MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

TURISMO CABAÑAS DEL PAINE LIMITADA

RUT 77706790-7 CVE 2608283
Fecha instrumento
10 de diciembre de 2024
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
10 de diciembre de 2024
Repertorio
15175-2024
Comuna
Santiago

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MARCELO ANDRÉS DONOSO ARAYA, Notario Suplente de la Notario Público Titular de la Cuadragésimo Octava Notaría de Santiago, doña PATRICIA VALENTINA MANRÍQUEZ HUERTA, con domicilio en esta ciudad, Avenida Apoquindo número tres mil setenta y seis, oficina seiscientos uno, sexto piso, Comuna de Las Condes, Región Metropolitana, Certifica: Que por escritura pública de modificación de fecha diez de diciembre de dos mil veinticuatro, con repertorio 15175-2024, ante mí, comparecen: Doña CATALINA JUANA JAKSIC OBANDO, chilena, soltera, agente de viajes, cédula de identidad N° 6.821.857-8; y don ALEJANDRO SOLO DE ZALDÍVAR CLAVEL, chileno, casado bajo régimen de separación de bienes, factor de comercio, cédula de identidad N° 6.256.674-4, actuando por sí y en representación de la compañía TURISMO CANALES PATAGÓNICOS LIMITADA, sociedad del giro de su denominación, rol único tributario N° 76.409.510-3, todos los comparecientes domiciliados para estos efectos en José Noguera N° 1255, comuna y ciudad de Punta Arenas, Región de Magallanes y la Antártica Chilena, y de paso por ésta. Los comparecientes en su calidad de únicos y actuales socios vienen en rectificar con esta fecha los errores en extracto de modificación de sociedad “TURISMO CABAÑAS DEL PAINE LIMITADA” (la “Sociedad”), sociedad del giro de su denominación, rol único tributario N° 77.706.790-7, constituida con fecha 15 de enero de 2002 y plazo de vigencia con renovación automática, donde un extracto de dicha escritura rola a fojas 36, número 22 del año 2002 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Magallanes, y publicado en el Diario Oficial. Dicho error incurrió en la inscripción que rola a fojas 7, número 4 del Registro de Comercio de Conservador de Punta Arenas correspondiente al año 2025, y que no se publicó en Diario Oficial, los errores consisten en: a) Señalar erróneamente la fecha de escritura pública de la escritura siendo el correcto el 10 de diciembre de 2024, y no el 29 de noviembre de 2024, como se indicó en dicho extracto; y b) No transcribir el artículo quinto de estatutos señalando los aportes y porcentajes de participación de los socios que quedó como resultado de la disminución de capital señalada en escritura pública. Por lo anterior, subsanando lo anterior, el extracto de modificación social debe quedar como sigue: Que por escritura pública de modificación de fecha 10 de diciembre de 2024, con repertorio 15175-2024, ante mí, comparecen: Doña CATALINA JUANA JAKSIC OBANDO, chilena, soltera, agente de viajes, cédula de identidad N° 6.821.857-8; y don ALEJANDRO SOLO DE ZALDÍVAR CLAVEL, chileno, casado bajo régimen de separación de bienes, factor de comercio, cédula de identidad N° 6.256.674-4, actuando por sí y en representación de la compañía TURISMO CANALES PATAGÓNICOS LIMITADA, sociedad del giro de su denominación, rol único tributario N° 76.409.510-3, todos los comparecientes domiciliados para estos efectos en José Noguera N° 1255, comuna y ciudad de Punta Arenas, Región de Magallanes y la Antártica Chilena, y de paso por ésta. Los comparecientes en su calidad de únicos y actuales socios vienen en modificar la sociedad por cesión de derechos, disminución de capital y modificación de la Cláusula Quinta de sus estatutos, en el siguiente sentido: i) Cesión derechos sociales. En este acto la sociedad TURISMO CANALES PATAGÓNICOS LIMITADA, ya individualizada y debidamente representada, vende, cede y transfiere el 1 por ciento de los derechos sociales que posee a don ALEJANDRO SOLO DE ZALDÍVAR CLAVEL, ya individualizado, quien compra y adquiere para sí, los referidos derechos sociales; ii) Disminución de capital. En este acto, los actuales y únicos socios de la Sociedad “TURISMO CABAÑAS DEL PAINE LIMITADA”, doña Catalina Juana Jaksic Obando, la sociedad Turismo Canales Patagónicos Limitada, debidamente representada, y don Alejandro Solo de Zaldívar Clavel, acuerdan disminuir el capital social de la Sociedad. Esta reducción de capital se lleva a cabo mediante el retiro de la participación social de doña Catalina Juana Jaksic Obando; iii) Modificación de estatutos. En consecuencia de lo anterior, los comparecientes Turismo Canales Patagónicos Limitada, debidamente representada, y don Alejandro Solo de Zaldívar Clavel, en su calidad de actuales y únicos socios de “TURISMO CABAÑAS DEL PAINE LIMITADA”, vienen en modificar la Cláusula Quinta de los estatutos relativa al capital de la Sociedad, dado el retiro de doña Catalina Juana Jaksic Obando, quedando el capital como sigue: “ARTICULO QUINTO: El capital de la sociedad es la suma de nueve millones trescientos ochenta mil pesos, aportados y enterados por los socios en las siguientes proporciones: a) TURISMO CANALES PATAGÓNICOS LIMITADA ha aportado la suma de nueve millones doscientos cuarenta mil pesos, equivalentes al noventa y ocho coma cinco cero siete cuatro seis tres por cientos de los derechos sociales, enterados en arcas sociales; b) ALEJANDRO SOLO DE ZALDÍVAR CLAVER ha aportado la suma de ciento cuarenta mil pesos, equivalentes al uno coma cuatro nueve dos cinco tres siete por ciento de los derechos sociales, enterados en arcas sociales. Dichos aportes se encuentran enterados y pagados enarcas sociales y la sociedad se ha dado por recibida de ellos, otorgando a los socios la correspondiente cancelación”. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Vigencia Estatutos. En todo lo no modificado se entiende que se mantienen vigentes los estatutos sociales. Demás estipulaciones constan en escritura extractada.- Santiago, 22 de enero de 2025.