PANIFICADORA SAN MARTÍN LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 14 de noviembre de 1985
- Notario
- Pedro Hernán Álvarez Lorca
- Oficio
- Primera Notaria de Buin
- Comuna
- Buin
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPedro Hernán Álvarez Lorca, Notario Público de la Primera Notaria de Buin, Aníbal Pinto 269, local 5, comuna de Buin, certifico: por escritura pública hoy ante mí, SERGIO BENITO DEZA MENESES, C.I. 7.019.211-K, por sí y en representación de doña BLANCA ROSA MENESES TELLO, C.I. 5.634.733-K, doña Giselle Nicole Armijo Soriano, C.I. 16.873.092-6 y doña Fernanda Denisse Fernández Suazo, C.I. 21.396.210-8, todos domiciliados en Aníbal Pinto 269, oficina 23, comuna de Buin, modificaron sociedad de responsabilidad limitada con razón social "PANIFICADORA SAN MARTÍN LIMITADA”, Rut. 79.605.450-6, constituida 14 noviembre 1985, ante Hernán Blanche Sepúlveda, Notario Público de Santiago, saneada por escritura de fecha 8 de abril del año 2006, ante don Rubén Bravo Valenzuela, notario público de Buin, inscrita a fojas 68 Nº 77 Registro de Comercio Buin año 2006, modificada 9 Noviembre 2006, ante don Rubén Bravo Valenzuela, notario público de Buin, inscrita fojas 147 Nº 186 Registro Comercio Buin año 2006, modificada nuevamente 10 Noviembre 2020, ante don Pedro Hernán Álvarez Lorca, notario público de Buin, inscrita fojas 98 Nº 96 Registro Comercio Buin año 2020. Modificaciones consisten en el retiro de los socios SERGIO BENITO DEZA MENESES y BLANCA ROSA MENESES TELLO e ingresan socias Giselle Nicole Armijo Soriano y Fernanda Denisse Fernández Suazo, quedando la sociedad constituida por los socios y en la proporción siguiente, en el total de los derechos sociales: doña Giselle Nicole Armijo Soriano, con un cincuenta por ciento de los derechos sociales y doña Fernanda Denisse Fernández Suazo con un cincuenta por ciento de los derechos sociales; modifican administración en el sentido que esta, y el uso de la razón social, corresponderá a don Ricardo Alexis Fernández Alarcón, cédula de identidad número quince millones ochocientos noventa y siete mil ciento cuarenta y dos guion nueve, quien actuando por la sociedad y anteponiendo la razón social a su firma, la representará con las más amplias facultades, pudiendo obligarla en toda clase de actos y contratos, estará dotado de todas las facultades de administración y disposición, sin limitación alguna y, especialmente de las mencionadas en el pacto constitutivo y en la modificación de fecha nueve de noviembre del año dos mil seis, sin que aquella enumeración sea taxativa ni limitativas, sino meramente ilustrativa. Demás estipulaciones en escritura extractada. Buin, 23 de Enero de 2025.-