PROYECTOS DE INGENIERÍA CELSIUS LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 6 de enero de 2025
- Repertorio
- 390-2025
- Notario
- WLADIMIR ALEJANDRO SCHRAMM LÓPEZ
- Oficio
- Cuadragésima Novena Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalWLADIMIR ALEJANDRO SCHRAMM LÓPEZ, Abogado, Notario Público, titular de la Cuadragésima Novena Notaría de Santiago, ubicada en Calle Amunategui número setenta y tres, comuna y ciudad de Santiago, Región Metropolitana, certifica: Por escritura pública, de fecha 6 de enero del año 2025 repertorio N° 390-2025, ante mí, comparecieron: ARNOLDO ANTONIO CARVAJAL ORELLANA, C.I 5.458.227-7, domiciliado en calle Pedro Torre N°1311, comuna de Ñuñoa, MARCELO ANDRES CARVAJAL ZULETA, C.I 12.080.167-8, domiciliado en calle Gran Avenida José Miguel Carrera N°1005, comuna de Paine, FELIPE ANTONIO CARVAJAL ZULETA,C.I 13.548.276-5, domiciliado en calle Pucara N°5362, comuna de Ñuñoa, BRENDA BELÉN CARVAJAL ZULETA, C.I 16.369.659-2, domiciliada en Pucara N°4880, dpto 1410, comuna de Ñuñoa, acordaron la modificación de la sociedad PROYECTOS DE INGENIERÍA CELSIUS LIMITADA RUT 76.792.980-1, constituida con fecha 10.07.2002, ante el Notario público don Felix Jara Cadot, inscrita a fs. 18.427 N°15.141 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2002. Conforme a los actuales estatutos la sociedad está conformada; Por ARNOLDO ANTONIO CARVAJAL ORELLANA, con 50% de los derechos sociales; MARCELO ANDRES CARVAJAL ZULETA, con 10% de los derechos sociales; FELIPE ANTONIO CARVAJAL ZULETA, con 10% de los derechos sociales y BRENDA BELÉN CARVAJAL ZULETA con 30% de los derechos sociales totales. Por el presente instrumento el socio ARNOLDO ANTONIO CARVAJAL ORELLANA, Dona de forma irrevocable el 80% de su participación social, equivalente al cuarenta por ciento 40% del total de los derechos sociales de la sociedad Proyectos de Ingeniería Celsius Limitada distribuyéndose dicho porcentaje de la siguiente manera: 20% del total de los derechos sociales a favor de don Felipe Antonio Carvajal Zuleta y 20% a favor de don Marcelo Andrés Carvajal Zuleta, quienes en virtud de esta donación quedan con una participación en el capital social equivalente al 30% cada uno. En consecuencia, el donante queda con una participación del 10% del capital social en la sociedad mencionada, a consecuencia de la donación efectuada precedentemente, la conformación social queda de la siguiente manera; ARNOLDO ANTONIO CARVAJAL ORELLANA, participación social equivalente al 10% de sus derechos en la sociedad; MARCELO ANDRES CARVAJAL ZULETA, participación social equivalente al 30% de sus derechos en la sociedad; FELIPE ANTONIO CARVAJAL ZULETA, participación social equivalente al 30% de sus derechos en la sociedad y BRENDA BELÉN CARVAJAL ZULETA, participación social equivalente al 30% de los restantes derechos sociales, la donación fue aprobada por sentencia de fecha 20.11.2024. En lo no expresamente modificado permanece íntegramente vigente el pacto social primitivo. - Santiago, 14 de enero del año 2025.