SOCIEDAD AGRÍCOLA CARLOS VIAL E HIJOS Y COMPAÑÍA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 6 de enero de 2025
- Repertorio
- 90-2025
- Notario
- ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO
- Oficio
- 36ª Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Personas y entidades (1)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| SOCIEDAD AGRÍCOLA CARLOS VIAL E HIJOS Y COMPAÑÍA LIMITADA | socio | 84616500-2 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Abogado, Notario Público, Titular de la 36ª Notaría de Santiago, con oficio en La Concepción N°65, piso 2, comuna de Providencia, Santiago, Región Metropolitana, certifico que, mediante escritura pública otorgada con fecha 6 de enero de 2025, bajo Repertorio N°90-2025, ante mi Notario Suplente Karina Alejandra Flores Muñoz: i) doña Margarita María Vial Bezanilla, domiciliada en Benito Juárez 730, departamento 603, comuna de Las Condes, Región Metropolitana; ii) doña Carmen María Vial Bezanilla, domiciliada en Las Hualtatas 5.463, departamento 141, comuna de Vitacura, Región Metropolitana; iii) doña Paulina Vial Bezanilla, domiciliada en El Rebalse 961, casa G, comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana; iv) Inversiones Cita SpA, domiciliada en Las Hualtatas 5.463, departamento 141, comuna de Vitacura, Región Metropolitana; v) Inversiones Los Olivos SpA, domiciliada en Las Hualtatas 5.463, departamento 141, comuna de Vitacura, Región Metropolitana; vi) Inversiones AVV SpA, domiciliada en Las Hualtatas 5.463, departamento 141, comuna de Vitacura, Región Metropolitana; vii) Inversiones ROV SpA, domiciliada en Santa María 6.550, departamento 312F, comuna de Vitacura, Región Metropolitana; viii) Inversiones MEV SpA, domiciliada en Santa María 6.550, departamento 312F, comuna de Vitacura, Región Metropolitana; ix) Inversiones CEV SpA, domiciliada en Santa María 6.550, departamento 312F, comuna de Vitacura, Región Metropolitana; x) Inversiones EOV SpA, domiciliada en Santa María 6.550, departamento 312F, comuna de Vitacura, Región Metropolitana; xi) Inversiones CAV SpA, domiciliada en Avenida Presidente Kennedy 4.150, departamento 801, comuna de Vitacura, Región Metropolitana; xii) Inversiones MAV SpA, domiciliada en Avenida Presidente Kennedy 4.150, departamento 801, comuna de Vitacura, Región Metropolitana; xiii) Inversiones RAV SpA, domiciliada en Avenida Presidente Kennedy 4.150, departamento 801, comuna de Vitacura, Región Metropolitana; xiv) Inversiones JAV SpA, domiciliada en Avenida Presidente Kennedy 4.150, departamento 801, comuna de Vitacura, Región Metropolitana; xv) Inversiones FVA SpA, domiciliada en El Ceibo 12.848, comuna de Las Condes, Región Metropolitana; xvi) Inversiones VVA SpA, domiciliada en El Ceibo 12.848, comuna de Las Condes, Región Metropolitana; xvii) Inversiones DVA SpA, domiciliada en El Ceibo 12.848, comuna de Las Condes, Región Metropolitana; xviii) Inversiones BVA SpA, domiciliada en El Ceibo 12.848, comuna de Las Condes, Región Metropolitana; xix) Inversiones AVA SpA, domiciliada en El Ceibo 12.848, comuna de Las Condes, Región Metropolitana; xx) Inversiones MAV Limitada, domiciliada en El Rebalse 961, casa G, comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana; xxi) Inversiones FAV Limitada, domiciliada en El Rebalse 961, casa G, comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana; xxii) Inversiones BAV Limitada, domiciliada en El Rebalse 961, casa G, comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana; xxiii) Inversiones RCV SpA, domiciliada en Francisco de Asís 970, departamento 231, comuna de Las Condes, Región Metropolitana; xxiv) Inversiones CCV SpA, domiciliada en Francisco de Asís 970, departamento 231, comuna de Las Condes, Región Metropolitana; xxv) Inversiones FCV SpA, domiciliada en Francisco de Asís 970, departamento 231, comuna de Las Condes, Región Metropolitana; xxvi) Inversiones CTCV SpA, domiciliada en Francisco de Asís 970, departamento 231, comuna de Las Condes, Región Metropolitana; xxvii) Inversiones TVT SpA, domiciliada en Carlos Vial Infante 1.116, comuna de Pirque, Región Metropolitana; /xxviii/ Inversiones FVT SpA, domiciliada en Carlos Vial Infante 1.116, comuna de Pirque, Región Metropolitana; xxix) Inversiones CVT SpA, domiciliada