INVERSIONES CORDILLERA SpA
Instrumento
- Fecha
- 27 de diciembre de 2024
- Repertorio
- 37473
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- N. fantasía
- “Inversiones Cordillera Ltda.”, en adelante la sociedad
- Capital
- $2.020.000 CLP
- Domicilio
- El domicilio de la sociedad será la ciudad de Talca
Objeto social
Toda actividad relacionada con inversiones de todo tipo, respecto de toda clase de bienes pudiendo realizarse tanto en Chile como en el extranjero.; b) Todo tipo de negocios inmobiliarios pudiendo comprar, vender, o arrendar o celebrar toda clase de actos o contratos sobre inmuebles; c) Desarrollar y realizar toda clases de asesorías comerciales, financieras, inmobiliarias de gestión y cualquier otro tipo; d) Prestación de servicios profesionales de todo tipo, negocios de representación o agencia en toda clase de rubros, importación y exportación de toda clase de bienes y en general, cualquier actividad que acuerden los
Administración
La administración, la representación y el uso de la razón social corresponderá indistintamente a Don Miguel Luis León Núñez, y a don Felipe León Manríquez, cualquiera de ellos, con amplias facultades indicadas en escritura extractada. La sociedad durará 75 años contados desde esta fecha
Personas y entidades (1)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| INVERSIONES CORDILLERA SpA | socio | 76044706-4 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJOSE LEONARDO BRUSI MUÑOZ, Suplente de Álvaro D. González Salinas, Titular 42ª Notaria de Santiago, Agustinas Nº 1070, Piso 2, certifica: por escritura pública de fecha 27-12-2024, Repertorio N° 37.473, otorgada ante el titular Alvaro González Salinas, se redujo a escritura pública Acta Junta General Extraordinaria de Accionistas, efectuada con fecha 27-12-2024, con la asistencia de Notario Álvaro González Salinas, de la sociedad INVERSIONES CORDILLERA SpA, R.U.T. Nº 76.044.706-4, sociedad inscrita Fs. 1.518 Nº 724, año 2008, Junta en la cual se acordó por unanimidad de los accionistas: Transformar Sociedad SpA en una sociedad de Responsabilidad Limitada, de prestación de servicios de profesionales, según lo siguiente: Don Miguel Luis León Núñez, chileno, casado, Ingeniero Comercial, cédula N° 8.611.613-8, y Don Felipe León Manríquez, Chileno, soltero, Ingeniero Civil, cedula N° 18.744.016-5, domiciliados para estos efectos en Avenida Vitacura N° 2939, oficina 1101, comuna de Las Condes, Santiago, transforman Sociedad SpA en una Sociedad de responsabilidad limitada, Montos respectivos aportes; Razón social INVERSIONES CORDILLERA LIMITADA. Nombre de Fantasía: “Inversiones Cordillera Ltda.”, en adelante la sociedad. Objeto: Toda actividad relacionada con inversiones de todo tipo, respecto de toda clase de bienes pudiendo realizarse tanto en Chile como en el extranjero.; b) Todo tipo de negocios inmobiliarios pudiendo comprar, vender, o arrendar o celebrar toda clase de actos o contratos sobre inmuebles; c) Desarrollar y realizar toda clases de asesorías comerciales, financieras, inmobiliarias de gestión y cualquier otro tipo; d) Prestación de servicios profesionales de todo tipo, negocios de representación o agencia en toda clase de rubros, importación y exportación de toda clase de bienes y en general, cualquier actividad que acuerden los socios. Capital. El capital de la sociedad será la suma de $2.020.000, Don Miguel Luis León Núñez es titular del 98% de los derechos sociales y don Felipe León Manríquez es titular del 2% de los derechos sociales. El capital se encuentra totalmente suscrito y pagado. - Domicilio: El domicilio de la sociedad será la ciudad de Talca, sin perjuicio del establecimiento de agencias, sucursales u oficinas en el resto del país o en el extranjero. Administración y uso de la razón social. La administración, la representación y el uso de la razón social corresponderá indistintamente a Don Miguel Luis León Núñez, y a don Felipe León Manríquez, cualquiera de ellos, con amplias facultades indicadas en escritura extractada. La sociedad durará 75 años contados desde esta fecha. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. - Santiago, 29 de Enero de 2025.