MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

AGRÍCOLA Y LECHERA TRES GM LIMITADA

RUT 76713297-2 CVE 2607797
Capital
$1.026.795.892 CLP
Fecha instrumento
27 de diciembre de 2024
Notaría
Osorno

Instrumento

Fecha
27 de diciembre de 2024
Notario
PABLO ANDRÉS EISENDECHER BERTIN
Oficio
Segunda Notaria de Osorno
Comuna
Osorno

Sociedad

Capital
$1.026.795.892 CLP

Administración

La administración, representación y uso de la razón social corresponderá separada e indistintamente a cualquiera de los señores MARIA SOLEDAD GUTIERREZ MEZA y)o a PABLO ANDRES GUTIERREZ MEZA y)o a MARIA FERNANDA GUTIERREZ MEZA y)o a MARIA NELLY MEZA BAÑADOS y)o a JUAN CARLOS LUTGARDO GUTIERREZ WILLER, quienes actuando por la sociedad y, anteponiendo la razón social a su firma, la representarán con las más amplias facultades y atribuciones, pudiendo obligarla a toda clase de actos y contratos, con limitaciones indicadas en la escritura que no operan respecto de JUAN CARLOS LUTGARDO GUTIERREZ WILLER. Demás facultades en escritura extractada

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

PABLO ANDRÉS EISENDECHER BERTIN, Abogado, Notario Público Titular de la Segunda Notaria de Osorno, con oficio Bernardo O’Higgins Nº691, Osorno, certifica: Por escritura pública hoy, ante mí: MARIA SOLEDAD GUTIERREZ MEZA, Francisco Bilbao 787, departamento 209, Osorno, PABLO ANDRES GUTIERREZ MEZA, Parcela 4, sector Altamira, kilómetro 3,5 camino Villarrica- Pucón, comuna Villarrica, provincia de Cautín y MARIA FERNANDA GUTIERREZ MEZA, Pasaje Romilio Burgos 2583, Vitacura, Santiago; MODIFICARON sociedad “AGRÍCOLA Y LECHERA TRES GM LIMITADA”, conocida también como “LECHERA TRES GM LTDA.” , en el sentido de que: Previa autorización de sus socios MARIA SOLEDAD GUTIERREZ MEZA, PABLO ANDRES GUTIERREZ MEZA y MARIA FERNANDA GUTIERREZ MEZA, ingresaron como nuevos socios Juan Carlos Lutgardo Gutiérrez Willer y doña María Nelly Meza Bañados, ambos domiciliados en el Fundo El Arrayán, comuna y provincia de Osorno, aportando a la caja social, de conformidad al artículo sesenta y cuatro inciso quinto del Código de Tributario, en conjunto, en iguales partes y en total, mil diecisiete millones seiscientos setenta y ocho mil ochocientos noventa y dos pesos, en la forma establecida en la escritura. En mérito del aporte e ingreso de socios precedentemente referidos, se sustituye, modifica y/o actualiza las cláusulas Cuarto, Quinto y Sexto, del pacto social: ADMINISTRACIÓN Y USO DE LA RAZÓN SOCIAL: La administración, representación y uso de la razón social corresponderá separada e indistintamente a cualquiera de los señores MARIA SOLEDAD GUTIERREZ MEZA y/o a PABLO ANDRES GUTIERREZ MEZA y/o a MARIA FERNANDA GUTIERREZ MEZA y/o a MARIA NELLY MEZA BAÑADOS y/o a JUAN CARLOS LUTGARDO GUTIERREZ WILLER, quienes actuando por la sociedad y, anteponiendo la razón social a su firma, la representarán con las más amplias facultades y atribuciones, pudiendo obligarla a toda clase de actos y contratos, con limitaciones indicadas en la escritura que no operan respecto de JUAN CARLOS LUTGARDO GUTIERREZ WILLER. Demás facultades en escritura extractada. CAPITAL SOCIAL: $1.026.795.892.-, que los socios enteraron y enteran, como sigue: a) MARIA SOLEDAD GUTIERREZ MEZA, tres millones treinta y nueve mil pesos, que enteró y aportó en dinero en efectivo con anterioridad a la caja social; b) PABLO ANDRES GUTIERREZ MEZA, tres millones treinta y nueve mil pesos, que enteró y aportó en dinero en efectivo con anterioridad a la caja social; c) MARIA FERNANDA GUTIERREZ MEZA, la suma de tres millones treinta y nueve mil pesos, que enteró y aportó en dinero en efectivo con anterioridad a la caja social; d) JUAN CARLOS LUTGARDO GUTIERREZ WILLER y MARIA NELLY MEZA BAÑADOS, en conjunto, en iguales partes y en total, la suma de mil diecisiete millones seiscientos setenta y ocho mil ochocientos noventa y dos pesos, que enteran y aportan a la caja social en la forma señalada en la escritura. UTILIDADES Y PERDIDAS: Se repartirán en la siguiente proporción: a) para MARIA SOLEDAD GUTIERREZ MEZA, cero coma dos nueve seis por ciento; b) para PABLO ANDRES GUTIERREZ MEZA, cero coma dos nueve seis por ciento; c) para MARIA FERNANDA GUTIERREZ MEZA, cero coma dos nueve seis por ciento; d) para JUAN CARLOS LUTGARDO GUTIERREZ WILLER cuarenta y nueve coma cinco cinco seis por ciento; y, e) para MARIA NELLY MEZA BAÑADOS cuarenta y nueve coma cinco cinco seis por ciento. En lo no modificado queda plenamente vigente el pacto social y lo pactado comienza a regir desde la fecha de la escritura extractada. Osorno, 27 de diciembre de 2024.-