COMERCIALIZADORA ALEXANDER LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 17 de enero de 2025
- Repertorio
- 88
- Notario
- RUBÉN ANTONIO ESCOBAR GARCÍA
- Oficio
- Cuarta Notaría de Iquique
- Comuna
- Iquique
Sociedad
- Capital
- $100.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalRUBÉN ANTONIO ESCOBAR GARCÍA, abogado, notario público Interino de la Cuarta Notaría de Iquique, con oficio en Patricio Lynch 525, certifico: Que por Escritura Pública ante mí, con fecha 17 de enero del año 2025, repertorio Nº88: Doña HUI YUAN, C.I. N°14.742.583-K; doña MICHELE YI SHIO LEE TAN, C.I. N°14.591.402-7, ambas con domicilio en av. Tadeo Haenke N° 2.221, depto. 171, Torre B, Iquique; doña ALEXANDRA LINDA TAN YUAN, C.I. N°20.773.788-7, con domicilio en calle Diego Velázquez N°2.071, depto. 1605, Providencia, Santiago; doña MASAE UTSUMI TANG, C.I. N°10.565.865-6, y don TAKASHI UTSUMI TANG, C.I. N°15.686.678-4, domicilio en av. Brasil 375, depto. 205, Santiago; modifican “COMERCIALIZADORA ALEXANDER LIMITADA” o “ALEXANDER LIMITADA”, R.U.T. N°78.294.290-5; constituida por escritura pública de fecha 16.09.1992, otorgada en Notaría Pública de Iquique de don Manuel Schepeler Raveau, inscrita a fojas 641 vta. N°577 del Registro de Comercio de Iquique del año 1992, debidamente publicado en el norteamericanos. Modificada por escritura pública de fecha 10.07.1998 otorgada en Notaría Pública de Iquique de don Manuel Schepeler Raveau, extracto inscrito a fs. 539 vta. n°482 del Registro Comercio de Iquique del año 1998, debidamente publicada en Diario Oficial con fecha 30.07.1998. Modificada por escritura pública de fecha 06.07.2000 otorgada en Notaría Pública de Iquique ante Juan Rebollo Zagal, extracto inscrito a fs. 569 vta. n°463 del Registro Comercio de Iquique del año 2000, debidamente publicada en Diario Oficial con fecha 21.07.2000. Modificada por escritura pública de fecha 11.01.2001 otorgada en Notaría Pública de Iquique de don Sergio Yaber Simon, extracto inscrito a fs. 136 n°113 del Registro Comercio de Iquique del año 2001, debidamente publicada en Diario Oficial con fecha 02.03.2001. En la escritura original se pactó que, en caso de muerte de algún socio, la sociedad continuaría con los herederos del socio fallecido con un mandatario común.- Sucedieron al socio constituyente don HSUCH CHENG TAN, sus herederos legales, doña ALEXANDRA LINDA TAN YUAN y doña MICHELE YI SHIO LEE TAN, y también en calidad de cónyuge sobreviviente doña HUI YUAN, cuyos derechos transmitidos por el socio fallecido, corresponden al 99% de la Sociedad.- Sucedieron a la socia constituyente doña YU CHIN TANG CHUANG, sus herederos legales, doña MASAE UTSUMI TANG y don TAKASHI UTSUMI TANG, cuyos derechos heredados corresponden al 1% de la Sociedad.- Los comparecientes vienen en modificar la sociedad en la siguiente forma: a) doña MICHELE YI SHIO LEE TAN, debidamente representada, viene en ceder, vender y transferir, la totalidad de los derechos sociales que ha heredado que corresponden al 24,75% de la sociedad, a la parte de doña HUI YUAN y doña ALEXANDRA LINDA TAN YUAN, quienes aceptan y adquieren para sí, en partes iguales en calidad de socias, y pagan el precio igualmente en partes iguales, en la suma de US$18.000.- dólares norteamericanos, dineros que fueron entregados por los adquirentes de forma previa a la celebración de este acto e instrumento, mediante instrumento bancario, dando por cumplida las obligaciones emanadas del presente acto y contrato; b) doña MASAE UTSUMI TANG y don TAKASHI UTSUMI TANG, vienen en ceder, vender y transferir, la totalidad de los derechos sociales que han heredado que corresponden al 1% de la sociedad, a la parte de doña HUI YUAN y doña ALEXANDRA LINDA TAN YUAN, quienes aceptan y adquieren para si en partes iguales, en calidades de socias, y pagan el precio en partes iguales, en la suma de US$10.000.- dólares norteamericanos, que son entregados en este acto mediante documentos bancarios a nombre de los cedentes, quienes aceptan el pago, y se dan por pagado el precio de sus derechos, dando por cumplidas las obligaciones emanadas del presente acuerdo, acto y contrato. Por lo anterior quedan como únicos socios de la sociedad doña HUI YUAN y doña ALEXANDRA LINDA TAN YUAN; c) Actuales socios vienen en modificar la Administración de la sociedad establecida en la Cláusula numeral Cuarto, quedando la administración y representación de la sociedad radicada en ambas únicas socias, para actuar en forma conjunta, separada o indistintamente, socias doña HUI YUAN y/o ALEXANDRA LINDA TAN YUAN. En todo lo no modificado en este instrumento, continúa vigente en todas sus partes el pacto social primitivo y sus modificaciones válidas.- Demás estipulaciones escritura extractada.- Iquique, 28 de enero de 2025.