SOCIEDAD COMERCIAL SHEEP CARE SpA
Instrumento
- Fecha
- 7 de febrero de 2025
- Notario
- CHRISTIAN ALEJANDRO ORTIZ CÁCERES
- Oficio
- Séptima Notaría
Sociedad
- Capital
- $500.000 CLP
- Domicilio
- ciudad de Santiago
- Duración
- Indefinida
Objeto social
compra y venta, exportación, importación y comercialización de todo tipo de productos, en especial, artículos cosméticos, capilares, ceras, perfumes, cremas, ceras depilatorias, tratamientos, herramientas, sillones de peluquería, mueblería, y todo lo que tiene que ver con el rubro de la peluquería, y asimismo la compraventa, fabricación, distribución, importación exportación, y comercialización general de toda clase de bienes destinados a la belleza y) o salud personal, así como la compra, venta fabricación, distribución, importación, exportación y comercialización en general de los elementos necesarios para cumplir con este objeto como envases, servicios de post venta, entre otros, en el desarrollo de sus labores, y cualquier otro negocio o actividad que se relacione directa o indirectamente con los anteriores y, en general, la sociedad podrá realizar todos los actos y celebrar todos los contratos que sean necesarios y conducentes a los objetos sociales previstos, así como cualquier otro negocio que los socios acordaren en el futuro, y cualquier actividad conexa relacionada directa o indirectamente con los objetos sociales. Capital y Acciones.- El capital social de $1.000.000.-, dividido en cien mil acciones nominativas, de una misma serie, se suscribe y paga en la siguiente forma: a) Doña TATIANA GARCÍA ROA aporta el cien por ciento del capital social, que equivale a la suma de un millón de pesos, correspondiente a lo ya aportado y pagado en RG COMPAÑIA DE BELLEZA LIMITADA, entidad que en este acto se transforma, y por ello se expresa que el capital se encuentra íntegramente suscrito y pagado. Los accionistas sólo son responsables del pago de sus acciones y no estarán obligados a devolver a la caja social las cantidades que hubieran percibido a título de beneficios. Administración de la sociedad, representación, uso del nombre y del nombre de fantasía corresponderá a doña TATIANA GARCÍA ROA. En lo no modificado se mantienen vigentes las restantes disposiciones del pacto social
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalCHRISTIAN ALEJANDRO ORTIZ CÁCERES, abogado, Notario Público Interino Séptima Notaría, Agustinas 1161, entrepiso, Santiago, certifico: Por escritura pública de fecha 07 de febrero de 2025, TATIANA GARCÍA ROA, colombiana, soltera, licenciada en idiomas, C.I. extranjer o25.252.336-7 y JAVIER RODRIGO ROCHA PINZÓN, colombiano, soltero, factor de comercio, C.I. extranjero 25.321.424-4, ambos domiciliados para estos efectos en calle Huérfanos número 1147, oficina 442, Santiago, Región Metropolitana, mayores de edad, quienes acreditan su identidad con las cédulas citadas y modifican sociedad denominada RG COMPAÑIA DE BELLEZA LIMITADA, rol único tributario número 77.208.775-6, constituida e inscrita en el Registro Electrónico de Empresas y Sociedades con fecha 25 de agosto de 2020, migrada al sistema general con fecha 08 de enero de 2025, según consta de la inscripción que rola a fojas 2308 número 978 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2025 y de la publicación en el Diario Oficial de fecha 25 de enero del año 2025, sentido que don JAVIER RODRIGO ROCHA PINZÓN, dueño de un 50% capital social, vende, cede y transfiere, a doña TATIANA GARCÍA ROA, la totalidad de sus derechos en la sociedad, equivalentes a un 50% del capital social, en la suma única y total de $500.000 que doña TATIANA GARCÍA ROA entera y paga en este acto y en dinero en efectivo, y que don JAVIER RODRIGO ROCHA PINZÓN declara recibir a su entera satisfacción. Mismo acto TATIANA GARCÍA ROA en su calidad de único socio de RG COMPAÑIA DE BELLEZA LIMITADA, modifica y transforma la misma y viene en constituir en este acto una sociedad por acciones al tenor de lo prescrito en el artículo cuatrocientos veinticuatro y siguientes del Código de Comercio, la que se regirá por las normas señaladas, y en especial por los estatutos de la sociedad. El nombre de la sociedad es SOCIEDAD COMERCIAL SHEEP CARE SpA, pudiendo usar como nombre de fantasía SHEEP CARE SpA. Domicilio: ciudad de Santiago sin perjuicio agencias y sucursales en otros lugares país o extranjero. Duración: Indefinida. Objeto: compra y venta, exportación, importación y comercialización de todo tipo de productos, en especial, artículos cosméticos, capilares, ceras, perfumes, cremas, ceras depilatorias, tratamientos, herramientas, sillones de peluquería, mueblería, y todo lo que tiene que ver con el rubro de la peluquería, y asimismo la compraventa, fabricación, distribución, importación exportación, y comercialización general de toda clase de bienes destinados a la belleza y) o salud personal, así como la compra, venta fabricación, distribución, importación, exportación y comercialización en general de los elementos necesarios para cumplir con este objeto como envases, servicios de post venta, entre otros, en el desarrollo de sus labores, y cualquier otro negocio o actividad que se relacione directa o indirectamente con los anteriores y, en general, la sociedad podrá realizar todos los actos y celebrar todos los contratos que sean necesarios y conducentes a los objetos sociales previstos, así como cualquier otro negocio que los socios acordaren en el futuro, y cualquier actividad conexa relacionada directa o indirectamente con los objetos sociales. Capital y Acciones.- El capital social de $1.000.000.-, dividido en cien mil acciones nominativas, de una misma serie, se suscribe y paga en la siguiente forma: a) Doña TATIANA GARCÍA ROA aporta el cien por ciento del capital social, que equivale a la suma de un millón de pesos, correspondiente a lo ya aportado y pagado en RG COMPAÑIA DE BELLEZA LIMITADA, entidad que en este acto se transforma, y por ello se expresa que el capital se encuentra íntegramente suscrito y pagado. Los accionistas sólo son responsables del pago de sus acciones y no estarán obligados a devolver a la caja social las cantidades que hubieran percibido a título de beneficios. Administración de la sociedad, representación, uso del nombre y del nombre de fantasía corresponderá a doña TATIANA GARCÍA ROA. En lo no modificado se mantienen vigentes las restantes disposiciones del pacto social. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 10 de febrero de 2025. CHRISTIAN ALEJANDRO ORTIZ CÁCERES Notario Interino.