MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

INVERSIONES E INMOBILIARIA EMBALSE LIMITADA

RUT 77778110-3 CVE 2610114
Fecha instrumento
10 de enero de 2025

Instrumento

Fecha
10 de enero de 2025
Repertorio
217-2025
Notario
PATRICIO GUILLERMO COROMINAS MELLADO
Oficio
Segunda Notaria de Santiago con asiento en la comuna de Lo Barnechea

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

PATRICIO GUILLERMO COROMINAS MELLADO, Notario Público Titular de la Segunda Notaria de Santiago con asiento en la comuna de Lo Barnechea, en Avenida La Dehesa 1201, oficina, Local 101, Región Metropolitana, certifico: que por escritura pública otorgada ante mi en fecha 10 de enero de 2025, repertorio 217-2025, los comparecientes CAROLINA JULIA DELL’ORO CRESPO, JOSÉ ANTONIO ERRAZURIZ HOCHSCHILD, MANUELA MARÍA ERRAZURIZ DELL’ORO y VICENTE JOSÉ ERRAZURIZ DELL’ORO, todos los anteriores domiciliados en calle El Embalse 1928, comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana, modificaron la sociedad “INVERSIONES E INMOBILIARIA EMBALSE LIMITADA”, acordando lo siguiente: (i) Cesión de derechos sociales: JOSÉ ANTONIO ERRAZURIZ HOCHSCHILD, con el expreso consentimiento de todos los socios de la Sociedad, vende, cede y transfiere la totalidad de los derechos sociales de que es dueño y posee en la Sociedad, equivalente a un 1% del total del capital y haber social, a las siguiente personas: i) A doña MANUELA MARÍA ERRAZURIZ DELL’ORO, el 50% de sus derechos sociales, equivalente a un 0,5% del total del capital social de la sociedad. El precio de la presente cesión de derechos sociales es la suma de $2.500.000, el cual se pagará en el plazo de 60 días a contar de la fecha de la presente escritura. ii) A don VICENTE JOSÉ ERRAZURIZ DELL’ORO, el 50% de sus derechos sociales, equivalente a un 0,5% del total del capital social de la sociedad. El precio de la presente cesión de derechos sociales es la suma de $2.500.000, el cual se pagara en el plazo 60 días a contar de la fecha de la presente escritura (ii) Modificación estatutos sociales: Los únicos y actuales socios, de acuerdo a lo señalado precedentemente, acuerdan sustituir el artículo sexto de los estatutos sociales vigentes, relativo al Capital Social, por el siguiente: “SEXTO. El CAPITAL de la sociedad asciende a la suma de quinientos mil pesos, que los socios aportan y enteran de la siguiente manera: i. CAROLINA JULIA DELL’ORO CRESPO, con cuatrocientos noventa y cinco mil pesos, correspondiente al noventa y nueve por ciento del total de los derechos sociales; ii. MANUELA MARÍA ERRAZURIZ DELL´ORO, con dos mil quinientos pesos, correspondiente al cero coma cinco por ciento del total de los derechos sociales; y, iii. VICENTE JOSÉ ERRAZURIZ DELL´ORO, con dos mil quinientos pesos, correspondiente al cero coma cinco por ciento del total de los derechos sociales.” Demas estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 5 de febrero de 2025.