en Carlos Vial Infante 1.116, comuna de Pirque, Región Metropolitana; xxx) Inversiones PVT SpA, domiciliada en Carlos Vial Infante 1.116, comuna de Pirque, Región Metropolitana; xxxi) Inversiones Carlos VT SpA, domiciliada en Carlos Vial Infante 1.116, comuna de Pirque, Región Metropolitana; y xxxii) Agrícola Santa María Limitada, domiciliada en Carlos Vial Infante 1.116, comuna de Pirque, Región Metropolitana, todos en su calidad de únicos y actuales socios de SOCIEDAD AGRÍCOLA CARLOS VIAL E HIJOS Y COMPAÑÍA LIMITADA, Rol Único Tributario N°84.616.500-2, cuyo extracto de constitución fue inscrito a Fojas 6.335 número 3.651, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 1976, en adelante (la “Sociedad”), junto con doña Carmen María Vial Bezanilla, en su calidad de usufructuaria del 7,5% de los derechos en dicha sociedad; doña Rosario Vial Bezanilla, en su calidad de usufructuaria del 11,645625% de los derechos en dicha sociedad; doña María Josefina Vial Bezanilla, en su calidad de usufructuaria del 11,645625% de los derechos en dicha sociedad; don Francisco Vial Bezanilla, en su calidad de usufructuario del 11,631325% de los derechos en dicha sociedad; doña Paulina Vial Bezanilla, en su calidad de usufructuaria del 6,9% por ciento de los derechos en dicha sociedad; y doña Carolina Vial Bezanilla, en su calidad de usufructuaria del 5,3885% de los derechos en dicha sociedad, acordaron modificar la Sociedad en los siguientes términos: A) dar cuenta de la fusión de las sociedades Inversiones Carlos VT SpA, Inversiones CVT SpA, Inversiones FVT SpA, Inversiones PVT SpA, e Inversiones TVT SpA en Agrícola Santa María Limitada. Como consecuencia de lo anterior, Agrícola Santa María Limitada, en calidad de continuadora legal de las sociedades absorbidas, aumenta su participación en la Sociedad en un 15,613818%, equivalente a la suma de los derechos de que eran titulares Inversiones Carlos VT SpA, Inversiones CVT SpA, Inversiones FVT SpA, Inversiones PVT SpA, e Inversiones TVT SpA, esto es, de un 2,980807% de los derechos sociales a un 18,5946250% de los derechos sociales. B) En virtud de lo anterior, los socios de la Sociedad acuerdan modificar los estatutos sociales, sustituyendo el Artículo Quinto permanente de los estatutos sociales, relativo al capital social, por el siguiente: “QUINTO: Capital social. El capital de la Sociedad es la suma de dos mil setecientos cincuenta millones doscientos cuarenta mil novecientos noventa y dos pesos, debidamente pagado y enterado en arcas sociales con anterioridad a esta fecha en las siguientes proporciones: i) doña Margarita María Vial Bezanilla, dueña de un once coma cinco cuatro cinco nueve dos cinco por ciento de la totalidad de los derechos sociales; ii) don Francisco Vial Bezanilla, dueño del usufructo vitalicio del once coma seis tres uno tres dos cinco por ciento de la totalidad de los derechos sociales; iii) doña Carmen María Vial Bezanilla, dueña de un cuatro coma uno cuatro cinco seis dos cinco por ciento de la totalidad de los derechos sociales, y dueña del usufructo vitalicio del siete coma cinco por ciento de la totalidad de los derechos sociales; iv) doña Rosario Vial Bezanilla, dueña del usufructo vitalicio del once coma seis cuatro cinco seis dos cinco por ciento de la totalidad de los derechos sociales; v) doña María Josefina Vial Bezanilla, dueña del usufructo vitalicio del once coma seis cuatro cinco seis dos cinco por ciento de la totalidad de los derechos sociales; vi) doña Carolina Vial Bezanilla, dueña del usufructo vitalicio del cinco coma tres ocho ocho cinco por ciento de la totalidad de los derechos sociales; vii) doña Paulina Vial Bezanilla, dueña de un cuatro coma siete cuatro cinco seis dos cinco por ciento de la totalidad de los derechos sociales, y dueña del usufructo vitalicio del seis coma nueve por ciento de la totalidad de los derechos sociales; viii) la sociedad Inversiones ROV SpA, dueña de la nuda propiedad de un dos coma nueve uno uno cuatro cero seis dos cinco por ciento de la totalidad de los derechos sociales; ix) la sociedad Inversiones MEV SpA, dueña de la nuda propiedad de un dos coma nueve uno uno cuatro cero seis dos cinco por ciento de la totalidad de los derechos sociales; x) la sociedad Inversiones CEV SpA, dueña