SOLAR TI DIECISÉIS SpA
Instrumento
- Fecha
- 27 de diciembre de 2024
- Repertorio
- 11321-2024
- Notario
- MAGDALENA SOFÍA LATORRE LARRAÍN
- Oficio
- Quinta Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.797.185.761 CLP
Personas y entidades (2)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| EURUS CHILE INVESTMENTS SpA | socio | 77324657-2 | — | — | |
| SOLAR TI DIECISÉIS SpA | socio | 77011891-3 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMAGDALENA SOFÍA LATORRE LARRAÍN, Notario Público Interino de la Quinta Notaría de Santiago, domiciliada en Gertrudis Echeñique 30, piso 3, oficina 32, Las Condes, Santiago, certifico: por escritura pública de 27 de diciembre de 2024, repertorio N°11.321-2024, ante mí, EURUS CHILE INVESTMENTS SpA, Rol Único Tributario N° 77.324.657-2, domiciliado en Avenida Apoquindo 3721, piso 14, comuna de Las Condes, Santiago, en su calidad de único y actual accionista de SOLAR TI DIECISÉIS SpA, Rol Único Tributario N° 77.011.891-3 (inscrita Fs. 92.161, N° 47.263, Registro de Comercio de Santiago, año 2018) (en adelante, la “Sociedad”), aprobó reformar los estatutos de la Sociedad en lo relativo a su capital social, el cual fue modificado a consecuencia de los siguientes acuerdos: se aumentó el capital de la Sociedad en la suma de $1.797.185.761 pesos, esto es, desde $1.000.000 de pesos dividido en 1.000 acciones ordinarias, nominativas, de una sola serie, sin valor nominal, íntegramente suscrito y pagado, a la cantidad de $1.798.185.761 pesos, dividido en 1.798.186 acciones ordinarias, nominativas, de una sola serie, sin valor nominal. A tal efecto: /A/ Se reemplazó el artículo quinto de los estatutos por lo que sigue: “ARTÍCULO QUINTO: Capital Social.- El capital de la Sociedad asciende a la suma de mil setecientos noventa y ocho millones ciento ochenta y cinco mil setecientos sesenta y un pesos, dividido en un millón setecientos noventa y ocho mil ciento ochenta y seis acciones ordinarias, nominativas, de una única serie, de igual valor cada una y sin valor nominal, sin perjuicio de las modificaciones del capital y valor de las acciones que se produzcan de pleno derecho en conformidad con la ley. Las acciones podrán pagarse en dinero efectivo o en otros bienes, y se suscriben y pagan en la forma que establece el Artículo Primero Transitorio del presente estatuto.”; y /B/ se reemplazó el artículo primero transitorio por lo que sigue: “ARTICULO PRIMERO TRANSITORIO.- Capital y Acciones.- El capital social ascendente a la cantidad de mil setecientos noventa y ocho millones ciento ochenta y cinco mil setecientos sesenta y un pesos, dividido en un millón setecientos noventa y ocho mil ciento ochenta y seis acciones ordinarias, nominativas, todas de una misma serie y sin valor nominal, se suscribe y paga de la siguiente manera: /a/ Eurus Chile Investments SpA suscribió y pagó mil acciones por un valor de un millón de pesos, con fecha veintiocho de noviembre de dos mil dieciocho; y /b/ Eurus Chile Investments SpA suscribió y pagó un millón setecientos noventa y siete mil ciento ochenta y seis acciones por un valor de mil setecientos noventa y siete millones ciento ochenta y cinco mil setecientos sesenta y un pesos, con fecha veintisiete de diciembre de dos mil veinticuatro.”.- Demás estipulaciones constan en la escritura extractada. Santiago, 20 de enero de 2025.- M. Latorre Larraín. Notario Público Interino.-