Hormigones Polpaico S.A.
Instrumento
- Fecha
- 3 de febrero de 2025
- Notario
- Luis Ignacio Manquehual Mery
- Oficio
- Octava Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $54.052.388 CLP
- Ley aplicable
- Ley N° 18.046
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalLuis Ignacio Manquehual Mery, Notario Público Titular de la Octava Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos N° 941, local 302, comuna de Santiago, certifico que: con fecha 31 de diciembre de 2024, repertorio número 21.391-2024, ante mí, se redujo a escritura pública el acta de la Junta Extraordinaria de Accionistas de Hormigones Polpaico S.A. (la “Sociedad”), Rol Único Tributario número 76.084.154-4, inscrita a fojas 57.849 número 40.216 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2009, celebrada ante mí, en la misma fecha, en la que la unanimidad de sus accionistas y que representan el 100% de las acciones emitidas con derecho a voto de la Sociedad, según el registro de accionistas que se tuvo a la vista, acordaron: Uno) Aprobar la fusión por incorporación de Sociedad Pétreos S.A., Rol Único Tributario número 93.933.000-3, en Hormigones Polpaico S.A., adquiriendo esta última todos los activos y asumiendo todos los pasivos de Sociedad Pétreos S.A., la que se disuelve sin necesidad de liquidación, conforme con lo dispuesto en el artículo 99 de la Ley N° 18.046, siendo su continuadora legal Hormigones Polpaico S.A., quien se hace responsable y se obliga a pagar todos los impuestos que adeudare Sociedad Pétreos S.A., de acuerdo con lo establecido en el artículo 69 del Código Tributario; Dos) Producto de la fusión, aumentar el capital de la Sociedad desde la suma de $54.052.388.404 dividido en 116.532.868 acciones nominativas, todas de una misma y única serie y sin valor nominal, en la suma de $20.642.043.425, mediante la emisión de 81.639.747 acciones de iguales características, quedando en definitiva un capital de $74.694.431.829, dividido en 198.172.615 acciones ordinarias, nominativas, todas de una misma y única serie y sin valor nominal, íntegramente suscritas y pagadas; Tres) Como consecuencia de lo anterior, aprobar la modificación del artículo Quinto permanente y Primero transitorio de los estatutos de Hormigones Polpaico S.A., con el objeto de reflejar en ellos el aumento de capital antes señalado. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Se facultó al portador para su legalización.- Santiago, 03 de febrero de 2025.