Instrumento
- Fecha
- 21 de enero de 2025
- Notario
- RODRIGO JAVIER DÍAZ SUAREZ
- Oficio
- Séptima Notaría de Rancagua
- Comuna
- Rancagua
Sociedad
- Domicilio
- Los comparecientes fijan domicilio en la ciudad de Rancagua, para todos los efectos legales jurisdiccionales
- Duración
- Indefinida
Objeto social
a) La creación, implementación, intermediación, coordinación de planes y programas de atención necesarios para la prestación de toda clase de servicios profesionales en las diversas ramas o especialidades de la medicina veterinaria, para mascotas y animales que se crían en grupo o ganado y la realización de cualquier otra actividad profesional derivada o relacionada, en la actualidad o en el futuro con aquélla, en forma directa o mediante convenios o contratos con particulares sean o no beneficiarios de algún sistema previsional para animales domésticos, con clínicas, personas jurídicas de derecho privado o de derecho público. b) La ejecución y administración de todo tipo de proyectos y actividades comerciales, servicios y representaciones; c) La inversión, en general, de recursos en toda clase de actividades, empresas o sociedades, acciones, valores y cualesquiera otros bienes o derechos. d) En general, cualquier otro negocio que acordaren los
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalRODRIGO JAVIER DÍAZ SUAREZ, Notario Público Titular Séptima Notaría de Rancagua, Av. Presidente Eduardo Frei Montalva 340, Local 3, Rancagua, certifica: Por escritura pública de 21/01/2025, ante mí: Susy Margarita Valenzuela Sandoval, chilena, casada, médico veterinario, cédula de identidad, RUN y RUT Número 11981221-6, domiciliada en calle Las Galerías número seiscientos cuarenta y seis, Villa Jardín Oriente, comuna de Rancagua; Thiare Carolina Tapia Rubio, chilena, soltera, periodista, cédula de identidad, RUN y RUT Número 17256998-6, domiciliada en calle Alaska número mil cuatrocientos noventa, comuna de Maipú, Santiago; José Luis Tapia Delgado, chileno, divorciado, factor de comercio, cédula de identidad, RUN y RUT Número 7778543-4, domiciliado en calle Pedro León Ugalde número dos mil cincuenta y cinco, comuna de Santiago; y Guillermo Hernán Botello Gajardo, chileno, casado, factor de comercio, cédula de identidad, RUN y RUT Número 7749056-6 , domiciliado en calle Las Galerías número seiscientos cuarenta y seis, Villa Jardín Oriente, comuna de Rancagua; constituyen Sociedad por Acciones, se regirá por las prescripciones contenidas en los Estatutos, y por las normas contenidas en el Código de Comercio, y en lo no regulado en aquellos por la Ley número dieciocho mil cuarenta y seis, sobre Sociedades Anónimas y su Reglamento. Razón social: “ISAMascotas Sociedad por Acciones", pudiendo actuar en la vida comercial, legal e incluso ante instituciones bancarias, financieras, estatales, fiscales, municipales y ante cualquier persona natural y jurídica con el nombre de fantasía “Isamascotas SpA”. Objeto: a) La creación, implementación, intermediación, coordinación de planes y programas de atención necesarios para la prestación de toda clase de servicios profesionales en las diversas ramas o especialidades de la medicina veterinaria, para mascotas y animales que se crían en grupo o ganado y la realización de cualquier otra actividad profesional derivada o relacionada, en la actualidad o en el futuro con aquélla, en forma directa o mediante convenios o contratos con particulares sean o no beneficiarios de algún sistema previsional para animales domésticos, con clínicas, personas jurídicas de derecho privado o de derecho público. b) La ejecución y administración de todo tipo de proyectos y actividades comerciales, servicios y representaciones; c) La inversión, en general, de recursos en toda clase de actividades, empresas o sociedades, acciones, valores y cualesquiera otros bienes o derechos. d) En general, cualquier otro negocio que acordaren los socios. En el cumplimiento del objeto social, la Sociedad procurará razonablemente generar un impacto positivo para la comunidad, las personas vinculadas a la Sociedad y el medio ambiente. Sólo los accionistas de la Sociedad podrán exigir el cumplimiento de lo dispuesto en el presente artículo. Administración y uso razón social: será administrada por dos administradores, designación que deberá anotarse al margen de la inscripción social. Los administradores designados, actuando conjuntamente y anteponiendo a su firma el nombre y razón social de la sociedad, tendrán el uso de la razón social y representarán a la sociedad judicial y extrajudicialmente y para el cumplimiento del objeto social, lo que no será necesario acreditar a terceros, estando investidos de todas las facultades de administración y disposición de bienes con las más amplias facultades escritura extractada. Capital: El capital de la sociedad es la suma de dos millones de pesos, dividido en veinte acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie, sin valor nominal, de tal manera que cada acción dará derecho a un voto. La sociedad podrá en todos los casos poseer acciones de su propia emisión. El capital se ha enterado y pagado en su totalidad, en la forma indicada en los artículos transitorios de Estatutos. Las acciones podrán ser emitidas sin la necesidad de imprimir láminas físicas de dichos títulos. Las acciones cuyo valor no se encuentre totalmente pagado, no gozarán de derecho alguno. La sociedad no reconoce fracciones de acción. En caso que una o más acciones pertenezcan en común a varias personas, los copropietarios estarán obligados a designar un apoderado común para actuar ante la sociedad. La sociedad llevará un Registro de Accionistas con indicación de sus nombres y del número de acciones de que cada uno sea dueño, en el cual se practicarán las demás anotaciones que correspondan en conformidad a la ley, al Reglamento de Sociedades Anónimas o estatutos. Duración: La Sociedad comenzará a regir con fecha de suscripción de estatutos y tendrá una duración indefinida. Domicilio: Los comparecientes fijan domicilio en la ciudad de Rancagua, para todos los efectos legales jurisdiccionales. Demás estipulaciones escritura extractada.- Rancagua, 3 de febrero de 2025.- DOY FE.