ENLIGHT CHILE SpA
Instrumento
- Fecha
- 24 de enero de 2025
- Notario
- ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO
- Oficio
- 36° Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $352.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Abogado, Notario Público, Titular de la 36° Notaría de Santiago, con oficio en La Concepción N° 65, piso 2, comuna de Providencia, certifico: Que se redujo a escritura pública de fecha 24 de enero de 2025, ante mi suplente, REP. N°1.041/2025: Acta de la Junta Extraordinaria de Accionistas de la sociedad ENLIGHT CHILE SpA, celebrada ante mi suplente, con la misma fecha y en la cual, su única accionista, GRUPO ENERCLIMA, S.A.P.I. DE C.V., con RUT en Chile N°59.277.200-0, acordó: Aumentar el capital de la sociedad en la suma de $352.000.000.-, mediante la emisión de 352.000 acciones, a un valor de $1.000.- por acción, aumentando el capital de la sociedad ENLIGHT CHILE SpA, desde la suma de $617.444.000.- dividido en 617.444 acciones, a la suma de $969.444.000.- dividido en 969.444 acciones ordinarias, nominativas, de la misma serie y sin valor nominal. Aumento que será aportado y pagado en su totalidad por la socia GRUPO ENERCLIMA, S.A.P.I. DE C.V. mediante la capitalización de una cuenta por cobrar que GRUPO ENERCLIMA, S.A.P.I. DE C.V. mantenía contra la sociedad ENLIGHT CHILE SpA, por la suma original de USD$352.000,00, valorizada por el Directorio en la suma de $352.000.000.- Consecuencia de lo anterior, se acuerda, modificar el artículo Quinto permanente y el artículo Primero transitorio y reemplazarlos por los siguientes: “ARTICULO QUINTO: El capital social es la suma de $969.444.000.- dividido en 969.444 acciones ordinarias, nominativas, de la misma serie y sin valor nominal. Cada acción otorga un voto a su legítimo dueño. Se deja expresa constancia que tanto el capital inicial como los eventuales aumentos de capital podrán pagarse en dinero efectivo, bienes o aportes de trabajo. La valoración de los aportes en bienes o trabajo se hará por el Directorio de la sociedad. En silencio o a falta de acuerdo los aportes deberán pagarse en dinero efectivo. El capital social deberá ser aumentado o disminuido mediante acuerdo de la Junta de Accionistas. Sin perjuicio de lo anterior, el Directorio queda facultado en forma permanente para acordar aumentos de capital con el objeto de financiar la gestión ordinaria de la sociedad o para fines específicos. El plazo para enterar los aumentos de capital será de un año contado desde la fecha del acuerdo respectivo, salvo que la Junta o el Directorio acuerden algo distinto. En el caso de aumentos de capital mediante la emisión de acciones de pago, será necesario hacer oferta preferente de dichas acciones a los accionistas de la sociedad.” y “ARTICULO PRIMERO TRANSITORIO: El capital social es la suma de $969.444.000.-, dividido en 969.444.- acciones ordinarias, nominativas, de la misma serie y sin valor nominal, el que se encuentra totalmente suscrito y pagado por su única accionista, la sociedad GRUPO ENERCLIMA, S.A.P.I. DE C.V.”. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 29 e enero de 2025.