujo a escritura pública la Junta General Extraordinaria de Accionistas de la sociedad por acciones CONSTRUCTORA PyL SpA, celebrada con fecha 31 de diciembre de 2024, en la que su único accionista CONSTRUCTORA CATALINA SpA, RUT 76.560.711-6, con domicilio en Avenida Presidente Kennedy 5454, Oficina 1401, Vitacura, Santiago; modifica sociedad CONSTRUCTORA PyL SpA, en lo siguiente: i) aumenta capital social que queda en $4.320.000.000.- dividido en 4.320 acciones ordinarias, nominativas, de una misma y única serie, de igual valor y sin valor nominal, cuyo capital se encuentra enteramente suscrito y pagado, ii) Modifica en consecuencia artículos quinto permanente y segundo transitorio del estatuto social, por los siguientes: a) “ARTÍCULO QUINTO: El capital de la Sociedad es de cuatro mil trescientos veinte millones de pesos, dividido en cuatro mil trescientas veinte acciones todas nominativas, ordinarias, de una misma y única serie, de igual valor, y sin valor nominal, las que se emitirán sin imprimir láminas físicas de dichos títulos. El capital está totalmente suscrito y pagado de acuerdo con lo que se expresa en el artículo segundo transitorio.”; b) “ARTÍCULO SEGUNDO TRANSITORIO: El capital de la Sociedad es de cuatro mil trescientos veinte millones de pesos, dividido en cuatro mil trescientas veinte acciones, todas nominativas, ordinarias, de una misma y única serie, de igual valor y sin valor nominal, a que se refiere el Artículo Quinto de este Estatuto, y que ha sido totalmente suscrito y pagado a esta fecha por Constructora Catalina SpA, según acuerdo adoptado en junta extraordinaria de accionistas de la Sociedad, celebrada el día treinta y uno de diciembre de dos mil veinticuatro.”.- Demás estipulaciones en escritura extractada.- Santiago, 11 de febrero de 2025.- Mmo.-