CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

ARIAS LEGAL INMOBILIARIO LIMITADA

RUT 8255589-7 CVE 2610889
Capital
$20.000.000 CLP
Fecha instrumento
29 de enero de 2025
Notaría
Rancagua
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
29 de enero de 2025
Notario
GERARDO ANDRES CARVALLO CASTILLO
Oficio
Primera Notaría de Rancagua
Comuna
Rancagua

Sociedad

Capital
$20.000.000 CLP
Domicilio
Rancagua, pudiendo abrir sucursales o agencias resto del país o en el extranjero. ADMINISTRACIÓN Y USO
Duración
Cinco años, contados desde la inscripción en Registro de Comercio, renovable automática y sucesivamente períodos iguales

Objeto social

(1) El desarrollo de actividades relacionadas con la prestación de servicios de asesoría legal, ya sea a personas naturales o jurídicas, tales como: representación judicial y extrajudicial en materias civiles, comerciales, laborales, penales, administrativas o de cualquier otra naturaleza; redacción, revisión, negociación y análisis de contratos y documentos legales; mediación y arbitraje; asesoramiento en materias corporativas, tributarias, de compliance, propiedad intelectual, resolución de conflictos y normativa inmobiliaria, entre otros; así como la prestación de cualquier otro servicio jurídico que sea requerido, conforme a las necesidades del mercado. (2) La comercialización, compra, venta, administración, arrendamiento, subarrendamiento, corretaje loteo, subdivisión, construcción, urbanización y cualquier otra forma de explotación de bienes inmuebles, urbanos o rurales, directamente o por terceros y en cualquier forma. (3) La adquisición y enajenación de efectos de comercio y valores mobiliarios; (4) La inversión de capitales, en toda clase de bienes muebles, inmuebles, corporales e incorporales tales como acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios. (5) La formación y modificación de sociedades, comunidades y asociaciones, cualquiera que sea su naturaleza o giro, así como asumir su administración y participar en ellas en cualquier forma que pudiera ser requerida para estos fines; (6) La compraventa, importación, exportación, distribución, consignación, representación o intermediación en cualquiera clase de cambio de dominio o de sus atributos, en relación con cualquier clase de bienes y cualquier actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro, con lo dicho; (7) La prestación de servicios de transporte terrestre por carretera, urbano, suburbano o interurbano destinado al traslado de carga general y)o pasajeros, en todas sus formas y combinaciones; (8) La creación y explotación de establecimientos industriales, locales comerciales y mantener infraestructura que desarrollen actividades directa o indirectamente relacionadas con el giro indicado precedentemente y cualquier otro negocio o actividad que se relacione, en la actualidad o en el futuro, con lo expresado; (9) La creación o administración de cualquier otro negocio que acordaren los

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

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GERARDO ANDRES CARVALLO CASTILLO, Notario Público, Titular Primera Notaría de Rancagua, Campos 466, Rancagua, certifica: Por escritura pública de 29 de enero de 2025, ante mí, Rep. Nº 259-2025, don ROBERTO ALEJANDRO ARIAS ACUÑA, Run 8.255.589-7, chileno, abogado, casado y don ROBERTO ANDRES ARIAS MANCILLA, Run 18.446.428-4, chileno, abogado, soltero, ambos domiciliados en Astorga número 746, Rancagua, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada bajo la RAZÓN SOCIAL: ARIAS LEGAL INMOBILIARIO LIMITADA, con nombre de fantasía ARIAS LEGAL INMOBILIARIO LTDA. OBJETO: (1) El desarrollo de actividades relacionadas con la prestación de servicios de asesoría legal, ya sea a personas naturales o jurídicas, tales como: representación judicial y extrajudicial en materias civiles, comerciales, laborales, penales, administrativas o de cualquier otra naturaleza; redacción, revisión, negociación y análisis de contratos y documentos legales; mediación y arbitraje; asesoramiento en materias corporativas, tributarias, de compliance, propiedad intelectual, resolución de conflictos y normativa inmobiliaria, entre otros; así como la prestación de cualquier otro servicio jurídico que sea requerido, conforme a las necesidades del mercado. (2) La comercialización, compra, venta, administración, arrendamiento, subarrendamiento, corretaje loteo, subdivisión, construcción, urbanización y cualquier otra forma de explotación de bienes inmuebles, urbanos o rurales, directamente o por terceros y en cualquier forma. (3) La adquisición y enajenación de efectos de comercio y valores mobiliarios; (4) La inversión de capitales, en toda clase de bienes muebles, inmuebles, corporales e incorporales tales como acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios. (5) La formación y modificación de sociedades, comunidades y asociaciones, cualquiera que sea su naturaleza o giro, así como asumir su administración y participar en ellas en cualquier forma que pudiera ser requerida para estos fines; (6) La compraventa, importación, exportación, distribución, consignación, representación o intermediación en cualquiera clase de cambio de dominio o de sus atributos, en relación con cualquier clase de bienes y cualquier actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro, con lo dicho; (7) La prestación de servicios de transporte terrestre por carretera, urbano, suburbano o interurbano destinado al traslado de carga general y/o pasajeros, en todas sus formas y combinaciones; (8) La creación y explotación de establecimientos industriales, locales comerciales y mantener infraestructura que desarrollen actividades directa o indirectamente relacionadas con el giro indicado precedentemente y cualquier otro negocio o actividad que se relacione, en la actualidad o en el futuro, con lo expresado; (9) La creación o administración de cualquier otro negocio que acordaren los socios. DOMICILIO: Rancagua, pudiendo abrir sucursales o agencias resto del país o en el extranjero. ADMINISTRACIÓN Y USO RAZÓN SOCIAL: Corresponderá a ambos socios, indistintamente, amplias facultades de escritura extractada. CAPITAL: $20.000.000.- aportado por socios a razón de $10.000.000.- cada uno, enterados en el plazo de 36 meses contados desde fecha escritura. DURACIÓN: Cinco años, contados desde la inscripción en Registro de Comercio, renovable automática y sucesivamente períodos iguales. Demás estipulaciones en escritura extractada. Rancagua, 11 de febrero de 2025.