INVERSIONES BFB LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 4 de diciembre de 2024
- Repertorio
- 25640
- Notario
- no constituye materia de extracto. Pablo Martínez Loaiza
- Oficio
- Primera Notaría de La Reina. Santiago
- Comuna
- La Reina
Sociedad
- Capital
- $5.430 CLP
Personas y entidades (1)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| PRESTACIONES MÉDICO VETERINARIAS PREMEV SpA | socio | 77687920-7 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPablo Martínez Loaiza, Notario Titular de la 1ra Notaría de La Reina, domiciliado en Avenida Príncipe de Gales N° 5.841, comuna de La Reina, Santiago, Región Metropolitana, certifica: Que por escritura pública de fecha 4 de diciembre de 2024, Repertorio N° 25.640, ante mi, suplente don Jean Jacques Dutrey Ossa. A la cual comparece doña Alejandra Patricia Bustos Vergara, chilena, casada y separada totalmente de bienes, médico veterinario, cédula nacional de identidad número 13.435.714-2; y don Antonio Eduardo Figueroa Zeidán, chileno, casado y separado totalmente de bienes, médico veterinario, cédula nacional de identidad número 13.267.382-9, ambos domiciliados en Avenida Presidente Riesco N° 5.853, departamento N° 44, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, quienes modificaron la sociedad de responsabilidad limitada “INVERSIONES BFB LIMITADA” (en adelante la “Sociedad” o “BFB”), Rol Único Tributario N° 76.242.026-0, de su mismo domicilio; inscrita a fojas 64.301 N° 44.755 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2012. Se acordaron las siguientes modificaciones: a) Aumento de capital: doña Alejandra Patricia Bustos Vergara, y don Antonio Eduardo Figueroa Zeidán, en su calidad de únicos y actuales socios de la Sociedad, acordaron el aumento del capital social en $5.430.000 mediante el aporte en dominio de la totalidad de las acciones que cada uno de los socios posee en la sociedad PRESTACIONES MÉDICO VETERINARIAS PREMEV SpA, Rol Único Tributario N° 77.687.920-7; lo cual totaliza el aumento capital finalmente aprobado, por la suma de $5.430.000. En consecuencia, se acordó modificar el Artículo Sexto de los Estatutos Sociales, por el siguiente nuevo texto: “ARTÍCULO SEXTO: Capital. El capital de la Sociedad es la cantidad de ciento cinco millones cuatrocientos treinta mil pesos, que los socios aportan en la siguiente proporción: a) doña ALEJANDRA PATRICIA BUSTOS VERGARA aporta la suma de cincuenta y dos millones setecientos quince mil pesos, equivalentes al cincuenta por ciento de los derechos sociales, que será pagado según el siguiente detalle: uno) con la suma de cincuenta millones de pesos, ya enterados con anterioridad en la caja social; y dos) con la suma de dos millones setecientos quince mil pesos, mediante el aporte en dominio de ciento sesenta y cinco mil acciones que posee en la sociedad PRESTACIONES MÉDICO VETERINARIAS PREMEV SpA, Rol Único Tributario número setenta y siete millones seiscientos ochenta y siete mil novecientos veinte guion siete, acciones las cuales se aportan a su coste tributario, lo cual será mantenido por la receptora de tales acciones, de conformidad con lo señalado en el artículo sesenta y cuatro inciso Undécimo del Código Tributario; y b) don ANTONIO EDUARDO FIGUEROA ZEIDÁN aporta la suma de cincuenta y dos millones setecientos quince mil pesos, equivalentes al cincuenta por ciento de los derechos sociales, que será pagado según el siguiente detalle: uno) con la suma de cincuenta millones de pesos, ya enterados con anterioridad en la caja social; y dos) con la suma de dos millones setecientos quince mil pesos, mediante el aporte en dominio de ciento sesenta y cinco mil acciones que posee en la sociedad PRESTACIONES MÉDICO VETERINARIAS PREMEV SpA, Rol Único Tributario número setenta y siete millones seiscientos ochenta y siete mil novecientos veinte guion siete, acciones las cuales se aportan a su coste tributario, lo cual será mantenido por la receptora de tales acciones, de conformidad con lo señalado en el artículo sesenta y cuatro inciso Undécimo del Código Tributario. El capital de la Sociedad ha sido suscrito y pagado por los únicos y actuales socios de la Sociedad, de acuerdo con lo establecido en el presente artículo”. Toda otra mención en la escritura pública de fecha 4 de diciembre de 2024 no constituye materia de extracto. Pablo Martínez Loaiza, Notario Público de la Primera Notaría de La Reina. Santiago, dieciséis de enero de 2025.