CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

SOCIEDAD DE INVERSIONES PEGASUS SpA

RUT 8890979-8 CVE 2610404
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
30 de enero de 2025
Notaría
Santiago
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
30 de enero de 2025
Repertorio
1018-2025
Notario
MARÍA PATRICIA DONOSO GOMIEN
Oficio
Vigésima Séptima Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP
Domicilio
Santiago
Duración
Indefinida

Objeto social

El objeto de la sociedad será la realización de todo tipo de inversiones mobiliarias e inmobiliarias, sea en acciones, bonos, debentures, créditos, derechos, cuotas de fondos de inversión públicos o privados, efectos de comercio, bienes raíces o cuotas de ellos, tomar interés o participar como accionista, socio, aportante o comunero en empresas, sociedades de cualquier naturaleza o fondos de inversión en general, como también crear, financiar, promover, administrar y explotar por cuenta propia o por terceros, cualquier clase de inversiones en bienes muebles o inmuebles, de negocio, empresas o sociedades. Para el cumplimiento del objeto social, podrá constituir o ingresar a otras o personas jurídicas, de derecho público o privado, en el país o en el extranjero, y realizar las demás actividades que los socios acuerden y sean necesarias y conducentes a los objetos señalados

Administración

La sociedad será administrada por un administrador quien, anteponiendo el nombre y razón social de la Sociedad a su firma, podrá representarla tanto judicial y extrajudicialmente, estando investido de todas las facultades de administración y disposición de bienes para estos efectos y para el cumplimiento del

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MARÍA PATRICIA DONOSO GOMIEN, Abogada, Notario Público, Titular de la Vigésima Séptima Notaría de Santiago, con oficio en calle Orrego Luco N° 0153, comuna de Providencia, Región Metropolitana, certifico: Por escritura pública de fecha 30 de enero de 2025, Repertorio N° 1018-2025, doña PATRICIA HERMINA CUELLO GONZÁLEZ, C.I Nº 8.890.979-8, chilena, empresaria, quien declara ser casada y separada de bienes, domiciliada en calle Las Mantas número siete, Conjunto Residencial La Hacienda, comuna de La Cruz, Región de Valparaíso, de paso por ésta, constituyó una sociedad por acciones, en adelante “la Sociedad”, de acuerdo a las disposiciones del Párrafo 8º del Título VII del Libro II del Código de Comercio y supletoriamente por las normas aplicables a las sociedades anónimas cerradas. Nombre: “SOCIEDAD DE INVERSIONES PEGASUS SpA” o “INVERSIONES PEGASUS SpA”. Objeto: El objeto de la sociedad será la realización de todo tipo de inversiones mobiliarias e inmobiliarias, sea en acciones, bonos, debentures, créditos, derechos, cuotas de fondos de inversión públicos o privados, efectos de comercio, bienes raíces o cuotas de ellos, tomar interés o participar como accionista, socio, aportante o comunero en empresas, sociedades de cualquier naturaleza o fondos de inversión en general, como también crear, financiar, promover, administrar y explotar por cuenta propia o por terceros, cualquier clase de inversiones en bienes muebles o inmuebles, de negocio, empresas o sociedades. Para el cumplimiento del objeto social, podrá constituir o ingresar a otras o personas jurídicas, de derecho público o privado, en el país o en el extranjero, y realizar las demás actividades que los socios acuerden y sean necesarias y conducentes a los objetos señalados. Domicilio: Santiago, sin perjuicio del establecimiento en otros lugares del país o del extranjero. - Duración: Indefinida. - Capital: El capital de la sociedad será la suma de $1.000.000.- dividido en mil acciones nominativas, de única serie y sin valor nominal, suscrito y pagado en la forma que se indica en el Artículo Primero Transitorio. Administración: La sociedad será administrada por un administrador quien, anteponiendo el nombre y razón social de la Sociedad a su firma, podrá representarla tanto judicial y extrajudicialmente, estando investido de todas las facultades de administración y disposición de bienes para estos efectos y para el cumplimiento del objeto social. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 05 de febrero de 2025.