MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

ITEAM COMERCIAL LIMITADA

RUT 76386100-7 CVE 2609209
Capital
$2.100.000 CLP
Fecha instrumento
30 de enero de 2025
Notaría
Huechuraba

Instrumento

Fecha
30 de enero de 2025
Comuna
Huechuraba

Sociedad

Capital
$2.100.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Mauricio Bertolino Rendic, Notario de Santiago, titular de la Primera Notaría de Huechuraba, Américo Vespucio 1737, Local 169, certifica: Por escritura pública otorgada el 30 de enero de 2025 ante mí, Rodrigo Domingo Enrique Medina Oyharcabal, con domicilio en Marchant Pereira 201, oficina 602, comuna de Providencia, Región Metropolitana; Christian Iván Albornoz González, con domicilio en Juan de Dios Vial Correa 4220, departamento 107 B, comuna de Peñalolén, Región Metropolitana; Fabio Alonso Alarcón Zenteno, con domicilio en Augusta Gerona 1530, departamento 703, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, y Rodrigo Alfonso Medina Silva, con domicilio en Apolo Ocho 1806, comuna de Vitacura, Región Metropolitana, modificaron sociedad de responsabilidad limitada a monto de aportes ITEAM COMERCIAL LIMITADA -constituida por escritura pública otorgada el 19 de agosto de 2005 en la Notaría de Santiago de Pedro Ricardo Reveco Hormazábal, inscrita a fojas 34.434 número 24.521 del Registro de Comercio de Santiago año 2005, y publicada en el Diario Oficial de 3 de octubre del mismo año-, en los siguientes sentidos: 1) Christian Iván Albornoz González vende el 33,99% del total de los derechos sociales a Rodrigo Domingo Enrique Medina Oyharcabal, quien los compra en precio pactado y pagado. 2) Christian Iván Albornoz González vende el 0,01% del total de los derechos sociales, retirándose de la sociedad, a Rodrigo Alfonso Medina Silva, quien los compra en precio pactado y pagado, incorporándose a sociedad. 3) Fabio Alonso Alarcón Zenteno vende el 33% del total de los derechos sociales, retirándose de la sociedad, a Rodrigo Domingo Enrique Medina Oyharcabal, quien los compra en precio pactado y pagado. Quedan como únicos socios: i) Rodrigo Domingo Enrique Medina Oyharcabal, con el 99,99% del total de los derechos sociales, y ii) Rodrigo Alfonso Medina Silva, con el 0,01% del total de los derechos sociales. Únicos socios modifican: Cláusula 5to. del pacto social, relativo al capital, que queda: Capital: $2.100.000, íntegramente enterado en arcas sociales con anterioridad a esta fecha y que se distribuye entre los socios de la siguiente manera: a) Rodrigo Domingo Enrique Medina Oyharcabal con $2.099.790, equivalentes al 99,99% del capital social y, b) Rodrigo Alfonso Medina Silva con $210, equivalentes al 0,01% del capital social. Cláusula 8vo. del pacto social: En subsidio o a falta de Rodrigo Domingo Enrique Medina Oyharcabal, lo que no será necesario acreditar ante terceros, la representación y uso de la razón social será ejercida por Rodrigo Alfonso Medina Silva, quien tendrá, al igual que el socio Rodrigo Domingo Enrique Medina Oyharcabal, las más amplias facultades de administración y disposición de bienes del giro del negocio, pudiendo ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos o convenciones de cualquier naturaleza que sean, que se relacionen directa o indirectamente con el objeto social que se estipulan. Demás estipulaciones constan de escritura pública extractada. Santiago, 7 de febrero de 2025.