INVERSIONES E INMOBILIARIA LOS LAGOS LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 7 de febrero de 2025
- Repertorio
- 205/2025
- Notario
- CAROLA NATASHA VALLADARES CANOBRA
- Oficio
- Tercera Notaría de esta ciudad
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalCAROLA NATASHA VALLADARES CANOBRA, Notario Público de la Tercera Notaría de esta ciudad, Suplente de la Titular doña SANDRA ELIANA CÁRCAMO VELÁSQUEZ, San Bernardo 224, comuna de Puerto Varas, certifica: Que por escritura pública de fecha 07/02/2025, repertorio N° 205/2025, ante mí: CRISTIAN ANDRÉS HALES OPITZ en representación de ANGELO NICOLÁS BRUZZONNE OPITZ, cédula nacional de identidad número dieciséis millones setecientos veintisiete mil quinientos cuarenta y tres guión cinco y GLADYS AUGUSTA OPITZ NIKLITSCHEK, cédula nacional de identidad número ocho millones doscientos doce mil cuatrocientos sesenta y ocho guión tres quienes vienen en constituir sociedad de Responsabilidad Limitada. PRIMERO: Con fecha tres de diciembre de dos mil veinticuatro, por escritura pública cuyo repertorio es el número mil novecientos sesenta y dos slach dos mil veinticuatro en la Notaría de doña Sandra Cárcamo Velásquez compareció ANGELO NICOLAS BRUZZONE OPITZ, cédula nacional de identidad número dieciséis millones setecientos veintisiete mil quinientos cuarenta y tres guión cinco y GLADYS AUGUSTA OPITZ NIKLITSCHEK, cédula nacional de identidad número ocho millones doscientos doce mil cuatrocientos sesenta y ocho guión tres, quienes a través de la escritura pública antes señalada, los comparecientes constituyeron una sociedad que se inscribió a Fojas quinientos veintiuno, número trescientos sesenta del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Puerto Varas del año dos mil veinticuatro. SEGUNDO: Por un error involuntario en la escritura pública individualizada en la cláusula anterior se señaló erradamente lo siguiente: 1.- El segundo nombre del socio ANGELO NICOLAS BRUZZONE OPITZ ya individualizado debiendo señalar que el nombre correcto es ANGELO NICOLAS BRUZZONE OPITZ saneándose de esta forma el nombre del socio antes individualizado; 2.- A su vez la sociedad individualizada en la cláusula primera, así como la escritura pública también individualizada en la cláusula primera se inscribieron a Fojas quinientos veintiuno, número trescientos sesenta del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Puerto Varas del año dos mil veinticuatro en donde se inscribió por error el capital social señalada en el Extracto de dicha sociedad inscrito en la inscripción antes señalada con un error en el monto del capital ya que el Extracto social inscrito señala erradamente que el capital social es la suma de dos millones quinientos mil pesos debiendo señalarse en el Extracto inscrito que el capital social es la suma de dos millones de pesos tal como se señala en El Extracto publicado en el Diario Oficial con fecha seis de febrero de dos mil veinticinco cuyo Código de publicación es CVE dos seis cero siete tres cuatro cuatro cuya copia se acompaña en este acto solicitando que dicho extracto se archive en la inscripción social de Fojas quinientos veintiuno, número trescientos sesenta del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Puerto Varas del año dos mil veinticuatro como anexo o de la forma que el señor Conservador de Bienes Raíces de Puerto Varas estime acompañándose en este acto la publicación correcta del Extracto social antes señalado saneándose de esta forma El Extracto social de la sociedad que se inscribió a Fojas quinientos veintiuno, número trescientos sesenta del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Puerto Varas del año dos mil veinticuatro indicando que el capital correcto de la sociedad inscrita en la inscripción indicada precedentemente es la suma de dos millones de pesos tal como consta en el Extracto que se individualizó precedentemente y que se acompaña por este acto solicitando se inscriba en la inscripción social de Fojas quinientos veintiuno, número trescientos sesenta del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Puerto Varas del año dos mil veinticuatro como anexo o de la forma que el señor Conservador de Bienes Raíces de Puerto Varas estime acompañándose en este acto la publicación correcta del Extracto social antes señalado; 3.- A su vez por este acto se complementa las atribuciones del administración del administrador de la sociedad inscrita a Fojas quinientos veintiuno, número trescientos sesenta del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Puerto Varas del año dos mil veinticuatro señalándose que el administrador Angelo Nicolás Bruzzone Opitz ya individualizado en la comparecencia tiene las atribuciones de Administrador de la sociedad inscrita a Fojas quinientos veintiuno, número trescientos sesenta del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Puerto Varas del año dos mil veinticuatro así como también tiene las facultades de usar la Razón social complementándose y saneándose además que las atribuciones de Angelo Nicolás Bruzzone Opitz también consiste en ser el Representante Legal de la sociedad Inscrita a Fojas quinientos veintiuno, número trescientos sesenta del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Puerto Varas del año dos mil veinticuatro. TERCERO: Por este acto se viene en sanear y/o rectificar la inscripción social en la sociedad “INVERSIONES E INMOBILIARIA LOS LAGOS LIMITADA” o “LOS LAGOS LIMITADA” cuya inscripción consta a Fojas quinientos veintiuno, número trescientos sesenta del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Puerto Varas del año dos mil veinticuatro. Demás estipulaciones en escritura extractada. Puerto Varas, 07 de febrero de 2025.