INMOBILIARIA E INVERSIONES LLEUQUEN LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 27 de enero de 2025
- Comuna
- Santiago don JUAN
Sociedad
- Capital
- $1.909.953.101 CLP
- Domicilio
- El domicilio de la sociedad es la ciudad de Santiago
- Duración
- Indefinida
Objeto social
El objeto de la sociedad será: (a) Efectuar inversiones mobiliarias e inmobiliarias tanto en Chile como en el exterior, especialmente en acciones, bonos, debentures, créditos, derechos, efectos de comercio, bienes raíces, cuotas y otros similares; pudiendo comprar, vender, o conservar tales inversiones; tomar interés o participar como socio en empresas de cualquier naturaleza, crear, constituir, financiar, prometer y administrar, por cuenta propia o de terceros, cualquier clase de negocios, empresas o sociedades; percibir e invertir los frutos de las inversiones; (b) Prestar a terceros asesorías comerciales, económicas, financieras, tecnológicas y en general de cualquier tipo; (c) Importación, exportación, compra y venta de bienes muebles, máquinas, mercaderías en general y productos de toda clase; representaciones de firmas extranjeras o nacionales, comercialización, compraventa con o sin comisión, promoción, por cuenta propia o ajena de toda clase de productos, mercaderías o maquinarias; (d) Aportar capitales propios o ajenos, con o sin garantía, en sociedades u otras entidades, para negocios dentro o fuera del país; y (e) Compra, venta y administración de inmuebles urbanos o rurales, arrendamiento de los mismos y su administración, subdivisión de tierras y su urbanización; (iii)
Administración
La Sociedad será administrada por doña María Verónica Muñoz Concha, quien, actuando individualmente, representará a la Sociedad con las más amplias facultades, las cuales se encuentran señaladas en la escritura que se extracta
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF original“INMOBILIARIA E INVERSIONES LLEUQUEN LIMITADA”. JAVIERA PAZ ERAZO HERMOSILLA, abogado, Notario Suplente del Titular de la 43ª Notaría de Santiago don JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA, con oficio en calle Huérfanos Nº 835, piso 18, Santiago, certifico que: Por escritura pública de fecha 27 de enero de 2025, repertorio número 2.598/2025, ante mí, comparecieron doña María Verónica Muñoz Concha , cédula de identidad N° 6.340.612-0, doña Bernardita Valentina Ayub Muñoz, cédula de identidad N° 16.210.002-5, don Sebastián Andrés Ayub Muñoz, cédula de identidad N° 13.549.225-6, doña María Francisca Ayub Muñoz, cédula de identidad N° 13.831.828-1, y don Cristóbal José Ayub Muñoz, cédula de identidad N° 15.638.593-K, todos los comparecientes domiciliados para estos efectos en calle Los Sauzales número 2598, comuna de lo Barnechea, Región Metropolitana; quienes, en su calidad de únicos y actuales socios de “INMOBILIARIA E INVERSIONES LLEUQUEN LIMITADA” (en adelante, la “Sociedad”), rol único tributario número 96.771.570-0, inscrita a fojas 21.980 número 17.750 del año 1995 del Registro de Comercio de Santiago del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, acordaron transformar INMOBILIARIA E INVERSIONES LLEUQUEN LIMITADA en una sociedad por acciones, regida por los artículos 424 y siguientes del Código de Comercio, cuyos estatutos se extractan a continuación: (i) Razón social: La razón social de la sociedad es “INMOBILIARIA E INVERSIONES LLEUQUEN SpA”; (ii) Objeto: El objeto de la sociedad será: (a) Efectuar inversiones mobiliarias e inmobiliarias tanto en Chile como en el exterior, especialmente en acciones, bonos, debentures, créditos, derechos, efectos de comercio, bienes raíces, cuotas y otros similares; pudiendo comprar, vender, o conservar tales inversiones; tomar interés o participar como socio en empresas de cualquier naturaleza, crear, constituir, financiar, prometer y administrar, por cuenta propia o de terceros, cualquier clase de negocios, empresas o sociedades; percibir e invertir los frutos de las inversiones; (b) Prestar a terceros asesorías comerciales, económicas, financieras, tecnológicas y en general de cualquier tipo; (c) Importación, exportación, compra y venta de bienes muebles, máquinas, mercaderías en general y productos de toda clase; representaciones de firmas extranjeras o nacionales, comercialización, compraventa con o sin comisión, promoción, por cuenta propia o ajena de toda clase de productos, mercaderías o maquinarias; (d) Aportar capitales propios o ajenos, con o sin garantía, en sociedades u otras entidades, para negocios dentro o fuera del país; y (e) Compra, venta y administración de inmuebles urbanos o rurales, arrendamiento de los mismos y su administración, subdivisión de tierras y su urbanización; (iii) Duración: La duración de la sociedad será indefinida; (iv) Domicilio: El domicilio de la sociedad es la ciudad de Santiago, sin perjuicio de las agencias y sucursales que puedan establecerse en otros puntos del país o del extranjero; (v) Capital: El capital de la sociedad es la cantidad total de $1.909.953.101, dividido en 1.000.000 de acciones nominativas, sin valor nominal, todas de una misma y única serie, íntegramente suscrito y pagado de la siguiente forma: (a) Doña María Verónica Muñoz Concha ha suscrito y pagado con anterioridad a esta fecha, la cantidad de 501.000 acciones nominativas, sin valor nominal, todas de una misma y única serie; (b) Doña Bernardita Valentina Ayub Muñoz ha suscrito y pagado con anterioridad a esta fecha, la cantidad de 124.750 acciones nominativas, sin valor nominal, todas de una misma y única serie; (c) Don Sebastián Andrés Ayub Muñoz ha suscrito y pagado con anterioridad a esta fecha, la cantidad de 124.750 acciones nominativas, sin valor nominal, todas de una misma y única serie; (d) Doña María Francisca Ayub Muñoz ha suscrito y pagado con anterioridad a esta fecha, la cantidad de 124.750 acciones nominativas, sin valor nominal, todas de una misma y única serie; y (e) Don Cristóbal José Ayub Muñoz ha suscrito y pagado con anterioridad a esta fecha, la cantidad de 124.750 acciones nominativas, sin valor nominal, todas de una misma y única serie; y (vi) Administración: La Sociedad será administrada por doña María Verónica Muñoz Concha, quien, actuando individualmente, representará a la Sociedad con las más amplias facultades, las cuales se encuentran señaladas en la escritura que se extracta. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 31 de enero de 2025.