MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

Alvarez Tax&Legal SpA

RUT 77513665-0 CVE 2610243
Capital
$100.000 CLP
Fecha instrumento
7 de enero de 2025
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
7 de enero de 2025
Repertorio
395-2025
Notario
PATRICIA VALENTINA MANRIQUEZ HUERTA
Oficio
48° Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$100.000 CLP

Objeto social

Los Accionistas, actuando de común acuerdo, vienen en modificar el artículo Cuarto Permanente de los estatutos sociales, en el sentido de reemplazarlo íntegramente por el siguiente texto, cuyo objeto será modificar el objeto social, según se da cuenta a continuación: “ARTÍCULO CUARTO: El objeto de la sociedad será: a) La prestación de todo tipo de asesorías, servicios profesionales y consultorías legales, tributarias, asesorías judiciales y extrajudiciales, informes en Derecho, así como la prestación de toda clase de servicios jurídicos en las más diversas áreas del Derecho; b) la prestación de todo tipo de servicios profesionales en las áreas de psicología, capacitaciones, charlas y talleres en las distintas áreas de la psicología; c) La inversión en toda clases de bienes, muebles o inmuebles, corporales, incorporales, derechos, acciones, cuotas de fondos de cualquier especie, la percepción y administración de sus frutos civiles; d) Compra, venta, arrendamiento de toda clase de bienes muebles, corporales o incorporales, e inmuebles; e) la celebración de todos los negocios, actos y contratos que se requieran para la ejecución del

