MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

ANPAC SpA

RUT 76368111-4 CVE 2611220
Fecha instrumento
2 de diciembre de 2024
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
2 de diciembre de 2024
Repertorio
17731-2024
Notario
IVAN TORREALBA ACEVEDO
Oficio
33a Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

IVAN TORREALBA ACEVEDO, Notario Público Titular de la 33a Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos N° 979, oficina 501, comuna de Santiago, certifico: que, por escritura pública de fecha 2 de diciembre de 2024, Repertorio N° 17.731-2024, otorgada ante mí, Anpac SpA, en su calidad de único y actual accionista de El Paso y San Andrés Primera Dos SpA (la “Sociedad Absorbida”), sociedad inscrita a fojas 102.199, N°41.081 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2024; y, Cerro Hidro Inversiones II SpA, en su calidad de único y actual accionista de Anpac SpA (la “Sociedad Absorbente”), sociedad inscrita a fojas 63.525, N°39.018 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2014, acordaron, entre otras materias, lo siguiente: /a/ aprobar la fusión por incorporación de la Sociedad Absorbida en la Sociedad Absorbente, quien por tanto adquirió, en dicho acto, todos los activos y pasivos de la Sociedad Absorbida y la sucedió en todos sus derechos y obligaciones (la “Fusión”), en los términos indicados en escritura extractada. /b/ aprobar por parte del único accionista de la Sociedad Absorbida los estatutos de la Sociedad Absorbente. c) Que, como consecuencia de la Fusión, la Sociedad Absorbida se disolvió, no procediendo su liquidación, incorporándose el total de sus activos y pasivos a la Sociedad Absorbente, en su carácter de sucesora y continuadora legal, con efectos legales y financieros a contar de la fecha de la escritura extractada. Se deja expresa constancia de que materializada la fusión, el capital social de la Sociedad Absorbente se mantiene sin modificaciones. Demás estipulaciones que no son materia de extracto constan en escritura extractada. Portador de extracto quedó facultado para proceder con su legalización. Santiago, 10 de febrero de 2025.