SERVICIOS PROFESIONALES DR. VOIGT Y COMPAÑIA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 5 de febrero de 2025
- Notario
- ha diecisiete de enero de dos mil veinticinco ante D. D. PAOLA DEBORAH STACK LARA
- Oficio
- Cuarta Notaría de Viña del Mar
- Comuna
- Viña del
Sociedad
- Domicilio
- El domicilio legal de la sociedad será la comuna de Viña del Mar
- Duración
- Indefinida
Objeto social
. El objeto de la sociedad será efectuar prestaciones en el área de la salud, pudiendo otorgar atenciones profesionales médicas en general y de cualquier especialidad, en particular aquellas relacionadas con la psiquiatría y la salud mental, así como también servicios de psicología, enfermería o paramédicos en general y todo tipo de procedimientos complementarios, tales como imágenes u otros, pudiendo además administrar y explotar por cualquier vía consultas o centros de atención de salud, todo o parte de clínicas u hospitales; asimismo podrá efectuar compra y venta de artículos, insumos y productos de utilidad en salud; también podrá realizar capacitación, investigaciones y asesorías en general, así como toda otra actividad que los socios acuerden, pudiendo participar en sociedades constituidas o por constituir
Administración
La sociedad será administrada por un GERENTE GENERAL, nombrado por el propietario único o la Junta de Accionistas, según corresponda, y podrá ser accionista o no de la empresa, y que durará en su cargo por un plazo de tres años, pudiendo ser reelegido indefinidamente en su cargo y ser removido del mismo, por el propietario único o por Junta de Extraordinaria de Accionistas de la compañía, si la hubiere, debiendo contar para ello, en este caso, con un quórum del setenta y cinco por ciento de las acciones con derecho a voto. El cargo de GERENTE GENERAL podrá ser remunerado. El GERENTE GENERAL de la sociedad la representará judicial y extrajudicialmente y, para el cumplimiento del objeto social, estará investido de todas las facultades de administración y de disposición que la ley o los estatutos no establezcan como privativas de la Junta General de Accionistas, sin que sea necesario otorgarle poder alguno ni acreditarlas ante terceros, inclusive para aquellos actos o contratos respecto de los cuales las leyes exigen estas circunstancias, sin limitación alguna
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPor escritura de fecha diecisiete de enero de dos mil veinticinco ante D. D. PAOLA DEBORAH STACK LARA, abogada y Notario Público Titular de la Cuarta Notaría de Viña del Mar , con oficio en Avenida Libertad novecientos uno local A- certifico: que Doña ALEJANDRA VOIGT AMION, chilena, soltera, médico cirujano, cédula de identidad y rut 9.201.468-1, domiciliada en domiciliada en 1 Oriente 87 departamento 31, Viña del Ma y don FERNANDO VOIGT CLAUS, chileno, casado, médico cirujano, cédula de identidad y rut 4.161.100-6, domiciliado en calle Infante 227, Quilpué, vienen en modificar la sociedad “SERVICIOS PROFESIONALES DR. VOIGT Y COMPAÑIA LIMITADA o “WENUYEN LTDA.” ANTECEDENTES.- Que por escritura pública otorgada ante Notario Público de Viña del Mar, don Luis Enrique Tavolari Oliveros, se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada “SERVICIOS PROFESIONALES DR. VOIGT Y COMPAÑIA LIMITADA”, cuyo nombre de fantasía es “WENUYEN LTDA.” Rut 76.474.699-6, habiéndose inscrito su extracto inscrito a fojas 1834 Número 1558 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Viña del Mar correspondiente al año 2015. El pacto social no ha sido modificado y sus únicos socios son los comparecientes. CESIÓN DE DERECHOS SOCIALES.: Por el presente instrumento los comparecientes convienen en modificar el pacto social en los siguientes términos: a) Doña ALEJANDRA VOIGT AMION, quien actualmente es dueña del diez por ciento de los derechos sociales, vende, cede y transfiere, el total o cien por ciento del total de sus propios y personales derechos en la sociedad y que, a mayor abundamiento, según se dijo, representan el diez por ciento del total de los derechos sociales, a don FERNANDO VOIGT CLAUS. b) El precio de la cesión es la suma única y total de doscientos mil pesos, que se pagan por el cesionario a la cedente en este acto al contado y en dinero efectivo, declarando la cedente recibirlo a su entera satisfacción. c) Los comparecientes declaran que los derechos cedidos están libres de prenda, litigios y prohibiciones e incluyen, en las proporciones correspondientes al respectivo interés social, las pérdidas y utilidades del ejercicio comercial de la sociedad, el capital, reserva y revalorización, los saldos de las cuentas corrientes, todo ello conforme a la contabilidad interna de la empresa, que el cesionario declara conocer y