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

PATRICIA VALENTINA MANRIQUEZ HUERTA, Notario Público Titular de la 48° Notaría de Santiago, con oficio en Avenida Apoquindo número 3.076, oficina 601, comuna de Las Condes, certifica: por instrumento privado de fecha 7 de enero de 2025, protocolizado ante mí suplente Marcelo Donoso Araya, con fecha 13 de enero de 2025, repertorio 395-2025, Tomás Francisco Álvarez Palacios y María Ignacia Caire Vásquez, en su calidad de únicos accionistas de “Alvarez Tax&Legal SpA” (la “Sociedad”) de acuerdo al Registro de Accionistas de la Sociedad, acordaron modificar sus estatutos en el siguiente sentido: i) CAPITAL SOCIAL: Los Accionistas, actuando de común acuerdo, vienen en modificar el artículo Quinto Permanente y Primero Transitorio de los estatutos sociales, en el sentido de reemplazarlos íntegramente por los siguientes textos, cuyo objeto será aumentar el capital social en $100.000.- (cien mil pesos) mediante la emisión de 200 acciones de pago, dejando expresa constancia el accionista don TOMÁS FRANCISCO ALVAREZ PALACIOS que renuncia a su derecho a suscribir acciones de pago en el presente aumento de capital, concurriendo, en consecuencia, al efecto solamente la accionista doña MARÍA IGNACIA CAIRE VÁSQUEZ al presente aumento de capital social, suscribiendo el 100% de las acciones de pago que se emitirán al efecto, según se da cuenta a continuación: “ARTÍCULO TERCERO: Capital y acciones. El capital de la sociedad es la suma de $600.000.-, dividido en 1200 acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, que se suscriben y pagan en la forma que se establece en las disposiciones transitorias. Las acciones podrán pagarse en dinero efectivo o en otros bienes. Cada accionista dispondrá de un voto por cada acción que posea o represente, pudiendo en las elecciones que se realicen en las juntas acumular sus votos en favor de una sola persona o distribuirlos en la forma que estime conveniente.”. “ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO: Suscripción y Pago del Capital. El capital de la Sociedad es de $600.000.-, dividido en 1200 acciones ordinarias, nominativas, todas de una misma serie, sin valor nominal, de igual valor cada una. El capital ha sido suscrito y pagado de la siguiente forma: a) Con la cantidad de $500.000.-, dividido en 1.000 acciones ordinarias, nominativas, todas de una misma serie, sin valor nominal, de igual valor cada una, las cuales se encuentran íntegramente emitidas, suscritas y pagadas, por: i) don TOMÁS FRANCISCO ALVAREZ PALACIOS, con la cantidad de $425.000.-, dividido en 850 acciones ordinarias, nominativas, todas de una misma serie, sin valor nominal, de igual valor cada una, las cuales se encuentran íntegramente emitidas, suscritas y pagadas con anterioridad a este acto; y por ii) doña MARÍA IGNACIA CAIRE VÁSQUEZ, con la cantidad de $75.000.-, dividido en 150 acciones ordinarias, nominativas, todas de una misma serie, sin valor nominal, de igual valor cada una, las cuales se encuentran íntegramente emitidas, suscritas y pagadas con anterioridad a este acto; y b) Con la cantidad de $100.000.-, monto que corresponde al aumento de capital social acordado por escritura de fecha 7 de enero de 2025, íntegramente suscrito por doña MARÍA IGNACIA CAIRE VÁSQUEZ, quien suscribe al efecto la cantidad de 200 acciones de pago ordinarias, nominativas, todas de una misma serie, sin valor nominal, de igual valor, emitidas con ocasión del aumento de capital referido en el presente numeral, cuyo pago se realizará dentro de 3 años contados desde la fecha de la escritura.”. En consecuencia, los accionistas de la Sociedad acuerdan por unanimidad que, en lo sucesivo, el nuevo capital de la Sociedad ascenderá a la suma de $600.000.-, dividido en 1200 acciones ordinarias, nominativas, todas de una misma serie, sin valor nominal, de igual valor cada una, el cual se suscribe y paga de acuerdo a lo establecido en este instrumento, lo cual se entenderá incorporado a los estatutos sociales a partir de la fecha de la presente escritura. ii) OBJETO SOCIAL: Los Accionistas, actuando de común acuerdo, vienen en modificar el artículo Cuarto Permanente de los estatutos sociales, en el sentido de reemplazarlo íntegramente por el siguiente texto, cuyo objeto será modificar el objeto social, según se da cuenta a continuación: “ARTÍCULO CUARTO: El objeto de la sociedad será: a) La prestación de todo tipo de asesorías, servicios profesionales y consultorías legales, tributarias, asesorías judiciales y extrajudiciales, informes en Derecho, así como la prestación de toda clase de servicios jurídicos en las más diversas áreas del Derecho; b) la prestación de todo tipo de servicios profesionales en las áreas de psicología, capacitaciones, charlas y talleres en las distintas áreas de la psicología; c) La inversión en toda clases de bienes, muebles o inmuebles, corporales, incorporales, derechos, acciones, cuotas de fondos de cualquier especie, la percepción y administración de sus frutos civiles; d) Compra, venta, arrendamiento de toda clase de bienes muebles, corporales o incorporales, e inmuebles; e) la celebración de todos los negocios, actos y contratos que se requieran para la ejecución del objeto social.”. En consecuencia, los accionistas de la Sociedad acuerdan por unanimidad, en lo sucesivo, reemplazar el objeto social de acuerdo a lo establecido en este instrumento, lo cual se entenderá incorporado a los estatutos sociales a partir de la fecha de la presente escritura. iii) RAZÓN SOCIAL: Los Accionistas, actuando de común acuerdo, vienen en modificar el artículo Primero Permanente de los estatutos sociales, en el sentido de reemplazarlo íntegramente por el siguiente texto, cuyo objeto será modificar la razón social, según se da cuenta a continuación: “ARTÍCULO PRIMERO: El nombre de la sociedad será “Asesorías e Inversiones ATL SpA”, pudiendo utilizar igualmente como nombre de fantasía “Alvarez Tax&Legal”. En consecuencia, los accionistas de la Sociedad acuerdan por unanimidad, en lo sucesivo, reemplazar la razón social de acuerdo a lo establecido en este instrumento, lo cual se entenderá incorporado a los estatutos sociales a partir de la fecha de la presente escritura. Otras estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 10 de febrero de 2025.