MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SOCIEDAD DE INVERSIONES EL AFLOJO LIMITADA

RUT 76145671-7 CVE 2609654
Capital
$110.000.000 CLP
Fecha instrumento
3 de diciembre de 2024
Notaría
Santiago
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
3 de diciembre de 2024
Notario
Magdalena Sofía Latorre Larraín
Oficio
Quinta Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$110.000.000 CLP
Domicilio
El domicilio de la Sociedad será la ciudad de Santiago, Región Metropolitana
Duración
Indefinida

Objeto social

La Sociedad tendrá por objeto actividades de agencias de noticias y servicios periodísticos; actividades de auxiliares de la intermediación financiera, excepto planes de seguros; actividades de organizaciones empresariales, profesionales y de empleadores; actividades empresariales y de profesionales prestadas a empresas no clasificadas previamente; actividades jurídicas y de asesoramiento empresarial en general, otros tipos de intermediación financiera, publicidad, servicios informáticos; y en general, se entienden comprendidos dentro del giro cualquier otro acto o actividad que directa o indirectamente faciliten o permitan la realización del objeto social o tiendan a su consecución o que los accionistas acuerden al efecto. La Sociedad podrá desarrollar total o parcialmente su giro, por cuenta propia o ajena o por medio de otras sociedades en las que participe o forme al efecto.Capital: El capital de la Sociedad es la cantidad de $110.000.000 pesos, dividido en 1.000 acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, íntegramente suscritas y pagadas con anterioridad a esta fecha, según se indica a continuación: i) Amanda Paz Araya Concha aportó el monto de $22.000.000 equivalente a 200 acciones; ii) Florencia Antonia Araya Concha, aportó el monto de $22.000.000 equivalente a 200 acciones; iii) Josefa Alejandra Araya Concha, aportó el monto de $22.000.000 equivalente a 200 acciones; iv) Juan Eduardo Araya Nogara, aportó el capital de $44.000.000 equivalente a 400 acciones.Duración: Indefinida;

Administración

La administración de la Sociedad y el uso de la razón social corresponderá a los socios Amanda Paz Araya Concha, Florencia Antonia Araya Concha, Josefa Alejandra Araya Concha y Juan Eduardo Araya Nogara. Para la administración de la Sociedad, Amanda Paz Araya Concha, Florencia Antonia Araya Concha y Josefa Alejandra Araya Concha deberán actuar al menos dos de manera conjunta, mientras que Juan Eduardo Araya Nogara podrá actuar individualmente, sin necesidad de la concurrencia de los otros

