Top of Mind SpA
Instrumento
- Fecha
- 23 de enero de 2025
- Repertorio
- 73-2025
- Comuna
- Peumo
Sociedad
- Capital
- $1.500.000 CLP
Personas y entidades (2)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| María Francisca Baeza Lagos | socio | 13779044-0 | — | — | |
| Paulina Alejandra Reckmann Osorio | representante | 12882679-3 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalALEJANDRO ANDRES PARDO KUSCHEL, Notario Titular de la Notaría de Peumo, Vicuña Mackenna N° 80, Peumo, certifica: mediante escritura pública de fecha 23 de enero de 2025, bajo el repertorio N° 73-2025, comparecen ante mí María Francisca Baeza Lagos, Cédula de Identidad número 13.779.044-0, y Paulina Alejandra Reckmann Osorio, Cédula de Identidad número12.882.679-3, en representación de Top of Mind SpA. Rol Único Tributario 76.717.645-7, (en adelante la “Sociedad”) quienes han acordado modificar los estatutos de la Sociedad en el siguiente sentido: A) Modificar los representantes legales de la sociedad, quedando en consecuencia María Francisca Baeza Lagos, y Paulina Alejandra Reckmann Osorio, como nuevas representantes legales, pudiendo actuar de manera conjunta o individual. B) Modificar los representantes ante el SII de la sociedad, quedando en consecuencia María Francisca Baeza Lagos, y Paulina Alejandra Reckmann Osorio como nuevas representantes legales pudiendo actuar de manera conjunta o individual. C) Modificar la administración y representación de la sociedad la que corresponderá de manera ya sea conjunta como separada a María Francisca Baeza Lagos, y Paulina Alejandra Reckmann Osorio. D) Modificar en consecuencia el Artículo Undécimo de los estatutos de la Sociedad, reemplazándolo por el siguiente: “la administración y representación de la sociedad le corresponderá de manera conjunta o separada a María Francisca Baeza Lagos, y Paulina Alejandra Reckmann Osorio, las que podrán ejercerla personalmente o a través de personas especialmente designadas para ello de consuno, por instrumento privado protocolizado o por escritura pública, con aquellas facultades que expresamente se les otorguen por los mandantes. En consecuencia, los administradores tendrán las más amplias facultades de administración y disposición, pudiendo ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos y convenciones de cualquier naturaleza, que se relacionen directa o indirectamente con el giro social”. CAPITAL: $1.500.000. Demás estipulaciones en escritura extractada.- Peumo, a 23 de Enero de 2025.