D&D INGENIERÍA Y CONSTRUCCIÓN LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 5 de febrero de 2025
- Repertorio
- 1910-2024
- Notario
- CARLA SILVA ACHARAN
- Oficio
- Sexta Notaría de Rancagua
- Comuna
- Rancagua
Sociedad
- Capital
- $40.000.000 CLP
- Domicilio
- Comuna de MACHALÍ, pudiendo establecer agencias, sucursales o representaciones en cualquier punto del país o del extranjero
- Duración
- Indefinida
Objeto social
UNO) Construcción y obras de ingeniería civil, en general; DOS) Construcción de edificios para uso residencial y construcción de edificios para uso no residencial; TRES) Construcción, instalación, mantención y reparación de proyectos de alcantarillado y servicios hidráulicos; CUATRO) Estudio y preparación de terrenos; demoliciones; CINCO) Actividades especializadas de construcción en general; SEIS) Arrendamiento de equipos, herramientas y maquinarias de construcción; SIETE) Todo lo precedentemente señalado sin limitaciones especiales, pudiendo ejecutar y celebrar todos los actos y contratos pertinentes a su objeto y celebrar toda clase de operaciones y negocios que se relacionen directa o indirectamente con sus fines o que sean consecuentes para el logro de los obj etivos de la sociedad sin limitación alguna . III
Administración
corresponderá exclusivamente a ALEX ANTONIO DURÁN MONARES, ya individualizado, quien anteponiendo o posponiendo a su firma la razón social, la obligará en toda clase de actos y contratos sin limitación alguna, como consta en escritura extractada. IV.- DEL CAPITAL Y LAS ACCIONES: El capital social es la suma de $40.000.000.- (cuarenta millones de pesos) divididos en 40.000 (cuarenta mil) ACCIONES nominativas, sin valor nominal, que se suscriben y pagan en la forma señalada en el artículo primero transitorio. El valor de cada acción es mil pesos ($1.000.-). V.- SUSCRIPCIÓN Y PAGO DEL
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalCARLA SILVA ACHARAN, Notario Público Titular de la Sexta Notaría de Rancagua, calle Las Rosas número cinco, local seis, Machalí, certifica: Por escritura de fecha 05 de febrero de 2025, ante mí, Rep. Nº 178-2025.- GABRIEL ALONSO DURÁN MONARES, ingeniero civil logístico, domiciliado en Santa Clara N° 1331, Rancagua, Región del Libertador General Bernardo O’Higgins; y ALEX ANTONIO DURÁN MONARES, ingeniero civil, domiciliado en Lo Cartagena N° 819, Villa El Llano, Machalí, Región del Libertador General Bernardo O’Higgins; modificaron estatutos de “D&D INGENIERÍA Y CONSTRUCCIÓN LIMITADA”, o “D&D LTDA.”, constituida por escritura pública de fecha 18 de julio de 2024, otorgada ante doña Carla Silva Acharán, Notario Público Interino de la Séptima Notaría de Rancagua, Repertorio N° 1910-2024, cuyo extracto se publicó en el Diario Oficial N° 43.910, de fecha 27 de julio de 2024, y se inscribió a Fojas 401 N° 289 del Registro de Comercio del año 2024 del Conservador de Bienes Raíces de Rancagua; de la siguiente forma: A) GABRIEL ALONSO DURÁN MONARES vende, cede y transfiere su cuota de los derechos sociales, correspondiente al 50% del capital social, a ALEX ANTONIO DURÁN MONARES, quien compra, acepta y adquiere para sí. El precio de la venta es la suma de $20.000.000.-, los que se pagan en este acto, en dinero efectivo; suma recibida a entera conformidad por GABRIEL ALONSO DURÁN MONARES, sin tener reclamo alguno que formular al respecto. B) Como consecuencia de la venta de derechos señalada, deja de ser socio GABRIEL ALONSO DURÁN MONARES. TRANSFORMACIÓN SOCIAL. ALEX ANTONIO DURÁN MONARES, en su calidad de único socio de la sociedad “D&D INGENIERÍA Y CONSTRUCCIÓN LIMITADA” o “D&D LTDA.” Decide transformar la sociedad en una sociedad por acciones (SpA). I.- NOMBRE O RAZÓN SOCIAL: “D&D INGENIERÍA Y CONSTRUCCIÓN SpA”, nombre de fantasía “D&D SpA”. II.- OBJETO: UNO) Construcción y obras de ingeniería civil, en general; DOS) Construcción de edificios para uso residencial y construcción de edificios para uso no residencial; TRES) Construcción, instalación, mantención y reparación de proyectos de alcantarillado y servicios hidráulicos; CUATRO) Estudio y preparación de terrenos; demoliciones; CINCO) Actividades especializadas de construcción en general; SEIS) Arrendamiento de equipos, herramientas y maquinarias de construcción; SIETE) Todo lo precedentemente señalado sin limitaciones especiales, pudiendo ejecutar y celebrar todos los actos y contratos pertinentes a su objeto y celebrar toda clase de operaciones y negocios que se relacionen directa o indirectamente con sus fines o que sean consecuentes para el logro de los obj etivos de la sociedad sin limitación alguna . III.- ADMINISTRACIÓN Y USO DE LA RAZÓN SOCIAL: corresponderá exclusivamente a ALEX ANTONIO DURÁN MONARES, ya individualizado, quien anteponiendo o posponiendo a su firma la razón social, la obligará en toda clase de actos y contratos sin limitación alguna, como consta en escritura extractada. IV.- DEL CAPITAL Y LAS ACCIONES: El capital social es la suma de $40.000.000.- (cuarenta millones de pesos) divididos en 40.000 (cuarenta mil) ACCIONES nominativas, sin valor nominal, que se suscriben y pagan en la forma señalada en el artículo primero transitorio. El valor de cada acción es mil pesos ($1.000.-). V.- SUSCRIPCIÓN Y PAGO DEL CAPITAL: ALEX ANTONIO DURÁN MONARES suscribe en este acto 40.000 (cuarenta mil) acciones de la sociedad, equivalentes al 100% del capital social, las que se encuentran pagadas, ya que corresponden a su participación en la sociedad transformada. VI.- RESPONSABILIDAD: La responsabilidad de los socios accionistas, en términos patrimoniales, queda limitada hasta la concurrencia del monto efectivo de su aporte al capital señalado en el artículo quinto y cláusula primera transitoria de este pacto social. Su participación en el capital social estará representada por sus acciones. Y en lo sucesivo la responsabilidad de los accionistas quedará limitada, de la misma manera, a sus aportes al capital social. VII.- DURACIÓN Y VIGENCIA: La sociedad comienza a regir a contar de la fecha de esta escritura y su duración es INDEFINIDA. VIII.- DOMICILIO SOCIAL: Comuna de MACHALÍ, pudiendo establecer agencias, sucursales o representaciones en cualquier punto del país o del extranjero. Demás estipulaciones en escritura pública extractada. Rancagua, 05 de febrero de 2025. Doy Fe.