MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Inversiones Green Days Limitada

RUT 76199224-4 CVE 2610577
Capital
$1.000 CLP
Fecha instrumento
3 de febrero de 2025
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
3 de febrero de 2025
Repertorio
2266-2025
Notario
JAVIERA PAZ ERAZO HERMOSILLA
Domicilio
don Juan Ricardo San Martín Urrejola
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.000 CLP

Personas y entidades (1)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
Inversiones Green Days Limitada socio 76199224-4

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JAVIERA PAZ ERAZO HERMOSILLA, abogada, notario público, suplente de don Juan Ricardo San Martín Urrejola, titular de la 43.ª Notaría de Santiago con oficio en Huérfanos número 835, piso 18, comuna de Santiago, certifico que por escritura pública otorgada con fecha 23 de enero del 2025, repertorio 2.266-2025, ante mí, don Gonzalo Adolfo Díaz García-Huidobro y doña María Olga Greene Pinedo, ambos domiciliados en Cadaqués número 477, comuna de Vitacura, únicos y actuales socios de Inversiones Green Days Limitada, RUT 76.199.224-4, modificaron dicha sociedad, inscrita a fojas 7.763, número 5.458, en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2012, aumentando el capital de $1.000.000 a la suma de $152.947.817. El aumento de capital es íntegramente pagado por los socios, por partes iguales y de consuno, mediante el aporte que hacen de los inmuebles indicados en la escritura extracta. Como consecuencia de lo anterior, los socios modifican el pacto social, reemplazando el artículo quinto por el siguiente: “ARTÍCULO QUINTO: Capital. El capital de la sociedad es la suma de ciento cincuenta y dos millones novecientos cuarenta y siete mil ochocientos diecisiete pesos que los socios aportan y pagan de la siguiente manera: (a) don Gonzalo Adolfo Díaz García-Huidobro aporta la suma de setenta y seis millones cuatrocientos setenta y tres mil novecientos nueve pesos, equivalente al cincuenta por ciento de los derechos sociales, íntegramente pagada y enterada en la caja social con la suma de quinientos mil pesos en dinero en efectivo, a entera satisfacción de la Sociedad, y con la suma de setenta y cinco millones novecientos setenta y tres mil novecientos nueve pesos, mediante el aporte de sus derechos sobre los inmuebles que se indican a continuación; y, (b) doña María Olga Greene Pinedo aporta la suma de setenta y seis millones cuatrocientos noventa y ocho mil trescientos noventa pesos, equivalente al cincuenta por ciento de los derechos sociales, íntegramente pagada y enterada en la caja social con la suma de quinientos mil pesos en dinero en efectivo, a entera satisfacción de la Sociedad, y con la suma de setenta y cinco millones novecientos setenta y tres mil novecientos nueve pesos, mediante el aporte de sus derechos sobre los inmuebles que se indican a continuación. Los socios don Gonzalo Adolfo Díaz García-Huidobro y doña María Olga Greene Pinedo han enterado y aportado a la sociedad por partes iguales, de consuno, y a entera satisfacción de esta, los siguientes inmuebles: (a) departamento número mil trescientos veinticinco C, del decimotercer piso del Edificio Gran Santiago, con acceso por calle Huérfanos número mil cuatrocientos, comuna de Santiago, y de los derechos en proporción al valor de lo adquirido en unión de los otros adquirentes en los bienes comunes; (b) departamento número mil cuatrocientos veinticinco C, del decimocuarto piso del Edificio Gran Santiago, con acceso por calle Huérfanos número mil cuatrocientos, comuna de Santiago, y de los derechos en proporción al valor de lo adquirido en unión de los otros adquirentes en los bienes comunes; y, (c) bodegas números cinco mil dos, cinco mil veintiocho, cinco mil treinta y cuatro, y cinco mil cincuenta, y estacionamiento número quinientos doce, todos del quinto subterráneo del Edificio Gran Santiago, con acceso por calle Huérfanos número mil cuatrocientos, comuna de Santiago, y de los derechos en proporción al valor de lo adquirido en unión de los otros adquirentes en los bienes comunes; por la suma total de ciento cincuenta y un millones novecientos cuarenta y siete mil ochocientos diecisiete pesos. La responsabilidad de los socios queda limitada al monto sus respectivos aportes”. En todo lo no modificado permanecen vigentes las disposiciones de los estatutos de la Sociedad. Demás estipulaciones constan en la escritura extractada. Santiago, 03 febrero 2025.