MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SERVICIOS HD COMPLIANCE LIMITADA

RUT 76860295-6 CVE 2605870
Fecha instrumento
16 de enero de 2025

Instrumento

Fecha
16 de enero de 2025
Repertorio
5950-2025

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

RODRIGO ANDRÉS PINARES ALVARADO, Notario Suplente del Titular de la 2° Notaría de Santiago de don Francisco Javier Leiva Carvajal, con oficio en calle Alcántara N°107, comuna de Las Condes, ciudad de Santiago, certifico que: Por escritura pública de fecha 16 de Enero del año 2025, Repertorio N°5.950-2025, ante Notario Titular Francisco Javier Leiva Carvajal, Asesorías e Inversiones DyE S.A.; Asesorías e Inversiones HBL SpA; Asesorías e Inversiones Deca S.A.; Asesorías e Inversiones Capdal S.A.; Matayas SpA; y Rebeca Concepción Zamora Picciani quien comparece por sí y en representación de Asesorías Jurídicas Dioni Limitada, todos domiciliados para estos efectos en Avenida Vitacura número 2939, oficina 801, comuna de Las Condes, Santiago, en su calidad únicos socios de la sociedad denominada “SERVICIOS HD COMPLIANCE LIMITADA” (en adelante la “Sociedad”), rol único tributario número 76.860.295-6, inscrita a fojas 25.152, número 13.354 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2018, acordaron: 1) Efectuar cesiones de derechos en donde: (a) Asesorías jurídicas Dioni Limitada, cede a doña Rebeca Concepción Zamora Picciani, la cantidad de $50.000 de sus derechos sociales correspondientes a un 5% del capital e interés social. El precio de la cesión es la suma de $50.000. 2) Como consecuencia de los cambios señalados, se modifica el artículo Quinto de los estatutos sociales por lo siguiente: “ARTÍCULO QUINTO: El capital social es la suma de un millón de pesos, que los socios han suscrito y pagado en dinero efectivo con anterioridad a esta fecha, en la siguiente proporción: (i) Asesorías e Inversiones DyE S.A., ha aportado la suma de doscientos treinta y seis mil pesos, correspondiente a una participación equivalente al veintitrés coma sesenta por ciento del capital e interés social, ya ingresado en caja social; (ii) Asesorías e Inversiones HBL SpA, ha aportado la suma de doscientos treinta y seis mil pesos, correspondiente a una participación equivalente al veintitrés coma sesenta por ciento del capital e interés social, ya ingresado en caja social; (iii) Asesorías e Inversiones DECA S.A., ha aportado la suma de doscientos treinta y seis mil pesos, correspondiente a una participación equivalente al veintitrés coma sesenta por ciento del capital e interés social, ya ingresado en caja social; (iv) Asesorías e Inversiones Capdal S.A., ha aportado la suma de ciento treinta y seis mil pesos, correspondiente a una participación equivalente al trece coma sesenta por ciento del capital e interés social, ya ingresado en caja social; (v) Matayas SpA, ha aportado la suma de ciento seis mil pesos, correspondiente a una participación equivalente al diez coma sesenta por ciento del capital social; y, (vi) Rebeca Concepción Zamora Picciani, ha aportado la suma de cincuenta mil pesos, correspondiente a una participación equivalente al cinco por ciento del capital e interés social, ya ingresado en caja social.” Demas estipulaciones constan en escritura extractada.- Santiago, 28 de Enero de 2025.