MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SOUTH CRANES LIMITADA

RUT 76619657-8 CVE 2606429
Capital
$50.000.000 CLP
Fecha instrumento
23 de enero de 2025
Notaría
Santiago
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
23 de enero de 2025
Repertorio
952/2025
Notario
ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO
Oficio
Trigésima Sexta Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$50.000.000 CLP
Duración
Indefinida

Objeto social

El objeto de la Sociedad será: a) el montaje, acoplamiento, ensamblaje y reparación de estructuras metálicas y de todas sus partes y piezas; b) el diseño, producción, compraventa, arrendamiento, importación, exportación, distribución y comercialización de todo tipo de equipamiento, maquinaria, implementos, accesorios, herramientas y repuestos, por cuenta propia o ajena su arrendamiento; c) la compraventa, importación, exportación, distribución y comercialización, por cuenta propia o ajena, de componentes para puentes grúa y equipos de levante industrial y en general; d) la venta de repuestos y maquinaria industrial vinculados a los objetos señalados en las letras a), b) y c) precedentes; e) la prestación de servicios, asistencia técnica y profesional a terceros en relación a las materias ante descritas en las letras precedentes, para la industria productiva, minera y de la construcción, entre otras más; f) la representación de empresas nacionales y extranjeras que tengan como giro principal los señalados en las letras a), b), c) y d) precedentes; g) efectuar toda clase de inversiones mobiliarias e inmobiliarias, especialmente acciones, bonos, debentures, créditos, derechos, efectos de comercio, bienes raíces o cuotas en ellos, pudiendo al efecto comprar, vender, conservar o administrar tales inversiones; y, h) cualquier otro objeto relacionado con los anteriores que acuerden los

Administración

La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a don MAX SEBASTIÁN MARCELO LÓPEZ BAZÁN y a don MIGUEL ÁNGEL CALDERÓN DONOSO, quienes actuando de manera conjunta o individualmente el uno del otro, de manera indistinta, administrarán la sociedad, anteponiendo la razón social a sus firmas, pudiendo representarla y obligarla con las más amplias facultades y atribuciones en toda clase de actos, contratos, asuntos y negocios

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Abogado, Notario Público, Titular de la Trigésima Sexta Notaría de Santiago, con oficio en La Concepción 65, piso 2, comuna de Providencia, certifico: Que por escritura pública de fecha 23 de enero de 2025, Repertorio N° 952/2025, ante mi, don MIGUEL ÁNGEL CALDERÓN DONOSO, chileno, soltero, empresario, domiciliado en calle José Diego Benavente Nº 182, comuna de Ñuñoa, Región Metropolitana, y don MAX SEBASTIÁN MARCELO LÓPEZ BAZÁN, chileno, casado bajo el régimen de separación total de bienes, empresario, domiciliado en Pasaje Tres Nº 10.048, villa Guillermo El Conquistador, comuna de La Florida, Región Metropolitana, quienes declararon ser los únicos y actuales socios de la sociedad “SOUTH CRANES LIMITADA”, Rol Único Tributario 76.619.657-8, inscrita a fojas 606 número 248 del Registro de Comercio de Santiago del año 2025, transformaron la sociedad singularizada en la cláusula primera del instrumento extractado, en una sociedad por acciones, de cuyos estatutos extracto lo siguiente: Razón Social: La sociedad se denominará “SOUTH CRANES SpA”. Objeto: El objeto de la Sociedad será: a) el montaje, acoplamiento, ensamblaje y reparación de estructuras metálicas y de todas sus partes y piezas; b) el diseño, producción, compraventa, arrendamiento, importación, exportación, distribución y comercialización de todo tipo de equipamiento, maquinaria, implementos, accesorios, herramientas y repuestos, por cuenta propia o ajena su arrendamiento; c) la compraventa, importación, exportación, distribución y comercialización, por cuenta propia o ajena, de componentes para puentes grúa y equipos de levante industrial y en general; d) la venta de repuestos y maquinaria industrial vinculados a los objetos señalados en las letras a), b) y c) precedentes; e) la prestación de servicios, asistencia técnica y profesional a terceros en relación a las materias ante descritas en las letras precedentes, para la industria productiva, minera y de la construcción, entre otras más; f) la representación de empresas nacionales y extranjeras que tengan como giro principal los señalados en las letras a), b), c) y d) precedentes; g) efectuar toda clase de inversiones mobiliarias e inmobiliarias, especialmente acciones, bonos, debentures, créditos, derechos, efectos de comercio, bienes raíces o cuotas en ellos, pudiendo al efecto comprar, vender, conservar o administrar tales inversiones; y, h) cualquier otro objeto relacionado con los anteriores que acuerden los socios. y servicio de las máquinas, equipamiento y herramientas, y en general, todos los actos o contratos directa o indirectamente relacionados con los propósitos anteriormente señalados y que los accionistas consideren convenientes o necesarios. Duración: La sociedad empezará a regir a contar de la fecha de escritura extractada y tendrá una duración indefinida. Capital: El capital de la sociedad es la suma de $50.000.000, dividido en 100.000 acciones ordinarias, nominativas, de una sola serie, sin valor nominal y de igual valor cada una, íntegramente suscritas y pagadas. Administración: La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a don MAX SEBASTIÁN MARCELO LÓPEZ BAZÁN y a don MIGUEL ÁNGEL CALDERÓN DONOSO, quienes actuando de manera conjunta o individualmente el uno del otro, de manera indistinta, administrarán la sociedad, anteponiendo la razón social a sus firmas, pudiendo representarla y obligarla con las más amplias facultades y atribuciones en toda clase de actos, contratos, asuntos y negocios. Demás estipulaciones en escritura que extracto. Santiago, 28 de enero 2025.