de la nuda propiedad de un dos coma nueve uno uno cuatro cero seis dos cinco por ciento de la totalidad de los derechos sociales; xi) la sociedad Inversiones EOV SpA, dueña de la nuda propiedad de un dos coma nueve uno uno cuatro cero seis dos cinco por ciento de la totalidad de los derechos sociales; xii) la sociedad Inversiones RCV SpA, dueña de un uno coma cinco seis cuatro dos ocho uno dos cinco por ciento de la totalidad de los derechos sociales, y dueña de la nuda propiedad de un uno coma tres cuatro siete uno dos cinco por ciento de la totalidad de los derechos sociales; xiii) la sociedad Inversiones CCV SpA, dueña de un uno coma cinco seis cuatro dos ocho uno dos cinco por ciento de la totalidad de los derechos sociales, y dueña de la nuda propiedad de un uno coma tres cuatro siete uno dos cinco por ciento de la totalidad de los derechos sociales; xiv) la sociedad Inversiones FCV SpA, dueña de un uno coma cinco seis cuatro dos ocho uno dos cinco por ciento de la totalidad de los derechos sociales, y dueña de la nuda propiedad de un uno coma tres cuatro siete uno dos cinco por ciento de la totalidad de los derechos sociales; xv) la sociedad Inversiones CTCV SpA, dueña de un uno coma cinco seis cuatro dos ocho uno dos cinco por ciento de la totalidad de los derechos sociales, y dueña de la nuda propiedad de un uno coma tres cuatro siete uno dos cinco por ciento de la totalidad de los derechos sociales; xvi) la sociedad Inversiones FVA SpA, dueña de la nuda propiedad de un dos coma tres dos seis dos seis cinco por ciento de la totalidad de los derechos sociales; xvii) la sociedad Inversiones AVA SpA, dueña de la nuda propiedad de un dos coma tres dos seis dos seis cinco por ciento de la totalidad de los derechos sociales; xviii) la sociedad Inversiones DVA SpA, dueña de la nuda propiedad de un dos coma tres dos seis dos seis cinco por ciento de la totalidad de los derechos sociales; xix) la sociedad Inversiones BVA SpA, dueña de la nuda propiedad de un dos coma tres dos seis dos seis cinco por ciento de la totalidad de los derechos sociales; xx) la sociedad Inversiones VVA SpA, dueña de la nuda propiedad de un dos coma tres dos seis dos seis cinco por ciento de la totalidad de los derechos sociales; xxi) la sociedad Inversiones CAV SpA, dueña de la nuda propiedad de un dos coma nueve uno uno cuatro cero seis dos cinco por ciento de la totalidad de los derechos sociales; xxii) la sociedad Inversiones MAV SpA, dueña de la nuda propiedad de un dos coma nueve uno uno cuatro cero seis dos cinco por ciento de la totalidad de los derechos sociales; xxiii) la sociedad Inversiones RAV SpA, dueña de la nuda propiedad de un dos coma nueve uno uno cuatro cero seis dos cinco por ciento de la totalidad de los derechos sociales; xxiv) la sociedad Inversiones JAV SpA, dueña de la nuda propiedad de un dos coma nueve uno uno cuatro cero seis dos cinco por ciento de la totalidad de los derechos sociales; xxv) la sociedad Inversiones Cita SpA, dueña de la nuda propiedad de un dos coma cinco por ciento de la totalidad de los derechos sociales; xxvi) la sociedad Inversiones Los Olivos SpA, dueña de la nuda propiedad de un dos coma cinco por ciento de la totalidad de los derechos sociales; xxvii) la sociedad Inversiones AVV SpA, dueña de la nuda propiedad de un dos coma cinco por ciento de la totalidad de los derechos sociales; /xxviii/ la sociedad Inversiones MAV Limitada, dueña de la nuda propiedad de un dos coma tres por ciento de la totalidad de los derechos sociales; xxix) la sociedad Inversiones FAV Limitada, dueña de la nuda propiedad de un dos coma tres por ciento de la totalidad de los derechos sociales; xxx) la sociedad Inversiones BAV Limitada, dueña de la nuda propiedad de un dos coma tres por ciento de la totalidad de los derechos sociales; y xxxi) la sociedad Agrícola Santa María Limitada, dueña de un dieciocho coma cinco nueve cuatro seis dos cinco por ciento de la totalidad de los derechos sociales". En todo lo no modificado se mantienen vigentes las demás estipulaciones del pacto social, especialmente la limitación de responsabilidad de los socios al monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Se facultó al portador de este extracto para su legalización.- Santiago, 31 de enero de 2025.