aceptar; d) Asimismo, declaran que su interés sigue siendo que la sociedad se mantenga, y en este caso, y al quedar con un socio único, que se transforme a una sociedad por acciones, por lo que el perfeccionamiento de la cesión queda sujeto a la condición de que la misma se transforme en dichos términos; e) Como consecuencia de la cesión efectuada por los comparecientes, doña ALEJANDRA VOIGT AMION sale de la sociedad de forma absoluta y don FERNANDO VOIGT CLAUS pasa a ser dueño del cien por ciento de los derechos sociales de la sociedad SERVICIOS PROFESIONALES DR. VOIGT Y COMPAÑIA LIMITADA. Los derechos a que se ha hecho referencia comprenden el capital social y cualesquiera otras cantidades que estén en favor de ellos, sean o no pasivo exigible para la sociedad, sin que importe su naturaleza, origen o denominación, tales como fondos de reserva, utilidades acumuladas, saldos en cuenta corriente o préstamos. TRANSFORMACIÓN SOCIAL: Por el presente instrumento, y con la finalidad de persistir en el giro y en la explotación de los negocios sociales a través de la compañía, don FERNANDO VOIGT CLAUS, debido a la cesión de derechos efectuada por doña ALEJANDRA VOIGT AMION, y en la calidad que inviste, viene en modificar la sociedad denominada "SERVICIOS PROFESIONALES DR. VOIGT Y COMPAÑIA LIMITADA", transformándola de sociedad de responsabilidad limitada a una Sociedad por Acciones, que será –sin perjuicio de las modificaciones y nuevas estipulaciones- continuadora legal de su antecesora y que se regirá por las disposiciones de los artículos cuatrocientos veinticuatro y siguientes del Código de Comercio y los nuevos estatutos que a continuación se indican. RAZÓN SOCIAL: "SERVICIOS MEDICOS DR. VOIGT SPA”. La sociedad se regirá por las disposiciones de los artículos cuatrocientos veinticuatro y siguientes del Código de Comercio y por los presentes estatutos y en forma supletoria por las normas que le fueren aplicables de la ley dieciocho mil cuarenta y seis respecto de las sociedades anónimas cerradas. OBJETO: . El objeto de la sociedad será efectuar prestaciones en el área de la salud, pudiendo otorgar atenciones profesionales médicas en general y de cualquier especialidad, en particular aquellas relacionadas con la psiquiatría y la salud mental, así como también servicios de psicología, enfermería o paramédicos en general y todo tipo de procedimientos complementarios, tales como imágenes u otros, pudiendo además administrar y explotar por cualquier vía consultas o centros de atención de salud, todo o parte de clínicas u hospitales; asimismo podrá efectuar compra y venta de artículos, insumos y productos de utilidad en salud; también podrá realizar capacitación, investigaciones y asesorías en general, así como toda otra actividad que los socios acuerden, pudiendo participar en sociedades constituidas o por constituir. ADMINISTRACIÓN: La sociedad será administrada por un GERENTE GENERAL, nombrado por el propietario único o la Junta de Accionistas, según corresponda, y podrá ser accionista o no de la empresa, y que durará en su cargo por un plazo de tres años, pudiendo ser reelegido indefinidamente en su cargo y ser removido del mismo, por el propietario único o por Junta de Extraordinaria de Accionistas de la compañía, si la hubiere, debiendo contar para ello, en este caso, con un quórum del setenta y cinco por ciento de las acciones con derecho a voto. El cargo de GERENTE GENERAL podrá ser remunerado. El GERENTE GENERAL de la sociedad la representará judicial y extrajudicialmente y, para el cumplimiento del objeto social, estará investido de todas las facultades de administración y de disposición que la ley o los estatutos no establezcan como privativas de la Junta General de Accionistas, sin que sea necesario otorgarle poder alguno ni acreditarlas ante terceros, inclusive para aquellos actos o contratos respecto de los cuales las leyes exigen estas circunstancias, sin limitación alguna. CAPITAL: El Capital de la sociedad será la suma de un millón de pesos, dividido en diez acciones ordinarias, sin valor nominal, que se suscriben y pagan en la forma que señala el artículo segundo transitorio. DOMICILIO: El domicilio legal de la sociedad será la comuna de Viña del Mar sin perjuicio de las agencias, sucursales o representaciones que la Junta de Accionistas acuerde establecer, en el país o en el extranjero. DURACIÓN: La sociedad será continuadora legal de su antecesora denominada "SERVICIOS PROFESIONALES DR. VOIGT Y COMPAÑIA LIMITADA”", Rol Único Tributario número 76.474.699-6. Sin perjuicio del plazo de duración originalmente pactado, la actual sociedad tendrá una duración indefinida. Demás estipulaciones en escritura extractada. Viña del Mar, 05 de febrero de 2025.-