Instrumento
- Fecha
- 7 de agosto de 2024
- Comuna
- La Serena
Sociedad
- Capital
- $64.845.000 CLP
- Ley aplicable
- ley Nº19.499
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalGONZALO OÑATE MIRANDA, Abogado, Notario Suplente de la Cuarta Notaría de La Serena, del titular don Rubén Reinoso Herrera, con oficio en Avenida el Santo, numero mil doscientos cuarenta, local uno, Edificio Soho, La Serena, con fecha de hoy ante mí, comparece: Don ROMÁN ARTURO MUÑOZ VINAGRE, chileno, casado, abogado, cédula nacional de identidad Nº12.770.098-2, domiciliado en Pedro Pablo Muñoz Nº430, oficina 17 de la ciudad de La Serena, en representación según se acreditará de doña CARLA PAOLA MARY BELTRAMI FUENTES chilena, soltera, cirujano odontólogo, cedula nacional de identidad Nº15.925.353-8, domicilio en calle Avenida Costanera Nº3400, departamento 62, Edificio Barlovento, ciudad y comuna de Coquimbo y de doña MARIA TERESA IVONNE FUENTES ASTUDILLO, chilena, casada, dueña de casa, cédula nacional de identidad Nº6.854.158-1, domiciliada en Avenida Diego Portales Nº920, Departamento 502, ciudad de Iquique, él compareciente mayor de edad, quien acredita su identidad con la cédulas antes citada y expone: PRIMERO: Antecedentes Previos. Por escritura pública de 07.08.2024, suscrita ante la Notario Público de La Serena, don Rubén Reinoso Herrera, se constituyó una sociedad por acciones denominada “INVERSIONES B&F SpA” también “B&F SpA”, rol único tributario Nº77.970.993-0. Inscrita a fojas 545 Nº208 Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Coquimbo, correspondiente al año 2024. Publicada en el Diario Oficial en su edición Nº43.966, de fecha 5.10.2024, en su página 1 y 2. Capital social de $64.845.000.- SEGUNDO: Saneamiento. Por este acto e instrumento, el compareciente en la representación que detenta, de conformidad a lo dispuesto en la ley Nº19.499 sobre saneamiento de vicios de nulidad de sociedades, viene en sanear los vicios de nulidad de la escritura de constitución individualizada en la cláusula primera, enmendarla y complementarla conforme se pasa a señalar: UNO) Se corrige y modifica la cláusula Artículo Primero Transitorio de la escritura que por este acto se sanea el cual queda escriturada en los siguientes términos: Donde dice: “… I) CARLA PAOLA MARY BELTRAMI FUENTES, entera, suscribe y paga en este acto la cantidad de noventa y nueve acciones, a un valor de suscripción de setenta y cuatro millones ochocientos cuarenta y cinco pesos.-, que se desglosa en la cantidad de seiscientos cincuenta y cinco mil pesos- por cada acción, aportando la nuda propiedad del inmueble, consistente en el DEPARTAMENTO NÚMERO QUINIENTOS DOS, LA BODEGA NÚMERO VEINTIDÓS Y EL USO Y GOCE EXCLUSIVO DEL ESTACIONAMIENTO NÚMERO DOS EN SUPERFICIE DEL EDIFICIO DENOMINADO ARRECIFE, ubicado en calle Tercera Sur hoy Diego Portales número novecientos veinte de la Comuna y Departamento de Iquique..” Debe decir: “… I) CARLA PAOLA MARY BELTRAMI FUENTES, entera, suscribe y paga en este acto la cantidad de noventa y nueve acciones, a un valor de suscripción de sesenta y cuatro millones ochocientos cuarenta y cinco mil pesos, que se desglosa en la cantidad de seiscientos cincuenta y cinco mil pesos por cada acción, aportando sus derechos en el inmueble, consistente en el DEPARTAMENTO NÚMERO QUINIENTOS DOS, LA BODEGA NÚMERO VEINTIDÓS Y EL USO Y GOCE EXCLUSIVO DEL ESTACIONAMIENTO NÚMERO DOS EN SUPERFICIE DEL EDIFICIO DENOMINADO ARRECIFE, ubicado en calle Tercera Sur hoy Diego Portales número novecientos veinte de la Comuna y Departamento de Iquique…” y Donde dice: I) MARIA TERESA IVONNE FUENTES ASTUDILLO, entera, suscribe y paga en este acto la cantidad de cincuenta acciones, a un valor de suscripción de treinta y dos millones cuatrocientos veintidós mil quinientos pesos, que se desglosa en la cantidad de seiscientos cuarenta y ocho mil cuatrocientos cincuenta pesos por cada acción, aportando la totalidad de sus DERECHOS DE DOMINIO EN EL DEPARTAMENTO NÚMERO QUINIENTOS DOS, LA BODEGA NÚMERO VEINTIDÓS Y EL USO Y GOCE EXCLUSIVO DEL ESTACIONAMIENTO NÚMERO DOS EN SUPERFICIE DEL EDIFICIO DENOMINADO ARRECIFE, ubicado en calle Tercera Sur hoy Diego Portales número novecientos veinte de la Comuna y Departamento de Iquique…”. Debe decir: “… I) MARIA TERESA IVONNE FUENTES ASTUDILLO, entera, suscribe y paga en este acto la cantidad de cincuenta acciones, a un valor de suscripción de treinta y dos millones cuatrocientos veintidós mil quinientos pesos, que se desglosa en la cantidad de seiscientos cuarenta y ocho mil cuatrocientos cincuenta pesos por cada acción, aportando sus derechos en el inmueble consistente en el DEPARTAMENTO NÚMERO QUINIENTOS DOS, LA BODEGA NÚMERO VEINTIDÓS Y EL USO Y GOCE EXCLUSIVO DEL ESTACIONAMIENTO NÚMERO DOS EN SUPERFICIE DEL EDIFICIO DENOMINADO ARRECIFE, ubicado en calle Tercera Sur hoy Diego Portales número novecientos veinte de la Comuna y Departamento de Iquique…”. DOS) Se corrige y modifica la cédula nacional de identidad de doña MARIA TERESA IVONNE FUENTES ASTUDILLO, donde dice: “…cédula nacional de identidad número seis millones ochocientos cincuenta y cuatro mil ciento cincuenta y seis guión uno…” Debe decir: “…cédula nacional de identidad número seis millones ochocientos cincuenta y cuatro mil ciento cincuenta y ocho guión uno…”, y TRES) Se complementa y corrige el espacio en blanco de la página trece, renglón cuatro del Artículo Primero Transitorio el que es salvado y enmendado por el notario que autoriza. TERCERO: En lo no saneado, enmendado o complementado permanecen plenamente vigentes las estipulaciones de las escrituras individualizadas en la cláusula primera. La Serena, 04 de febrero de 2025.