CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

INMOBILIARIA RIEDEMANN MAUREIRA SpA

RUT 17863303-1 CVE 2607998
Fecha instrumento
10 de diciembre de 2024
Notaría
Puerto Montt

Instrumento

Fecha
10 de diciembre de 2024
Notario
MARIA PAZ MARDONES VILLARROEL
Oficio
Segunda Notaría de Puerto Montt
Comuna
Puerto Montt

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MARIA PAZ MARDONES VILLARROEL, Abogada, Notario Público de la Segunda Notaría de Puerto Montt, Suplente del Titular don Felipe San Martín Schröder, con domicilio en esta ciudad, Urmeneta 478, certifica: por escritura otorgada ante el notario titular de esta notaría, don Felipe San Martin Schröder, con fecha 10 de Diciembre de 2024, doña VANESSA MILITZA RIEDEMANN MAUREIRA, don ENZO PATRICIO RIEDEMANN MAUREIRA, don ERIC ALEXIS RIEDEMANN MAUREIRA, y don RODEMIL ARMANDO RIEDEMANN SIERRA, constituyeron una sociedad por acciones que se regirá por el presente estatuto social, y por el Párrafo octavo del Título VII del Libro II del Código de Comercio; y, supletoriamente, en silencio de este estatuto y ese párrafo del Código de Comercio, y sólo en aquello que no se contraponga con su naturaleza, por las normas aplicables a las sociedades anónimas. De acuerdo con lo señalado, los comparecientes vienen en fijar los estatutos de “INMOBILIARIA RIEDEMANN MAUREIRA SPA”. Se constituye una sociedad por acciones que se denominará, cuyo objeto será desarrollar las siguientes actividades: Actividades de arquitectura e ingeniería y otras actividades técnicas, construcción, consejo se administración de edificios y condominios. El corretaje y la intermediación de propiedades, la compra y venta de inmuebles, estén o no edificados; la promoción de negocios; inversiones, construcciones y planes habitacionales y asesorías en los mismos; administración y arrendamiento, por cuenta propia o ajena, de bienes raíces, urbanización y desarrollo de proyectos inmobiliarios. En definitiva, cualquier otro negocio lícito que derive de los anteriores, lo complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otro que los socios acuerden. El capital de la sociedad será de OCHOCIENTOS MILLONES DE PESOS, que se divide en OCHO MIL acciones nominativas de igual valor, todas de una misma serie y con valor nominal de CIEN MIL PESOS cada acción. El capital queda totalmente suscrito y se pagará en la forma indicada en los artículos transitorios de esta actuación. Las acciones se emitirán sin imprimir láminas físicas de los respectivos títulos. Todas las acciones emitidas por la sociedad, aún aquellas suscritas y cuyo valor no se encuentre íntegramente enterado, darán los mismos derechos a sus titulares. Los accionistas solo serán responsables hasta el monto de sus respectivos aportes. La sociedad tendrá su domicilio en la comuna y ciudad de PUERTO MONTT, sin perjuicio de poder establecer agencias o sucursales en otros puntos del país o del extranjero. La administración de la sociedad corresponderá a don RODEMIL ARMANDO RIEDEMANN SIERRA, quién contará con las facultades que se indican en la cláusula DÉCIMO SEGUNDO. La sociedad no podrá contratar con sus accionistas, sino únicamente por acuerdo unánime de los accionistas, con derecho a voto, reunidos en Junta de Accionistas citada para ese efecto. La sociedad practicará dos balances generales al año respecto de sus operaciones, que cerrarán al treinta de junio y al treinta y uno de diciembre de cada año. La Junta de Accionistas decidirá sin restricciones acerca del destino de las utilidades, pudiendo destinarlas por completo o parcialmente a la formación de los fondos que decida. Corresponderá recibir dividendos a los accionistas inscritos en el registro de accionistas el quinto día hábil anterior a la fecha que se fije para su pago, que correspondan a acciones suscritas y completamente pagadas. La duración de la sociedad será indefinida. Para