INVERSIONES, CONSTRUCCIONES Y AGRICOLA PROVIDENCIA S.A.
Instrumento
- Fecha
- 29 de enero de 2025
- Repertorio
- 6868-2024
- Comuna
- La Serena
Sociedad
- Capital
- $100.000 CLP
Personas y entidades (3)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| La Serena | socio | 16609245-0 | — | — | |
| Facultar a los abogados Felipe Andrés Corrales González | socio | 16609245-0 | — | — | |
| Ariel Enrique González Carvajal | socio | 7026999-6 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalGONZALO OÑATE MIRANDA, Abogado, Notario Suplente de la Cuarta Notaría de La Serena, del titular don Rubén Reinoso Herrera, con oficio en Avenida el Santo, numero mil doscientos cuarenta, local uno, Edificio Soho, La Serena, certifica que ante el notario titular con fecha 31 de enero de 2025 compareció:, FELIPE CORRALES GONZALEZ, chileno, soltero, abogado, domiciliado en Calle Los Carrera N°380, oficina 210, comuna de La Serena, Cédula de Identidad 16.609.245-0, reduce a escritura pública acta Junta General Extraordinaria de Accionistas de la sociedad INVERSIONES, CONSTRUCCIONES Y AGRICOLA PROVIDENCIA S.A., Rut: 79.685.320-4, inscrita en extracto a fojas 21.804 número 11.786 Registro de Comercio Conservador de Comercio de Santiago año 1986, celebrada con fecha 29 de enero de 2025, que tuvo por objeto precisar y complementar acuerdo adoptado en junta general extraordinaria de accionistas celebrada con fecha 19 de diciembre de 2024, cuya acta se redujo a escritura pública de fecha 20 de diciembre de 2024, repertorio 6868-2024, Notaría de La Serena de don Rubén Reinoso Herrera, otorgada ante el Notario Suplente don Gonzalo Oñate Miranda, cuyo tenor extractado es el siguiente: Asistencia: Carolina Walsen Álvarez, cédula identidad 10.527.766-0, domiciliada en Av. San Joaquín 2011, depto. 302, La Serena, Región de Coquimbo, Andrea Walsen Álvarez, cédula identidad 10.527.768-7, por sí y en representación de Ricardo Ignacio Walsen Álvarez, cédula identidad 10.527.637-0, ambos dos domiciliados en Pasaje Madrigal N°1346, La Serena, Región de Coquimbo. Accionistas presentes representan cien por ciento acciones de la sociedad. Asiste a la reunión Notario Público Titular de La Serena don Rubén Reinoso Herrera. Acuerdos consisten: Uno.- Ratificar en todas sus partes los acuerdos adoptados en Junta General Extraordinaria de Accionistas celebrada con fecha 19 de Diciembre de 2024, cuya acta se redujo a escritura pública de 20 de Diciembre de 2024, Repertorio número 6868-2024, en la Notaría de La Serena de don Rubén Reinoso Herrera, otorgada ante el Notario Suplente don Gonzalo Oñate Miranda, que rescilian y dejan sin efecto el proceso de división social adoptado en Junta General Extraordinaria de Accionistas celebrado con fecha treinta de Octubre de dos mil veinticuatro, cuya acta se redujo a escritura pública de fecha treinta de Octubre de dos mil veinticuatro, Repertorio número cinco mil novecientos treinta y tres guion dos mil veinticuatro, otorgada ante el Notario Público de La Serena don Rubén Reinoso Herrera. Dos.- Precisar y complementar dichos acuerdos, en el sentido de consignar que como consecuencia de haber quedado sin efecto el proceso de división social referido, quedan sin efecto todos los acuerdos de aumento, división y disminución de capital social que formaron parte de dicho proceso de división, quedando establecido que el capital de la sociedad INVERSIONES, CONSTRUCCIONES Y AGRICOLA PROVIDENCIA S.A., también denominada ICA PROVIDENCIA S.A., queda en la exacta misma situación anterior al proceso de división social que quedó sin efecto, esto es, un capital de cien millones de pesos ($100.000.000), suscrito y pagado, dividido en cien mil acciones de una misma serie y sin valor nominal, que distribuyen los accionistas en la forma señalada en acta escritura extractada, debiendo entenderse sin efecto todos y cada uno de los acuerdos consignados en el acta de la señalada reunión de accionistas de fecha treinta de Octubre de dos mil veinticuatro, identificados bajo los epígrafes “UNO” (aumento de capital), “DOS” (división social), “TRES” (fecha de vigencia de la división social), “CUATRO” (división de capital social), “CINCO” (traspaso y entero de capital a sociedad naciente, MI SpA), “SEIS” (disminución de capital ICA PROVIDENCIA S.A.) y “SIETE” (estatutos sociedad naciente Mi SpA). Tres: Dejar constancia que respecto de la sociedad naciente resultante del proceso de división social que quedó sin efecto, MI SpA, no se ha requerido a la fecha, ni se requerirá, inscripción en extracto en el Registro de Comercio correspondiente. Cuatro: Facultar a los abogados Felipe Andrés Corrales González, Cédula de Identidad N° 16.609.245-0 y Ariel Enrique González Carvajal, Cédula de Identidad N° 7.026.999-6, para que actuando ambos en conjunto o uno cualquiera de ellos, indistintamente, reduzcan la presente acta a escritura pública, en alguna notaría de las ciudades de La Serena o Coquimbo, y realizar o facultar trámites de registro y publicidad, quedando facultados, asimismo, para que puedan suscribir escrituras de saneamiento que sean necesarias y que tengan por objeto corregir y/o complementar cualquier aspecto relacionado con la presente junta extraordinaria de accionistas o con aquella celebrada con fecha diecinueve de Diciembre de dos mil veinticuatro, cuya acta se redujo a escritura pública de veinte de Diciembre de dos mil veinticuatro, Repertorio número seis mil ochocientos sesenta y ocho guion dos mil veinticuatro de la Notaría de La Serena de don Rubén Reinoso, incluidas complementaciones, precisiones o rectificaciones de sus respectivas actas, con el único y exclusivo propósito de proceder a su registro ante el Conservador de Comercio respectivo. Aceptación sociedad MI SpA: La totalidad de los accionistas asistentes, doña Andrea Walsen Álvarez por sí y en representación de don Ricardo Ignacio Walsen Álvarez, y doña Carolina Walsen Álvarez, titulares del cien por ciento de las acciones de la sociedad MI SpA, resultante del proceso de división social que queda sin efecto, manifiestan en dicha calidad de únicos accionistas de esa sociedad y para el caso que se estimare necesario, a mayor abundamiento, plena conformidad y aceptación con el acuerdo de privar de todo efecto al referido proceso de división social. La Serena, 04 de febrero de 2025.