MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SERVICIOS INTEGRADOS EN INFORMACIÓN GEOGRAFICA PLUS LIMITADA

RUT 96777670-K CVE 2607640
Capital
$1.000 CLP
Fecha instrumento
12 de diciembre de 2024
Notaría
Tercera Notaria de Santiago

Instrumento

Fecha
12 de diciembre de 2024
Repertorio
998-24
Comuna
Tercera Notaria de Santiago

Sociedad

Capital
$1.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ALEJANDRA DEL CARMEN LOYOLA OJEDA, Notaria Tercera Notaria de Santiago, domicilio Avenida Tabalada N° 1469, Providencia, certifico: por escritura pública de fecha 12 de diciembre del año 2024, repertorio 998-24, ante mí: comparecen don VICTOR MAURICIO TAPIA VERGARA, chileno, casado, cartógrafo, cedula nacional de identidad 8.144.911-2, domiciliado en Carlos Silva Vildosola 1232, Providencia; VICTOR MAXIMILIANO TAPIA MAHAN, chileno, soltero, abogado, cedula nacional de identidad 17.754.667-4, domiciliado en Carlos Silva Vildosola 1232, Providencia; y FRANCA PAOLA PALAVICINO FERRADA, chilena, conviviente civil, diseñadora, cedula nacional de identidad numero 18.933.345-5. VICTOR MAURICIO TAPIA VERGARA vende, cede y transfiriera la totalidad de los derechos que posee en la sociedad "SERVICIOS INTEGRADOS EN INFORMACIÓN GEOGRAFICA PLUS LIMITADA" equivalentes a un 40 por ciento del interés social a don VICTOR MAXIMILIANO TAPIA MAHAN, quien los compra, acepta y adquiere para sí, declarando haberlo recibido a su entera satisfacción. En virtud de lo anterior, se retira como socio don VICTOR MAURICIO TAPIA VERGARA. Se modificó la sociedad SERVICIOS INTEGRADOS EN INFORMACIÓN GEOGRAFICA PLUS LIMITADA, reemplazan el artículo quinto del pacto social, por el siguiente nuevo Artículo quinto: El capital de la sociedad es la cantidad de $1.000.000 de pesos, que los socios aportaron de la siguiente forma: a) don VICTOR MAXIMILIANO TAPIA MAHAN aporta la cantidad de 400 mil pesos, pagado con anterioridad a este acto; y b) doña FRANCA PAOLA PALAVICINO FERRADA aporta la cantidad de 600 mil de pesos, pagando con anterioridad a este acto. Socios limitan su responsabilidad al monto de sus aportes. Demás estipulaciones en escritura extractada. En providencia, 3 de febrero de 2025.