MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

Repsol Chile SpA

RUT 96720750-0 CVE 2607177
Fecha instrumento
30 de diciembre de 2024
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
30 de diciembre de 2024
Repertorio
37757-2024
Notario
JOSÉ LEONARDO BRUSI MUÑOZ
Oficio
42ª Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JOSÉ LEONARDO BRUSI MUÑOZ, Notario Público de la 42ª Notaría de Santiago, Suplente del Titular don ÁLVARO GONZÁLEZ SALINAS, Av. Apoquindo 3.001, 2° piso, comuna de Las Condes, certifica: Que por escritura pública de fecha 30 de diciembre de 2024, bajo Repertorio N° 37.757-2024, ante el Titular, Repsol Renovables S.A., Rut N°59.294.160-0, (anteriormente "Repsol Renovables, S.L.U."), en su calidad de único accionista de REPSOL CHILE SpA, Rut N°96.720.750-0, inscrita a fojas 27.137, N°22.145 del Registro de Comercio de Santiago del año 1994 (la "Sociedad"), declaró modificar los estatutos de la Sociedad en el siguiente sentido: i) Aumentar el capital de 304.785.174,45 dólares de los Estados Unidos de América, dividido en 1.453.297 acciones nominativas, sin valor nominal, de una misma serie, a un monto de 455.085.174,45 dólares de los Estados Unidos de América, dividido en 2.169.968 acciones, mediante la emisión de 716.671 nuevas acciones nominativas, sin valor nominal, de una misma serie; ii) por lo anterior, el único accionista declaró sustituir los Artículos Quinto Permanente y Primero Transitorio de los estatutos de la Sociedad por los siguientes: “ARTÍCULO QUINTO: El capital de la sociedad asciende a la suma de cuatrocientos cincuenta y cinco millones ochenta y cinco mil ciento setenta y cuatro dólares de los Estados Unidos de América con cuarenta y cinco centavos, dividido en dos millones ciento sesenta y nueve mil novecientos sesenta y ocho acciones nominativas, sin valor nominal y de una misma y única serie. Las acciones suscritas cuyo valor no se encuentre pagado gozarán de iguales derechos que las íntegramente pagadas, salvo en lo relativo a la participación que les corresponda en los beneficios sociales y en las devoluciones de capital, casos en los que concurrirán en proporción a la parte pagada. Las acciones se suscriben y pagan en la forma que se indica en el Artículo Primero Transitorio de los Estatutos. Las acciones de la Sociedad son esencialmente transferibles y transmisibles. La Sociedad podrá adquirir y poseer acciones de su propia emisión. Con todo, las acciones adquiridas por la Sociedad deberán enajenarse dentro del plazo de cinco años. El capital de la Sociedad se podrá pagar en dinero o en especie, de acuerdo con el artículo veintiuno del reglamento de sociedades anónimas.”; “ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO: En conformidad con el Artículo Quinto de estos Estatutos, el capital de la sociedad asciende a la suma de cuatrocientos cincuenta y cinco millones ochenta y cinco mil ciento setenta y cuatro dólares de los Estados Unidos de América con cuarenta y cinco centavos, dividido en dos millones ciento sesenta y nueve mil novecientos sesenta y ocho acciones nominativas, sin valor nominal, y de una misma y única serie, las que han sido suscritas en su totalidad por Repsol Renovables, S.A., encontrándose íntegramente pagadas e ingresados los fondos a la caja social.”. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, a 30 de enero de 2025.