Venezia Solar SpA
Instrumento
- Fecha
- 27 de diciembre de 2024
- Repertorio
- 11317-2024
- Notario
- MAGDALENA SOFÍA LATORRE LARRAÍN
- Oficio
- Quinta Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $4.319.927.007 CLP
Personas y entidades (2)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| EURUS CHILE INVESTMENTS SpA | socio | 77324657-2 | — | — | |
| VENEZIA SOLAR SpA | socio | 77141383-8 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMAGDALENA SOFÍA LATORRE LARRAÍN, Notario Público Interino de la Quinta Notaría de Santiago, domiciliada en Gertrudis Echeñique 30, piso 3, oficina 32, Las Condes, Santiago, certifico: por escritura pública de 27 de diciembre de 2024, repertorio N°11.317-2024, ante mí, EURUS CHILE INVESTMENTS SpA, Rol Único Tributario N° 77.324.657-2, domiciliado en Avenida Apoquindo 3721, piso 14, comuna de Las Condes, Santiago, en su calidad de único y actual accionista de VENEZIA SOLAR SpA, Rol Único Tributario N° 77.141.383-8 (inscrita Fs. 41.212, N° 18.669, Registro de Comercio de Santiago, año 2022) (en adelante, la “Sociedad”), aprobó reformar los estatutos de la Sociedad en lo relativo a su capital social, el cual fue modificado a consecuencia de los siguientes acuerdos: se aumentó el capital de la Sociedad en la suma de $4.319.927.007 pesos, esto es, desde $3.000.000 de pesos dividido en 3.000 acciones ordinarias, nominativas, de una sola serie, sin valor nominal, íntegramente suscrito y pagado, a la cantidad de $4.322.927.007 pesos, dividido en 4.322.927 acciones ordinarias, nominativas, de una sola serie, sin valor nominal. A tal efecto: /A/ Se reemplazó el artículo quinto de los estatutos por lo que sigue: “ARTÍCULO QUINTO: Capital Social.- El capital de la Sociedad es la cantidad de cuatro mil trescientos veintidós millones novecientos veintisiete mil siete pesos, dividido en cuatro millones trescientas veintidós mil novecientas veintisiete acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie y sin valor nominal. El Capital queda totalmente suscrito y pagado en este acto en la forma indicada en los artículos transitorios de la última actuación registrada por la sociedad. Las acciones podrán ser emitidas sin necesidad de imprimir láminas físicas de dichos títulos. Las acciones cuyo valor no se encuentre totalmente pagado, no gozarán de derecho alguno.”; y /B/ se reemplazó el artículo primero transitorio por lo que sigue: “ARTICULO PRIMERO TRANSITORIO.- Capital y Acciones.- El capital social ascendente a la cantidad de cuatro mil trescientos veintidós millones novecientos veintisiete mil siete pesos, dividido en cuatro millones trescientas veintidós mil novecientas veintisiete acciones ordinarias, nominativas, todas de una misma serie y sin valor nominal, se suscribe y paga de la siguiente manera: /a/ Eurus Chile Investments SpA suscribió y pagó tres mil acciones por un valor de tres millones de pesos, con fecha veintiséis de marzo de dos mil veinte; y /b/ Eurus Chile Investments SpA suscribió y pagó cuatro millones trescientas diecinueve mil novecientas veintisiete acciones por un valor de cuatro mil trescientos diecinueve millones novecientos veintisiete mil siete pesos, con fecha veintisiete de diciembre de dos mil veinticuatro.”.- Demás estipulaciones constan en la escritura extractada. Santiago, 20 de enero de 2025.- M. Latorre Larraín. Notario Público Interino.-