INVERSIONES INMOBILIARIAS S & R LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 1 de febrero de 2025
- Repertorio
- 297-2025
Sociedad
- Capital
- $630.038.134 CLP
- Domicilio
- Es en la ciudad de Santiago, Región Metropolitana
- Duración
- 10 años prorrogables
Objeto social
a) la compra, venta, por cuenta propia o ajena de todo tipo de inmuebles; (b) la gestión inmobiliaria por cuenta propia o ajena; y, (iii) de toda otra actividad de que esté relacionada con lo anterior y las demás que los socios determinen;
Administración
la administración corresponde a ambos socios conjuntamente;
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalVICTOR ANDRES FLORES MORALES, abogado, notario suplente del titular don ALEJANDRO JAVIER GUERRA PINTO, según decreto número setenta y nueve de fecha veintinueve de enero del año dos mil veinticinco, de la Ilustre Corte de Apelaciones de Santiago, con domicilio en Avenida Independencia Nº873, comuna de Independencia. CERTIFICO: Por escritura pública, ante mí, de fecha 01 de febrero de 2025, repertorio N°297-2025, comparece: Don RICHARD ANTONIO SILVA SOTELO, ingeniero en computación, cédula nacional de identidad número 13.918.039-9, chileno, soltero, domiciliado en Camino al Alfalfal N° 1060, comuna de San José de Maipo, y, LORETO ANDREA ROMAN MONTERO, ingeniera comercial, cédula nacional de identidad número 14.122.693-2, chilena, divorciada, domiciliada en Camino al Alfalfal N° 1060, comuna de San José de Maipo, Región Metropolitana; constituyeron Sociedad de Responsabilidad Limitada cuya Razón Social es “INVERSIONES INMOBILIARIAS S & R LIMITADA”; Objeto: a) la compra, venta, por cuenta propia o ajena de todo tipo de inmuebles; (b) la gestión inmobiliaria por cuenta propia o ajena; y, (iii) de toda otra actividad de que esté relacionada con lo anterior y las demás que los socios determinen; Capital: $630.038.134.- aportado 50% cada socio pagado en bienes inmuebles; Administración: la administración corresponde a ambos socios conjuntamente; Domicilio: Es en la ciudad de Santiago, Región Metropolitana, sin perjuicio de establecer agencias y sucursales en otros lugares del país.; Duración: 10 años prorrogables. Demás estipulaciones en escritura extractada.- Santiago de Chile, Independencia, a 04 de febrero de 2025.