MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

COMERCIALIZADORA, IMPORTADORA Y DISTRIBUIDORA ALVAREZ Y DELGADO LIMITADA

RUT 76242299-9 CVE 2606494
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
9 de enero de 2025
Notaría
Santiago
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
9 de enero de 2025
Repertorio
1560-2025
Notario
MARÍA SOLEDAD LASCAR MERINO
Oficio
38ª Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP
Duración
PRIMERO: Los comparecientes vienen en constituir y formar por este acto una sociedad comercial de responsabilidad limitada conforme con lo dispuesto en la Ley tres mil novecientos dieciocho, sus modificaciones posteriores, las estipulaciones que se consignan más adelante y en lo no previsto por este Estatuto por las disposiciones contempladas en el Título Vigésimo Octavo, Libro Cuarto del Código Civil y Título Séptimo, Libro Segundo del Código de Comercio, que girará bajo la razón social de COMERCIALIZADORA, IMPORTADORA Y DISTRIBUIDORA ALVAREZ Y DELGADO LIMITADA. Sin embargo, la sociedad podrá funcionar y actuar, inclusive con los bancos, indistintamente con los siguientes nombres de fantasía "STUDIO CIENTOSIETE", "MI MERCADITO" y “TATANOGA”

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MARÍA SOLEDAD LASCAR MERINO, abogado, Notario Público Titular de la 38ª Notaría de Santiago, Avenida Isidora Goyenechea 3.477, oficina 10, Las Condes, certifico: Por escritura pública de 09 de enero de 2025, otorgada ante mi suplente, Veronica Isabel Gonzalez Dávila, repertorio 1560-2025, Oriana Rosa Delgado Aros, Cesar Eliú Tinedo Velásquez, ambos domiciliados para estos efectos en calle Guardia Vieja número 260 departamento 64, Comuna de Providencia, modificaron COMERCIALIZADORA, IMPORTADORA Y DISTRIBUIDORA ALVAREZ Y DELGADO LIMITADA, constituida escritura pública de 9 de octubre de 2012, otorgada en Notaría de Santiago de Eduardo Avello Concha cuyo extracto autorizado fue inscrito a fojas N°71.390, Nº49.618 del Registro de Comercio de Santiago de año 2012. Modificaciones consisten en: Uno/ Disminuir el capital social de $1.000.000.-, íntegramente aportado y pagado, a $250.000.-, también íntegramente aportado y pagado. Disminución de capital de $750.000.- Se efectúa en proporción a participación que cada uno de los socios posee en el capital de sociedad y se acuerda sea devuelta a cada uno de ellos, de la siguiente manera: /a/ a ORIANA ROSA DELGADO AROS se devuelven $150.000.-, que se le pagan, en acto escritura extractada, y, /b/ a CESAR ELIU TINEDO VELASQUEZ se devuelven $600.000.- que se le pagan, en acto escritura extractada, al contado y en dinero efectivo. Dos/ Modificar el Pacto Social de COMERCIALIZADORA, IMPORTADORA Y DISTRIBUIDORA ALVAREZ Y DELGADO LIMITADA, a fin de actualizar su Título Segundo, Artículo Quinto, referente al capital social. “QUINTO: El capital de la sociedad es la cantidad de doscientos cincuenta mil pesos que los socios han aportado y pagado de la siguiente manera: Uno/ doña ORIANA ROSA DELGADO AROS, ha aportado la cantidad de cincuenta mil pesos, íntegramente pagados a entera satisfacción del otro socio y de la Sociedad; y Dos/ don CESAR ELIU TINEDO VELASQUEZ, ha aportado la cantidad de doscientos mil pesos, íntegramente pagados a entera satisfacción de la otra socia y de la Sociedad”. Tres/ los socios vienen a modificar el nuevo nombre de Fantasía, reemplazando al efecto la cláusula primera por la siguiente: "TITULO PRIMERO.- NOMBRE, OBJETO, DOMICILIO Y DURACION. PRIMERO: Los comparecientes vienen en constituir y formar por este acto una sociedad comercial de responsabilidad limitada conforme con lo dispuesto en la Ley tres mil novecientos dieciocho, sus modificaciones posteriores, las estipulaciones que se consignan más adelante y en lo no previsto por este Estatuto por las disposiciones contempladas en el Título Vigésimo Octavo, Libro Cuarto del Código Civil y Título Séptimo, Libro Segundo del Código de Comercio, que girará bajo la razón social de COMERCIALIZADORA, IMPORTADORA Y DISTRIBUIDORA ALVAREZ Y DELGADO LIMITADA. Sin embargo, la sociedad podrá funcionar y actuar, inclusive con los bancos, indistintamente con los siguientes nombres de fantasía "STUDIO CIENTOSIETE", "MI MERCADITO" y “TATANOGA”. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 27 de Enero 2025.