todos los efectos de este contrato, se fija como domicilio la comuna de PUERTO MONTT, sometiéndose a la jurisdicción de sus tribunales de justicia. Las acciones en las que se encuentra dividido el capital se suscriben y pagan por los accionistas constituyentes de la siguiente manera: A) VANESSA MILITZA RIEDEMANN MAUREIRA, suscribe en este acto, MIL SEISCIENTAS acciones ordinarias de la Serie Única, equivalentes a la suma de CIENTO SESENTA MILLONES DE PESOS de capital social, que se pagará a través del aporte de acciones y derechos que le corresponden sobre el inmueble inscrito a fojas dos mil quinientos treinta y cuatro número tres mil ochocientos veintisiete, en el Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Puerto Montt del año dos mil veintiuno, rol de avalúo fiscal corresponde al dos mil ciento noventa y seis guion doscientos veintidós, de la comuna de Puerto Montt, en el plazo de cuatro meses a contar de la presente escritura, equivalentes al VEINTE POR CIENTO del capital social; B) ENZO PATRICIO RIEDEMANN MAUREIRA, suscribe en este acto, MIL SEISCIENTAS acciones ordinarias de la Serie Única, equivalentes a la suma de CIENTO SESENTA MILLONES DE PESOS de capital social, que se pagará a través del aporte de acciones y derechos que le corresponden sobre el inmueble inscrito a fojas dos mil quinientos treinta y cuatro número tres mil ochocientos veintisiete, en el Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Puerto Montt del año dos mil veintiuno, rol de avalúo fiscal corresponde al dos mil ciento noventa y seis guion doscientos veintidós, de la comuna de Puerto Montt, en el plazo de cuatro meses a contar de la presente escritura, equivalentes al VEINTE POR CIENTO del capital social; C) ERIC ALEXIS RIEDEMANN MAUREIRA, suscribe en este acto, MIL SEISCIENTAS acciones ordinarias de la Serie Única, equivalentes a la suma de CIENTO SESENTA MILLONES PESOS de capital social, que se pagará a través del aporte de acciones y derechos que le corresponden sobre el inmueble inscrito a fojas dos mil quinientos treinta y cuatro número tres mil ochocientos veintisiete, en el Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Puerto Montt del año dos mil veintiuno, rol de avalúo fiscal corresponde al dos mil ciento noventa y seis guion doscientos veintidós, de la comuna de Puerto Montt, en el plazo de cuatro meses a contar de la presente escritura, equivalentes al VEINTE POR CIENTO del capital social; y D) RODEMIL ARMANDO RIEDEMANN SIERRA, suscribe en este acto, TRES MIL DOSCIENTAS acciones ordinarias de la Serie Única, equivalentes a la suma de TRESCIENTOS VEINTE MILLONES DE PESOS de capital social, que se pagará a través del aporte de acciones y derechos que le corresponden sobre el inmueble inscrito a fojas dos mil quinientos treinta y cuatro número tres mil ochocientos veintisiete, en el Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Puerto Montt del año dos mil veintiuno, rol de avalúo fiscal corresponde al dos mil ciento noventa y seis guion doscientos veintidós, de la comuna de Puerto Montt, en el plazo de cuatro meses a contar de la presente escritura, equivalentes al CUARENTA POR CIENTO del capital social. Se faculta al portador de una copia de esta escritura y de un extracto de esta para proceder su inscripción y publicación y la realización de todos los actos conducentes para la legalización de la constitución de la sociedad. Las partes acuerdan facultar al abogado don Andrés Javier Olave Echenique, cédula nacional de identidad N°17.863.303-1, para que actuando por sí mismo, y en caso de que ello fuere necesario, otorgue y suscriba todas las escrituras públicas y privadas aclaratorias, modificatorias o complementarias que sean precisas para que el presente instrumento produzca los efectos jurídicos deseados. Otras estipulaciones en escritura extractada. Puerto Montt, 05 de Febrero de 2025.