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Magdalena Sofía Latorre Larraín, Notario Público Interino de la Quinta Notaría de Santiago, domiciliada en Gertrudis Echeñique número 30 oficina 32, Las Condes, certifico que mediante escritura pública de fecha 3 de diciembre de 2024, repertorio número 10433-2024, otorgada ante mí, Don Juan Eduardo Araya Nogara, cédula de identidad número 9.907.637-2; Doña María Alejandra Araya Nogara, cédula de identidad número 6.704.110-0; Don Juan Pablo Araya Nogara, cédula de identidad número 8.081.130-6; y Doña Amanda Paz Araya Concha, cédula de identidad número 18.392.739-6; compareciendo estos cuatro actualmente como los únicos socios de la Sociedad “Sociedad de Inversiones el Aflojo Limitada” (la “Sociedad”) Rol Único Tributario N° 76.145.671-7; y; Doña Florencia Antonia Araya Concha, cédula de identidad número 18.935.348-0; y Doña Josefa Alejandra Araya Concha, cédula de identidad número 19.689.718-6, compareciendo como futuras accionistas de la Sociedad. todos los comparecientes domiciliados para estos efectos en Avenida Colón 4020 departamento 122, Las Condes, acordaron las siguientes modificaciones Sociales: /Uno/ Cesión de derechos sociales: María Alejandra Araya Nogara vendió, cedió y transfirió todos sus derechos sociales en la Sociedad, correspondientes a un 0,32% a Amanda Paz Araya Concha por la suma única y total de $1.310.000 pesos. Juan Pablo Araya Nogara vendió, cedió y transfirió todos sus derechos sociales en la Sociedad, correspondientes a un 0,32% a Amanda Paz Araya Concha por la suma única y total de $1.350.000 pesos. Por tanto, María Alejandra Araya Nogara y Juan Pablo Araya Nogara se retiraron de la Sociedad, para todos los efectos. Quedan, en consecuencia, como únicos socios de la Sociedad Juan Eduardo Araya Nogara con un 98,7% de los derechos sociales, y Amanda Paz Araya Concha con un 1,3% de los derechos sociales. /Dos/ Aumento de Capital Los socios resolvieron aumentar el capital de la Sociedad en la cantidad de $2.000.000, de modo que el capital actual de la Sociedad que asciende a la cantidad de $410.000.000, será la cantidad $412.000.000, monto que fue aportado y pagado por los nuevos socios que se incorporan del siguiente modo: Florencia Antonia Araya Concha, pagó el monto de $1.000.000, equivalente al 0,24% de los derechos sociales; Josefa Alejandra Araya Concha, pagó el monto de $1.000.000, equivalente al 0,24% de los derechos sociales.El capital social pasa a ser la suma de $412.000.000, íntegramente suscrito y pagado por los socios de la siguiente forma: a) don Juan Eduardo Araya Nogara por el monto de $404.600.000, equivalente 98,20% de los derechos sociales; b) doña Amanda Paz Araya Concha por el monto de $5.400.000, equivalente al 1,31% de los derechos sociales; c) Florencia Antonia Araya Concha, por el monto de $1.000.000, equivalente al 0,24% de los derechos sociales; y d) Josefa Alejandra Araya Concha, por el monto de $1.000.000, equivalente al 0,24% de los derechos sociales. /Tres/ Disminución de CapitalLos socios acuerdaron disminuir el capital de la Sociedad desde $412.000.000 a la suma de $110.000.000, esto es una disminución de $302.000.000. El capital social pasa a ser suma de $110.000.000, íntegramente suscrito y pagado por los socios de la siguiente forma: a) Juan Eduardo Araya Nogara por el monto $102.640.000, equivalente al 93,31% de los derechos sociales; b) Amanda Paz Araya Concha por el monto de $5.360.000 equivalente al 4,87% de los derechos sociales; c) Florencia Antonia Araya Concha, por el monto de $1.000.000, equivalente al 0,91% de los derechos sociales; d) Josefa Alejandra Araya Concha, por el monto de $1.000.000, equivalente al 0,91% de los derechos sociales. /Cuatro/ Cesión de Derechos SocialesJuan Eduardo Araya Nogara vendió, cedió y transfirió en parte sus derechos sociales en la Sociedad, correspondientes a un 53,31% del total de participaciones totales de la Sociedad, a los otros socios en la siguiente proporción: i) Amanda Paz Araya Concha adquirió un 15,13% de los derechos sociales en la Sociedad por el precio de $16.640.000. ii) Florencia Antonia Araya Concha adquirió un 19,09% de los derechos sociales en la Sociedad por el precio de $21.000.000. iii) Josefa Alejandra Araya Concha adquirió un 19,09% de los derechos sociales en la Sociedad por el precio de $21.000.000.Por tanto, quedan, en consecuencia, como únicos socios de la Sociedad Juan Eduardo Araya Nogara con un 40% de los derechos sociales en la Sociedad; Amanda Paz Araya Concha con un 20% de los derechos sociales en la Sociedad; Florencia Antonia Araya Concha con un 20% de los derechos sociales en la Sociedad; y Josefa Alejandra Araya Concha con un 20% de los derechos sociales en la Sociedad./Quinto/ Transformación social a SpA. Los Socios acuerdan transformar la Sociedad en una sociedad por acciones, cuyos estatutos a continuación se extractan: Razón Social: “SOCIEDAD DE INVERSIONES EL AFLOJO SpA”; Domicilio: El domicilio de la Sociedad será la ciudad de Santiago, Región Metropolitana, sin perjuicio de que pueda instalar agencias, sucursales o establecimientos en el resto del país o en el extranjero; Objeto: La Sociedad tendrá por objeto actividades de agencias de noticias y servicios periodísticos; actividades de auxiliares de la intermediación financiera, excepto planes de seguros; actividades de organizaciones empresariales, profesionales y de empleadores; actividades empresariales y de profesionales prestadas a empresas no clasificadas previamente; actividades jurídicas y de asesoramiento empresarial en general, otros tipos de intermediación financiera, publicidad, servicios informáticos; y en general, se entienden comprendidos dentro del giro cualquier otro acto o actividad que directa o indirectamente faciliten o permitan la realización del objeto social o tiendan a su consecución o que los accionistas acuerden al efecto. La Sociedad podrá desarrollar total o parcialmente su giro, por cuenta propia o ajena o por medio de otras sociedades en las que participe o forme al efecto.Capital: El capital de la Sociedad es la cantidad de $110.000.000 pesos, dividido en 1.000 acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, íntegramente suscritas y pagadas con anterioridad a esta fecha, según se indica a continuación: i) Amanda Paz Araya Concha aportó el monto de $22.000.000 equivalente a 200 acciones; ii) Florencia Antonia Araya Concha, aportó el monto de $22.000.000 equivalente a 200 acciones; iii) Josefa Alejandra Araya Concha, aportó el monto de $22.000.000 equivalente a 200 acciones; iv) Juan Eduardo Araya Nogara, aportó el capital de $44.000.000 equivalente a 400 acciones.Duración: Indefinida; Administración y uso de la razón social: La administración de la Sociedad y el uso de la razón social corresponderá a los socios Amanda Paz Araya Concha, Florencia Antonia Araya Concha, Josefa Alejandra Araya Concha y Juan Eduardo Araya Nogara. Para la administración de la Sociedad, Amanda Paz Araya Concha, Florencia Antonia Araya Concha y Josefa Alejandra Araya Concha deberán actuar al menos dos de manera conjunta, mientras que Juan Eduardo Araya Nogara podrá actuar individualmente, sin necesidad de la concurrencia de los otros socios. Demás estipulaciones en escritura extractada, Santiago, 04 de febrero de 2025.- Magdalena Sofia Latorre Larraín.- Notario Publico Interino.