MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

RETORNA HOLDING SpA

RUT 76901962-6 CVE 2606377
Fecha instrumento
22 de enero de 2025
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
22 de enero de 2025
Notario
MARIA SOLEDAD LASCAR MERINO
Oficio
38ª Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MARIA SOLEDAD LASCAR MERINO, Notario Público Titular, 38ª Notaría de Santiago, con domicilio en Isidora Goyenechea número tres mil cuatrocientos setenta y siete, oficina diez, Las Condes, certifica: por escritura pública de fecha 22 de enero de 2025, ante mí, RETORNA LIMITED, Avenida Andrés Bello 2233, oficina 501, Providencia, Región Metropolitana, representada por el abogado Pedro Pablo Leiva Olivares, en su calidad de única accionista de la sociedad “RETORNA HOLDING SpA”, sociedad inscrita a fojas 54038, número 27836, del Registro de Comercio CBR Santiago del año 2018, modificó la sociedad en los siguientes sentidos: a) Razón social “RETORNA HOLDING SpA”, pudiendo utilizar como nombre de fantasía “RETORNA.APP”; b) Se modificó el objeto social por el siguiente: el desarrollo de actividades de intermediación y custodia de instrumentos financieros. La comercialización y desarrollo de herramientas tecnológicas y de soporte para la prestación de servicios de intermediación y custodia de instrumentos financieros. c) Se aumentó el capital por el siguiente: El capital de la sociedad será la suma de quinientos setenta y ocho millones cuatrocientos mil pesos, dividido en un millón cien mil acciones nominativas, de igual valor y sin valor nominal, que se suscriben, enteran y pagan de la manera expresada en las disposiciones transitorias del presente estatuto social, tanto el capital inicial como los eventuales aumentos de capital podrán pagarse en dinero en efectivo o con otros bienes. La valoración de estos aportes se fijará de la manera en que se acuerde con ocasión de cada aumento. En silencio o a falta de acuerdo, los aportes deberán pagarse en dinero en efectivo. Los aumentos de capital solamente podrán ser acordados por los accionistas y estos tendrán derecho a opción preferente. Demás estipulaciones, incluyendo aquellas que no son materia de extracto, constan en escritura extractada. El notario tuvo a la vista el registro de accionistas. Santiago, 28 de enero de 2025.