ODFJELL VINEYARDS S.A.
Instrumento
- Fecha
- 26 de diciembre de 2024
- Repertorio
- 16352/2024
- Notario
- COSME FERNANDO GOMILA GATICA
- Oficio
- 4° Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $31.120.220.545 CLP
Personas y entidades (1)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| GONZALO IGNACIO GÓMEZ ESTOL | socio | 14122598-7 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalCOSME FERNANDO GOMILA GATICA, Abogado, Notario Público, Titular 4° Notaría de Santiago, Carmencita N° 20, Las Condes, Región Metropolitana de Santiago, certifico: por escritura de 26 de diciembre de 2024, Repertorio N° 16.352/2024, ante el notario Suplente don Jorge Lobos Diaz, GONZALO IGNACIO GÓMEZ ESTOL, ingeniero comercial, C.N.I. N° 14.122.598-7, domiciliado para estos efectos en Camino Viejo a Valparaíso N° 7.000, comuna de Padre Hurtado, Región Metropolitana de Santiago, redujo a escritura pública Acta de Junta General Extraordinaria de Accionistas de la sociedad “ODFJELL VINEYARDS S.A.”, RUT N° 89.242.900-6, celebrada el 26 de diciembre de 2024, sociedad inscrita a Fs. 429 N° 235, Registro Comercio año 1983, C.B.R. Santiago, en la cual la unanimidad de los accionistas acordó aumentar el capital social, de la suma de $31.120.220.545, dividido en 25.306.253.483 acciones nominativas, de una misma serie, sin valor nominal, de igual valor cada una, a la suma de $32.851.093.045, dividido en 26.713.759.518 acciones nominativas, de una misma serie, sin valor nominal, de igual valor cada una. Para materializar dicha reforma, se acordó sustituir la cláusula CUARTA de los estatutos sociales, referente a capital social y la cláusula PRIMERA TRANSITORIA, relativa a entero de aportes, las quedan, en lo sucesivo, como sigue: “ARTÍCULO CUARTO: El capital de la sociedad será la suma de $32.851.093.045, dividido en 26.713.759.518 acciones nominativas, de una sola serie y sin valor nominal. No obstante, el capital y el valor de las acciones se entenderán modificados de pleno derecho cada vez que la Junta Ordinaria de Accionistas apruebe el balance de un ejercicio, debiendo éste expresar el nuevo capital y el valor de las acciones. Este capital se encuentra íntegramente suscrito y pagado en la forma señalada en las disposiciones transitorias de los presentes estatutos. Las acciones cuyo valor no se encuentre totalmente pagado, gozarán de iguales derechos que las íntegramente pagadas, incluida la participación que les corresponda en los beneficios sociales”; “ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO: En Junta General Extraordinaria de Accionistas celebrada con fecha veintiséis de diciembre de dos mil veinticuatro, se acordó aumentar el capital social de la compañía de la suma de $31.120.220.545, dividido en 25.306.253.483 acciones nominativas, sin valor nominal, de igual valor cada una, de una misma y única serie, a la suma de $32.851.093.045, dividido en 26.713.759.518 acciones nominativas, de una sola serie y sin valor nominal, aumento materializado de la siguiente forma: mediante la emisión de 1.407.506.035 acciones de pago nuevas, nominativas, de una sola serie y sin valor nominal, al valor de suscripción de $1,229744283 por acción aproximadamente. Las acciones de pago fueron íntegramente suscritas por NORCHEM A/S, coetáneamente a la celebración de la junta, pagadas y enteradas mediante la capitalización del crédito de que es titular en contra de la Compañía, por idéntico valor. Como consecuencia de lo anterior, la composición accionaria de la Compañía, a partir de esta fecha, es la siguiente: Uno) Laurence Ward Odfjell, con 73.745 acciones, que representan el 0,0002761% del capital accionario. Dos) Carl Fredrik Odfjell, con 73.745 acciones, que representan el 0,0002761% del capital accionario. Tres) Bernt Daniel Odfjell Jr., con 73.745 acciones, que representan el 0,0002761% del capital accionario. Cuatro) NORCHEM A/S, con 26.713.538.283 acciones, que representan el 99,9991718% del capital accionario”. Se adoptaron otros acuerdos no susceptibles de ser consignados. En lo no modificado se mantiene plenamente vigente estatuto social. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 29 de Enero de 2025.-mmo.-