BERTIGAS LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 13 de diciembre de 2024
- Notario
- RODRIGO JAVIER DIAZ SUAREZ
- Oficio
- Séptima Notaría de Rancagua
- Comuna
- Rancagua
Sociedad
- Capital
- $15.000 CLP
- Duración
- La duración de la sociedad será de tres años a contar de esta fecha, prorrogándose por periodos iguales y sucesivos si ninguno de los socios manifiesta su intención de no perseverar
Objeto social
El objeto de la sociedad se mantiene sin modificaciones (III)Administración y
Administración
será ejercida por don VICTOR JESUS BERTIOLA MEDINA (IIII)
Personas y entidades (1)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Rancagua | socio | 76215003-4 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalRODRIGO JAVIER DIAZ SUAREZ, Abogado, notario Público Titular de la Séptima Notaría de Rancagua, con oficio ubicado en Avenida Presidente Eduardo Frei Montalva “(carretera el cobre)” número trescientos cuarenta local tres. Por escritura pública, con fecha 13 de Diciembre del año 2024 ante mí, Repertorio número 3499-2024, don PEDRO PABLO BERTIOLA MORAGA rut 17.501.393-8 domiciliado en Monte Águila Oriente 2283 y don VICTOR JESUS BERTIOLA MEDINA rut 11.671.260-1 con domicilio en Galileo Galilei 2629, acordaron modificar los estatutos de “BERTIGAS LIMITADA” inscrita a fojas 655 v N°726 año 2012 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Rancagua, RUT 76.215.003-4, en adelante la “Sociedad”: (I)Transformación razón social: transformación de la sociedad “BERTIGAS E.R.L” a una Sociedad por Acciones (SpA), modificando el nombre de la sociedad a “BERTIGAS SpA” (II) Objeto: El objeto de la sociedad se mantiene sin modificaciones (III)Administración y uso de la Razón Social: será ejercida por don VICTOR JESUS BERTIOLA MEDINA (IIII) Capital: El capital de la sociedad corresponde a la suma de 15.000.000 quince millones de pesos, divididos en diez acciones, sin valor, nominal, todas de la misma serie. (V) Duración: La duración de la sociedad será de tres años a contar de esta fecha, prorrogándose por periodos iguales y sucesivos si ninguno de los socios manifiesta su intención de no perseverar. Demás estipulaciones en escritura extractada. Rancagua 13 enero de 2024. Doy fe.