MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SOCIEDAD COMERCIAL ASPE LIMITADA

RUT 76022475-8 CVE 2608327
Fecha instrumento
27 de enero de 2025
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
27 de enero de 2025
Repertorio
4901-2025
Notario
CLAUDIA MARCELA GOMEZ LUCARES
Oficio
Quincuagésima Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

CLAUDIA MARCELA GOMEZ LUCARES, Abogado, Notario Público de la Quincuagésima Notaría de Santiago, con oficio en Teatinos N° 371, oficina 113, Santiago, certifico: Por escritura pública de fecha 27/01/2025, bajo el Repertorio N° 4.901-2025, ante mí, JENNIFFER ALEJANDRA MILLAR PEREZ, estilista, cédula de identidad número diecinueve millones doscientos setenta y seis mil novecientos cuarenta y cinco guión cero, con domicilio en calle La Montura cero siete mil trescientos cincuenta y cuatro, casa dieciocho comuna de Puente Alto, LORENA ALEJANDRA PEREZ ROJAS, comerciante, cédula de identidad número trece millones trescientos setenta mil cuatrocientos diecinueve guión uno, domiciliada en calle La Montura cero siete mil trescientos cincuenta y cuatro, casa dieciocho comuna de Puente Alto, WILDER MARINO ADRIAN DELA CRUZ, comerciante, cedula de identidad extranjero número veinticuatro millones ochocientos noventa y seis mil ochocientos dieciséis guión ocho, domiciliado en Atawalpa mil quinientos cuarenta y tres, comuna de Estación Central; ALESSANDRO GIUSEPPE MAMANI VARAS, comerciante , cédula de identidad número veintiún millones ochocientos cuarenta mil sesenta y dos guión ce ro, domiciliado en Huérfanos dos mil novecientos setenta, comuna de Santiago; y RONAL LARICO FLORES, comerciante, cédula de identidad extranjero número veinticuatro millones trescientos ochenta mil cuatrocientos noventa y ocho guión uno, domiciliado en Santiago de Uriona dos mil ciento setenta, comuna de Quinta Normal; suscribieron escritura de MODIFICACIÓN de sociedad “SOCIEDAD COMERCIAL ASPE LIMITADA”, constituida por escritura pública de fecha veintidós de mayo del año dos mil ocho, otorgada ante el notario de Santiago don Sergio Henriquez Silva, e inscrita a fojas veinticinco mil noventa número diecisiete mil doscientos veintidós, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, del año dos mil ocho en el sentido que: socia LORENA ALEJANDRA PEREZ ROJAS, vende, cede y transfiere EL TOTAL DE SUS DERECHOS EN LA SOCIEDAD equivalentes a un noventa y nueve por ciento de los derechos sociales de la siguiente manera: a don WILDER MARINO ADRIAN DELA CRUZ, un veinte por ciento de sus derechos, quien compra, acepta y adquiere para si dichos derechos, en la suma de un millón de pesos que se pagan en este acto al contado y en dinero en efectivo, suma que la parte cedente declara recibir a su entera satisfacción y conformidad.- a don ALESSANDRO GIUSEPPE MAMANI VARAS, un cuarenta por ciento de sus derechos, quien compra, acepta y adquiere para si dichos derechos, en la suma de dos millones de pesos que se pagan en este acto al contado y en dinero en efectivo, suma que la parte cedente declara recibir a su entera satisfacción y conformidad.- y a don RONAL LARICO FLORES, un treinta y nueve por ciento de sus derechos, quien compra, acepta y adquiere para si dichos derechos, en la suma de dos millones de pesos que se pagan en este acto al co ntado y en dinero en efectivo, suma que la parte cedente declara recibir a su entera satisfacción y conformidad y la socia JENNIFFER ALEJANDRA MILLAR PEREZ vende, cede y transfiere EL TOTAL DE SUS DERECHOS EN LA SOCIEDAD equivalentes a un uno por ciento de los derechos sociales al socio don RONAL LARICO FLORES quien compra, acepta y adquiere para si dichos derechos, en la suma de cien mil pesos que se pagan en este acto al contado y en dinero en efectivo, suma que la parte cedente declara recibir a su entera satisfacción y conformidad, Quedando de esta forma como únicos socios Quedando de esta forma como únicos socios WILDER MARINO ADRIAN DELA CRUZ, ALESSANDRO GIUSEPPE MAMANI VARAS y RONAL LARICO FLORES; Se modifica también la cláusula relativa a la administración, representación y uso de la razón social que corresponderá a don WILDER MARINO ADRIAN DE LA CRUZ, quien tendrá las más amplias facultades de administración y disposición de bienes señaladas en el estatuto de constitución. SEGUNDO: En todo lo no modificado por el presente instrumento queda plenamente vigente lo estipulado en el contrato social. Santiago, a 06/02/2025.-